¿Jubilación anticipada o jubilación parcial? Requisitos


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Llegado al punto de poner fin a tu trayectoria laboral, ¿tienes claro cuál es la mejor opción? En este post te explicamos los requisitos para acceder a la jubilación anticipada y la parcial.

Puede que ante los numerosos ERTES y las elevadas posibilidades de sufrir un despido en los próximos meses por la situación de crisis económica a la que nos aboca la pandemia del COVID-19, muchos trabajadores de 60 años se estén planteando la posibilidad de jubilarse antes de tiempo. ¿Qué opción elegir? ¿Jubilación anticipada o jubilación parcial? En este post te vamos a explicar las diferencias entre una y otra alternativa para que puedas sopesar cuál te conviene.

Índice

Cómo acceder a la jubilación anticipada

Lo primero que debes saber es que la edad de jubilación se va retrasando de forma progresiva a razón de dos meses al año hasta 2027, cuando se situará en 67 años. De tal manera que en 2021, la edad legal de jubilación está situada en los 66 años para aquellos que hayan cotizado menos de 37 años y 3 meses y 65 para quienes hayan cotizado por encima. Puedes saber más sobre las tablas de jubilación aquí.

Año Periodos cotizados Edad de jubilación
2021 37 años y 3 meses o másMenos de 37 años y 3 meses 65 años66 años
2022 37 años y 6 meses o másMenos de 37 años y 6 meses 65 años66 años y 2 meses
2023 37 años y 9 meses o másMenos de 37 años y 9 meses 65 años66 años y 4 meses
2024 38 años o másMenos de 38 65 años66 años y 6 meses
2025 38 años y 3 meses o másMenos de 38 años y 3 meses 65 años66 años y 8 meses
2026 38 años y 3 meses o másMenos de 38 años y 3 meses 65 años66 años y 10 meses
A partir de 2027 38 años y 6 meses o másMenos de 38 años y 6 meses 65 años67 años

Hay dos tipos de jubilación anticipada: voluntaria o involuntaria.

Jubilación anticipada voluntaria a los 64 años

Cuando una persona quiere dejar de trabajar de forma anticipada por voluntad propia, solo podrá hacerlo hasta dos años antes de la edad ordinaria de jubilación. De tal manera que en 2021 se deberán que tener cumplidos los 64 años, siempre que se hayan cotizado, al menos, 35 años y que la pensión resultante al aplicar los coeficientes reductores por adelantar de la jubilación supere la pensión mínima. Esta opción es viable para todos aquellos que estén afiliados a la Seguridad Social, incluidos los autónomos.

Jubilación anticipada involuntaria o forzosa a los 62 años

La segunda opción es la jubilación anticipada involuntaria, que se aplicaría como consecuencia de un despido individual o colectivo que se produce en una edad cercana al retiro laboral, ya que solo se podrá optar a ella cuatro años como máximo antes de la edad establecida por la ley. Es decir, si el trabajador tiene pensado elegir esta opción durante 2021 podrá hacerlo a los 62 años y deberá haber cotizado a la Seguridad Social como mínimo 33 años. Los autónomos no pueden acogerse a esta fórmula.

También los trabajadores pueden optar por la jubilación anticipada forzosa en otros casos como, por ejemplo: si el dueño de la empresa fallece o se jubila, cuando es víctima de violencia de género, en el caso que tenga alguna incapacidad o por causa de fuerza mayor o judicial.

Jubilación anticipada de trabajadores con discapacidad

Aquellos trabajadores con una discapacidad de al menos el 45% y que hayan cotizado en esas condiciones un mínimo de 15 años, podrán jubilarse a los 56 años. En el caso de los trabajadores con una discapacidad de al menos el 65% y que acrediten que necesitan la ayuda de otra persona para la vida diaria, podrán anticiparla a los 52 años.

Coeficientes reductores de la jubilación anticipada

Tomada la decisión de jubilarse antes de tiempo, el trabajador debe tener en cuenta que al anticiparse percibirá una pensión menor ya que se aplican lo que se conoce como coeficiente reductor. Un porcentaje de reducción por cada trimestre de anticipación a la edad ordinaria de jubilación que rija en ese momento. Los coeficientes son más severos en el caso de jubilación anticipada voluntaria que involuntaria y no se aplican en caso de trabajadores discapacitados.

Cómo acceder a la jubilación parcial

La jubilación parcial es aquella que se inicia a los 60 años y en la que el trabajador se halla durante un tiempo en una situación intermedia, mediante un contrato de relevo (no es obligatorio). De esta forma, el jubilado parcial abandona gradualmente su puesto de trabajo, siendo sustituido durante ese tiempo por el “relevista” y cobrando una parte de la empresa y otra parte del Estado. La reducción de la jornada tiene que estar comprendida entre un mínimo del 25% y un máximo del 50%.

Jubilación parcial con contrato de relevo: requisitos

  • El trabajador interesado deberá haber cotizado como mínimo 33 años. Si se trata de un trabajador con una discapacidad igual o superior al 33 %, el periodo obligatorio de cotización para solicitar la jubilación parcial se rebaja hasta los 25 años.
  • Los contratos de relevo que se establezcan como consecuencia de una jubilación parcial tendrán, como mínimo, una duración igual al tiempo que le falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación.
  • Además del periodo de cotización, el trabajador que solicita la jubilación parcial debe haber desarrollado los últimos 6 años de su actividad laboral en la misma empresa que le concederá este tipo de jubilación.
  • La edad mínima, es otro de los requisitos que debe cumplir el trabajador para solicitar la jubilación parcial. En este caso, hay que diferenciar a los empleados que son mutualistas de los que no lo son:
    • Si tienen la condición de mutualistas: puede solicitarla a los 60 años.
    • Si no tienen la condición de mutualistas: el requisito de edad se aplica de forma gradual desde 2013 hasta 2027 en función de los períodos cotizados. Mientras que en 2013 bastaba con tener 61 años y un mes y haber cotizado 33 años y 3 meses, en 2027 para jubilarse parcialmente será necesario tener 63 años y haber cotizado 36 años y 6 meses.
      Año del hecho causante Edad exigida según períodos cotizados en el momento del hecho causante Edad exigida con 33 años cotizados en el momento del hecho causante
      2021 62 años 35 años y 3 meses o más 63 años
      2022 62 y 2 meses 35 años y 6 meses o más 63 y 4 meses
      2023 62 y 4 meses 35 años y 9 meses o más 63 y 8 meses
      2024 62 y 6 meses 36 años o más 64 años
      2025 62 y 8 meses 36 años y 3 meses o más 64 y 4 meses
      2026 62 y 10 meses 36 años y 3 meses o más 64 y 8 meses
      2027 y siguientes 63 años 36 años y 6 meses 65 años

  • Que exista una correspondencia entre las bases de cotización del trabajador relevista y del jubilado parcial, de modo que la correspondiente al trabajador relevista no podrá ser inferior al 65% del promedio de las bases de cotización correspondientes a los 6 últimos meses del período de base reguladora de la pensión de jubilación parcial.

Jubilación parcial sin contrato de relevo: requisitos

  • Contar con una edad mínima a la edad ordinaria de jubilación que en cada caso resulte de aplicación (años reales, sin aplicación de coeficientes reductores de la edad de jubilación).
  • Pueden estar contratados a jornada completa o parcial.
  • En cuanto a la reducción de la jornada trabajo: estará comprendida entre un mínimo de un 25% y un máximo del 50%.
  • Se requiere haber trabajado durante un período mínimo de cotización: 15 años, de los cuales 2 deberán estar incluidos dentro de los 15 años anteriores al hecho causante.
  • En el caso de antigüedad en la empresa no sería obligatorio.

210 comentarios en «¿Jubilación anticipada o jubilación parcial? Requisitos»

  1. Hola, tengo 61años y 37 de cotización, una minusvalía del 33%
    Podria jubilarme en 2021, que porcentaje me corresponde gracias

    • Estimado Francisco:
      Gracias por su comentario.
      Según los datos aportados no cumple los años cotizados que exige la norma actual, para acceder a la Jubilación Anticipada Voluntaria.
      Saludos,

  2. Buenos días
    A finales de año la Empresa donde trabajo me va a realizar un despido objetivo. Tengo 58 años y 43 cotizados. Me puedo jubilar a los 61? Y si es así me penalizarian? GRACIAS

    • Estimada Carmen:
      Gracias por su comentario. Según los datos aportados podrá acceder a la Jubilación Anticipada por causa no imputable al trabajador. El coeficiente reductor que corresponde es del 24,00%, (6,00% por cada año de anticipación) quedando un % final del 76,00%
      Saludos,

  3. Tengo 61 años, cotizados por el régimen general 34,años y fui profesional de las fuerzas armadas, cotize en el ISFAS 8 años y y medio, estos años Co mo se me agregan a mi vida laboral. Gracias.

    • Estimado Juan Carlos:
      Gracias por su comentario.
      Debe demandar expresamente que se le computen estas cotizaciones.
      Estas cotizaciones se sumarán siempre que no se superpongan.
      Saludos,

    • Estimado Juan Carlos:
      Gracias por su comentario. La Jubilación parcial no es una Jubilación definitiva, ya que trabajaría parcialmente.
      Saludos,

  4. Hola soy panadero ,trabajo denoche ,autonomo ,cotizados 33 años mas uno de mili mi edad 59 años cotizo todos los meses 550 euros. ¿cuando me podria jubilar ? ¿ Que cobraria? . Ay alguna manera de poder jubilarse antes de tiempo , la empresa es mia y de un socio .Saludos

    • Estimado Antonio:
      Gracias por su comentario.
      Según los datos aportados el coeficiente reductor por Jubilación Anticipada voluntaria que le aplicarían es del 6,5% por cada año de anticipación sobre la edad legal establecida, en su caso los 65 años. Por lo que el % a aplicar será del 13,00%, quedando una pensión de Jubilación del 87,00% de la Base Reguladora.
      Saludos,

  5. Hola, tengo 61años años y 37 cotizados y una minusvalía del 33 %, me podria jubilar y que penalización tendría
    Gracias

  6. Tengo 61 años y en mi vida laboral aparecen 35 años y 6 meses, pero estuve trabajando en dos empresas a la vez, y según dice el extracto de ss, de aperecen a efectos de presentación 33 años y 10 meses. Que significa eso???

    • Estimado Tomás:
      Gracias por su comentario. Efectivamente, a efectos de cualquier prestación se descartan los años de cotización que correspondan a periodos superpuestos. No obstante, las Bases de Cotización de estos periodos se suman, con el límite de la base máxima de cotización.
      Saludos,

  7. Hola..tengo 61años y 42 años cotizados, quiero jubilarme a los 63 años de edad que cumplo en marzo de 2022. ¿Que tanto por ciento me descontará de mi pensión? Es que quiero saber si es mucho la diferencia que me quedo cobrando si espero a los 65 años…..

    • Estimado Benito:
      Gracias por su comentario. Según los datos aportados y teniendo en cuenta la norma vigente, el coeficiente reductor que le aplicarían sería del 14,00%
      Saludos,

  8. Hola,tengo 62 años y estoy cobrando paro,me acogí al artículo 41 de el estatuto de los trabajadores,me quiero jubilar el año que viene anticipadamente, tengo 38 años cotizados y me gustaría que me dijeran cuanto me aplican de penalización.
    Muchas gracias.
    Un saludo.

    • Estimada Nieves:
      Gracias por su comentario. Si el despido se produjo por causas económicas, técnicas organizativas o de producción ya fuera colectivo u objetivo, se accedería a la Jubilación Anticipada por causa no imputable al trabajador en cuyo caso por jubilarse 2 años antes de la edad de Jubilación ordinaria el coeficiente reductor sería del 14,00%.
      Si el acceso a la jubilación Anticipada se produjera por voluntad del trabajador (causa de despido distintas a las anteriores) el coeficiente reductor sería del 15,00%
      Saludos,

  9. Buenas tardes, tengo 61 años 47 años cotizados autonomo carpintero.Estoy de baja po artrosis de grado 4 en las dos rodillas ya para operar y poner protesis. Estoy de baja des de hace 15 meses que me quedaria si me jubilan .

    • Estimado Jesús:
      Gracias por su comentario. Según los datos aportados no cumple los requisitos exigidos para acceder a la Jubilación Anticipada Voluntaria. Mínimo 63 años de edad.

      Saludos,

Los comentarios están cerrados.

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