Cotizar en dos países, ¿cómo afecta a mi jubilación?


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Una de las consecuencias de la crisis económica que ha padecido España en los últimos siete años es que ha provocado la salida del país de muchos españoles en edad de trabajar en busca de una oportunidad profesional en otros países, tanto del entorno europeo como fuera de este ámbito. Este fenómeno ha puesto sobre el tapete algunas dudas que se plantean a la hora de planificar la jubilación: cómo calcular la jubilación y, específicamente, a la cuantía de la pensión.

Para responder en qué afecta, la respuesta dependerá del país en el que se haya trabajado o se trabaje actualmente y de si tiene convenio de Seguridad Social con España. De ambos factores dependen circunstancias como los requisitos de cotización mínima, qué edad de jubilación se toma de referencia, si suman los años para la jubilación anticipada, etc.

La Seguridad Social tiene suscritos convenios internacionales con múltiples países, aunque podemos establecer dos grandes grupos:

  • Reglamentos Comunitarios. Afecta a los que han cotizado en un país donde se apliquen los Reglamentos Comunitarios, es decir, países pertenecientes a la Unión Europea, Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein) o Suiza.
  • Convenios bilaterales. Afecta a los que han cotizado en un país que mantenga un convenio bilateral con España en materia de Seguridad Social: Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Cabo Verde, Canadá, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Estados Unidos, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Rusia, Túnez, Ucrania, Uruguay y Venezuela.

A la hora de preguntarse cómo calcular la jubilación, hay que tener en cuenta que aunque se haya trabajo en dos países diferentes, solo se cobra una única pensión. Ésta debe solicitarse en el país de residencia en el que sucede el hecho causante –el momento de la jubilación- o en el último país en el que se haya desempeñado una actividad laboral si en ese momento la persona reside en un lugar distinto a los países en los que ha cotizado. Son las administraciones las que se ponen en contacto entre sí para verificar los datos, por lo que la solicitud de pensión, reiteramos, solo se realiza en uno de los países y bajo los supuestos antes citados.

Llegado a este punto, para saber cuál es la cuantía de la pensión, cada país realiza dos cálculos para determinar la más favorable para el trabajador:

1. Solo los años cotizados en ese país.

2. Los años cotizados en ambos países. En este caso, el país tiene en cuenta el periodo cotizado en el otro país, pero abonaría la parte proporcional de la pensión según los años que haya cotizado en dicho país.En preciso señalar que en algunos países con los que España tiene convenio en materia de Seguridad Social, solo se realiza el segundo cálculo cuando no se pueden demostrar los años de cotización suficientes para acceder a la pensión nacional a través del primer cálculo (Estados Unidos, Canadá, Chile, Venezuela, México o Marruecos están afectados por este supuesto).

En el caso de los trabajadores que han cotizado en un país sin convenido con la Seguridad Social española, se estudia el derecho a pensión considerando únicamente los períodos acreditados en España, dejando en manos del trabajador la posible reclamación de los derechos adquiridos ante los organismos competentes de dicho país. Si por el contrario, se diera el supuesto de que un trabajador haya cotizado en España, en un país con Reglamento Comunitario y en un país con convenio bilateral, el supuesto es el mismo que en el caso de dos países, se realizan los cálculos por separado y se determina la opción más beneficiosa para el trabajador.

87 comentarios en «Cotizar en dos países, ¿cómo afecta a mi jubilación?»

  1. El artículo dice que para el segundo cálculo se tiene en cuenta «los años cotizados en ambos países. En este caso, el país tiene en cuenta el periodo cotizado en el otro país, pero abonaría la parte proporcional de la pensión según los años que haya cotizado en dicho país.» Y, además del período, en lo que se refiere a la base reguladora, ¿se tienen en cuenta las bases de cotización que se han aplicado en el otro país? De ser así, ¿qué cambio de moneda se aplica? ¿y con qué revalorización por IPC? ¿del otro país o de España?

    • Estimado Diego de Juan,

      Muchas gracias por tu comentario.

      Discúlpanos pero nos faltan datos para responderte correctamente y desconocemos de que país se trata y cómo se realizan los cálculos.
      por ese motivo, deberías acudir a la Seguridad Social.

      Un abrazo.

      • Hola, de otra forma lo pongo, en el caso de la jubilación anticipada en España, ¿puedo sumar los años cotizados en España? (estoy suponiendo que no tengo derecho a las dos pensiones, necesito las cotizaciones totalizadas en España)
        Por ejemplo, a dos años de mi edad de jubilación ya tengo 35 años cotizados sumando lo cotizado en España y EE.UU.
        – ¿puedo solicitar la jubilación anticipada por cese voluntario en España?
        – ¿EE.UU. debe de pagar algo de la pensión o todo lo paga España? (aquí supongo también que la base reguladora coincide con lo cotizado en España?

  2. Buenos días. Mi madre es rusa, actualmente tiene 66 años.
    En Rusia ha cotizado 35 años.
    Desde el año 2007 vive en España. Pero solo está trabajando y cotizando desde el 2018.
    Me gustaría saber si tiene derecho a percibir la pensión, la cuantía y que documentos necesita.

    • Estimado Santiago,

      Muchas gracias por su comentario.

      Sentimos no poder ayudarle con esta consulta, pero los convenios con otros países los debe preguntar en la Seguridad Social.

      Un abrazo.

    • Estimado Francisco,
      Muchas gracias por su comentario.
      Para un cálculo tan preciso con tres países diferentes, le recomendamos que acuda a la Seguridad Social, donde podrán informarle con mayor exactitud.
      Un abrazo.

  3. Soy Peruano Nacionalizado en España desde hace años. Aqui he cotizado unos 19 años y en Perú unos 10 más. Quisiera saber a efectos de càlculo economico, dado que no me llega para pedir la jubilación en Perú,que es de un minimo de 20 años, si se tiene en cuenta el sumatorio de ambas cotizaciones o solo lo que he trabajado en España. Se que a efectos de edad de cotización y cobro si se tiene en cuenta, pero en lo que es la percepción de la pensión en mi caso no lo tengo claro.

  4. Hola quería saber..tengo 15 años cotizados en españa…pero ya trabajo hace 2 en belgica…..podría llegar a los 60 con 22 años cotizados en belgica y 15 en españa…eso se sumaría????podría jubilarme en belgica y que contara la de españa…o debería bajar a españa a trabajar 2 años antes para jubilarme en españa y que sumaran la belga????muchas gracias

  5. Hola,

    Soy espanol trabajando en EEUU con contrato local, es decir cotizando en EEUU unicamente, desde que empeze mi carrera laboral. Pongamos que regreso a espana con por ejemplo 50 anos y cotizo hasta la jubilacion 67 anos es decir cotizo 17 anos en espana y unos 25 anos en EEUU. Mi pregunta es si al cumplir el cotizar el minimo de 15 anos requeridos en espana entiendo que solo recibo pension en espana y solo proporcional a los 17 anos cotizados en espana? es decir apenas unos 1.000 euros al mes a pesar de haber cotizado 42 anos en total? estoy en lo cierto?

    Muchas gracias y saludos!

  6. He cotizado 10 ańos en Inglaterra y 10 ańos en espańa que me pertenece y si me unen las 2 pensiones en una o aparte.
    Gracias

  7. Hola, soy nacida en Argentina y tengo la nacionalidad española también. Tengo cotizados en España trece años y medio y estoy por partir a Argentina a trabajar. Me gustaría saber fis cosas:
    1- si debo hacer algún trámite en España (dependiendo, por ejemplo, en donde estoy sellando el paro desde hace seis años) antes de partir a Argentina.
    2-si los años que cotice en Argentina como trabajadora luego, a mi regreso a España, se podrán sumar como tiempo de cotización a los que ya tengo en España.
    (Actualmente te Gobierno 57 años)
    Muchas gracias.
    Saludos cordiales.

  8. Tengo 57 años cotizo en colombia y en España en ambos países tengo 14 años. Cotizados necesito irme para Colombia que puedo hacer en ese caso y no perder mis derechos

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