Preguntas frecuentes a la hora de contratar un seguro de vida (I)


  4 min|    

¿Hay que pasar un reconocimiento médico para contratar un seguro de vida?
En caso de enfermedad, ¿la aseguradora puede anularme el seguro de vida?
¿Quién cobrará la indemnización?
¿Puedo cambiar los beneficiarios de mi seguro de vida?
¿Se paga siempre la misma cantidad?
¿Qué ocurre si no pago una prima?

En este post vamos a tratar algunas cuestiones y dudas que se suelen plantear a la hora de contratar un seguro de vida. Aspectos como la necesidad o no de un reconocimiento médico, los supuestos de anulación del seguro de vida, quién cobra la indemnización en caso de fallecimiento, el cambio de beneficiarios o el importe anual, son temas recurrentes a la hora de contratar el seguro de vida.  En sucesivos artículos iremos desgranando otras cuestiones, pero hoy nos vamos a centrar en aquellas que se plantean de forma común.

Índice

¿Hay que pasar un reconocimiento médico para contratar un seguro de vida?

Dependiendo de la edad y el capital de la persona que quiera contratar un seguro de vida, la aseguradora podrá solicitar unas pruebas o revisiones médicas o rellenar un cuestionario médico. Estos cuestionarios, que en muchas ocasiones se pueden realizar telefónicamente, constan de una serie de preguntas relacionadas con el estado físico (principalmente, hábitos de vida y enfermedades) y las necesidades financieras (en el caso de querer cubrir algún préstamo), que la aseguradora necesita conocer con carácter previo, a los efectos de valorar la solicitud y para calcular la prima en función del riesgo. Es la Ley de Contrato de Seguro la que faculta a las aseguradoras a realizar este cuestionario de salud, obligando al asegurado a declarar todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo, repercutiendo contra él las consecuencias que se deriven de la falta de veracidad en esa declaración.

En caso de enfermedad, ¿la aseguradora puede anularme el seguro de vida?

No, en los seguros de personas el tomador o el asegurado no tienen obligación de comunicar la variación de las circunstancias relativas al estado de salud del asegurado, que en ningún caso se considerarán agravación del riesgo.

¿Quién cobrará la indemnización?

La indemnización será cobrada por aquellas personas que haya designado el tomador de la póliza en la cuantía señalada para cada una de ellas. En el supuesto que el tomador de la póliza no hubiese hecho una designación expresa, se aplica lo que se conoce por “texto estándar”, es decir, por orden de prelación preferente y excluyente:

  1. El cónyuge del asegurado salvo separación legal.
  2. Los hijos del asegurado a partes iguales.
  3. Los padres del asegurado a partes iguales.
  4. Herederos del asegurado.

¿Puedo cambiar los beneficiarios de mi seguro de vida?

La persona que tenga contratado un seguro de vida puede modificar a sus beneficiarios todas las veces que quiera, siempre que el beneficiario no haya sido nombrado de forma irrevocable anteriormente. Para cambiar el beneficiario del seguro de vida tan solo se debe comunicar por escrito a la compañía de seguros o hacerlo mediante testamento.

¿Se paga siempre la misma cantidad?

La prima suele variar dependiendo de la edad del asegurado, ya que el riesgo que se asegura evoluciona con el paso del tiempo. La aseguradora es quien se reserva el derecho a modificar el precio dependiendo siempre del producto que se haya contratado. La práctica común del mercado es que la prima varíe con la edad, pero también existen productos con un precio constante a lo largo del tipo (denominados “a prima nivelada”).

¿Qué ocurre si no pago una prima?

Si el contratante del seguro de vida no paga la primera prima, la aseguradora puede rescindir el contrato o exigir dicha prima por vía judicial. Además, en este caso, si ocurre un siniestro la aseguradora queda liberada de indemnización.

En cambio, si no se paga las primas sucesivas, el riesgo estará cubierto hasta un mes después del vencimiento de la misma. Si la aseguradora no reclama dicha prima en el plazo de seis meses después del vencimiento, el contrato se extingue. Si al final el contratante paga la prima, la cobertura vuelve a tener efecto una vez que pasen 24 horas desde el momento que se pagó la prima.

Enlaces relacionados


newsletter

¡Suscríbete a nuestra newsletter!


  [anr-captcha]

Calculadora
de Pensiones


¿Cuánto cobraré cuando me jubile y cuánto tengo que ahorrar?

Conoce el importe de tu futura pensión y la cantidad que tienes que ahorrar para mantener tu nivel de vida, según tu edad y tus ingresos.

Calculadora de
rescate de planes
de pensiones


Conoce la forma más favorable de rescatar tu plan de pensiones.

Dirigida a aquellos trabajadores que están a punto de jubilarse y deseen conocer qué forma de reembolso del plan de pensiones compensa más.

Calculadora de
Seguros de vida


¿Qué seguro debo contratar para cubrir mis necesidades y cuál sería la prima?

Con tu edad, situación familiar y nivel de ingresos esta calculadora te mostrará cuáles son las opciones que se ajustan a tu perfil y cuánto debes abonar en concepto de prima.