Como millennial, es importante que desde el primer momento en el que accedes al mercado laboral conozcas todos los detalles que relacionan tu carrera laboral con la forma en la que cotizarás a lo largo de los próximos años. A continuación te mostramos los aspectos básicos:
La cotización en la Seguridad Social
Un millennial como cualquier otra persona en el momento que comienza a trabajar en su primer empleo está obligada a darse de alta en la Seguridad Social y a cotizar. Esta situación se mantiene mientras dura la relación laboral entre el empresario y el trabajador, e incluso subsiste en situaciones como las de incapacidad temporal, entre otros.
Es conveniente empezar a cotizar regularmente lo antes posible incurriendo en los menores periodos de ausencia de cotizaciones posibles. En el caso de un millennial, encuentra su primer empleo remunerado y, por tanto, comienza a cotizar a los 22,5 años.
El primer empleo y la pensión por jubilación
Hay que saber que el primer empleo determina el inicio de la carrera de cotización, pero no el montante de pensión pública por jubilación, calculada a partir de los salarios percibidos los últimos 25 años (a partir de 2022). Por ello es importante que exista una progresión en la carrera profesional de los miembros de este colectivo y que lo antes posible se alcancen bases de cotización elevadas.
En el caso de los millennials, las prácticas profesionales, que suelen coincidir con el primer empleo, se tienen en cuenta para el cálculo del tiempo de cotización en las pensiones de jubilación. No obstante, este trabajo también se tendría en cuenta dentro de las bases de cotización para los casos en que dichas prácticas se realicen en los últimos 25 años cotizados. Esta situación se aplica también los contratos de formación.
El nivel educativo y la pensión por jubilación
En este caso, la pensión por jubilación se verá afectada por el nivel educativo, ya que mayor nivel de formación supone salarios más elevados. Como los millennials cuentan con un nivel educativo más alto que el de generaciones anteriores, partirían de salarios iniciales y bases de cotización más elevadas, lo que a priori supondría pensiones por jubilación más altas. Sin embargo, la reforma del Sistema de Pensiones conducirá a una reducción de esta última cuantía.
Discriminación salarial en los millennials
El colectivo de los millennials no sufre ninguna discriminación normativa a efectos de la Seguridad Social. No obstante, su menor edad condiciona su experiencia laboral y, esta última, su remuneración salarial. En 2013, el salario de los millennials fue un 30% inferior al de los mayores de 35 años. No obstante, el mayor nivel educativo medio de este colectivo supone que, con la ganancia de antigüedad, la curva de salarios de los millennials se situará en media por encima de la curva salarial media actual.
Lagunas de cotización
Las lagunas de cotización surgen en los episodios de desempleo sin derecho a prestaciones u otros periodos de inactividad laboral de los trabajadores en los que no se registran cotizaciones a la Seguridad Social. Dichas lagunas de cotización afectan negativamente a la pensión pública por jubilación.
En el caso de los trabajadores millennials por cuenta ajena, este periodo durante el que no han cotizado se completa automáticamente como si lo hubieran hecho por la base mínima. Sin embargo, la Seguridad Social no considera ninguna cotización y, por lo tanto, no la completa si el trabajador es autónomo. Lo mismo ocurriría en el caso de los mayores de 35 años.
Se debe tener en cuenta que los millennials experimentarán, probablemente, más episodios ínter-laborales y deberán estar muy atentos a los desarrollos futuros en esta materia
Trabajar en las Administraciones Públicas
Solo 1 de cada 10 millennials trabaja en las diferentes Administraciones Públicas, frente al 20% de los mayores de 35 años. Los funcionarios de los cuerpos de la administración central están cubiertos por el Régimen Especial de Clases Pasivas del Estado (CC.PP.), dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. La Subdirección General de Clases Pasivas del Estado se encarga de gestionar las prestaciones sociales de los funcionarios, entre las que se encuentra la de jubilación, que se rige por reglas similares (aunque no exactamente las mismas) que las de la Seguridad Social.
No obstante, el régimen de Clases Pasivas del Estado se encuentra cerrado a nuevos entrantes desde el 1 de enero de 2011, de forma que todos los miembros de este colectivo que hayan entrado a trabajar después de esa fecha a la administración pública estarán cotizando por el Régimen General.