Las claves y beneficios de la nueva ley de autónomos


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Tras la aprobación de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo por unanimidad en el Congreso, más de tres millones de autónomos en España podrán beneficiarse de las novedades que te explicamos a continuación y que hemos resumido en sus puntos más significativos:

Índice

1. Deducciones autónomos

Respecto a las deducciones, gracias a esta nueva ley los autónomos podrán llegar a deducirse hasta 26,67 euros diarios por gastos de manutención. Siempre que el pago se lleve a cabo en España por un medio electrónico. En caso de encontrarse en el extranjero, la cuantía diaria asciende a 48,08 euros.

También podrán deducirse las primas de seguro por enfermedad, con un límite máximo de deducción de 500 euros por persona o de 1.500 euros por cada una de ellas con discapacidad.

Los autónomos que trabajen desde casa podrán deducirse hasta un 20% de gastos corrientes como luz, agua o teléfono.

2. Bases de cotización autónomos

Por otro lado, en referencia las cotizaciones, también les será posible realizar cuatro cambios de bases de cotización cada año. Anteriormente se encontraba limitado a dos cambios anuales. A su vez, los autónomos podrán causar alta y baja en la Seguridad Social hasta tres veces al año, pudiendo así cotizar en aquellos periodos en los que tengan actividad.

La base mínima de cotización para los autónomos que cuenten con diez o más trabajadores contratados se fijará cada año en los Presupuestos Generales del Estado (PGE), en vez de estar vinculada a la base de cotización de los trabajadores del Régimen General, es decir, el salario mínimo interprofesional.

En caso de pluriactividad, cuando un trabajador desempeñe varios trabajos en diferentes regímenes de cotización (régimen general y régimen de autónomos), ya no tendrá que solicitar que le devuelvan el exceso de cotización, sino que la devolución se hará de forma automática.

3. Penalizaciones por impago a la seguridad social autónomos

También se rebajan los castigos que se imponen a los autónomos por los retrasos en el pago de la cotización. Actualmente, el recargo por no pagar a tiempo a la Seguridad Social es del 20% desde el primer día. Con la nueva norma, durante el primer mes será del 10% y después pasará al 20%.

4. Bonificaciones autónomos

Además, los autónomos también tendrán la posibilidad de recibir una serie de bonificaciones para mejorar así su situación. Una de esas bonificaciones hace referencia a la cuota de autónomos que deban cuidar de menores o dependientes, la cual quedará bonificada al 100% durante un periodo de 12 meses.

5. Ampliación de las coberturas autónomos

A su vez, la cobertura de las contingencias profesionales de los autónomos se amplía para contemplar los accidentes “in itinere”, es decir, aquellos durante los desplazamientos al lugar de trabajo, o desde el trabajo a casa.

6. Familiar colaborador

También se refuerza la figura del familiar colaborador. De este modo, se amplían las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social por la contratación de familiares por parte de los autónomos y se reduce el grado de discapacidad de los hijos de un trabajador autónomo mayor de 30 años para el acceso de ayudas.

7. 100% de pensión según supuestos

Además, se contempla la posibilidad de que los autónomos empleadores puedan compatibilizar su trabajo con el 100% de la pensión de jubilación, siempre y cuando el autónomo tenga contratado, como mínimo, a otro trabajador por cuenta ajena.

8. Mujeres autónomas

Respecto a las mujeres autónomas, para aquellas mujeres que hayan cesado su actividad y vuelvan tras la baja de maternidad, adopción, guarda, acogida o tutela, la tarifa de cotización será de 50 euros al mes durante el primer año, o bien se podrá aplicar una bonificación del 80% sobre la cuota por contingencias comunes en los supuestos de que tengan otras bases de cotización. Asimismo, la edad del menor cuyo cuidado da derecho a bonificaciones se eleva de 7 a 12 años.

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