Pensiones no contributivas

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Dentro del sistema de pensiones público español, existen dos tipos de prestaciones: pensiones contributivas y pensiones no contributivas. La principal diferencia entre ambos tipos de pensiones es las contributivas se conceden en base a la edad y el tiempo que el trabajador ha cotizado a la Seguridad Social, mientras que las pensiones no contributivas no están ligadas a estos requisitos, sino que se reconocen a aquellos ciudadanos que se encuentran en situación de necesidad protegible y que carecen de recursos suficientes para su subsistencia.

Pensión no contributiva: qué es

Las pensiones no contributivas son aquellas prestaciones económicas que se dirigen a aquellos ciudadanos que, pese a no haber cotizado nunca a la Seguridad Social o no lo han hecho por un periodo mínimo establecido, no disponen de los recursos básicos o necesarios para poder salir adelante. Pueden beneficiarse aquellas personas con residencia legal en España cuyos ingresos no superen un cierto límite.

Ingresos insuficientes

Los Presupuestos Generales del Estado para 2021 fijan esa carencia de ingresos cuando estén por debajo de 5.639,20 euros anuales. Este el, por tanto, el ingreso que se percibirá en 12 mensualidades más dos pagas extras, lo que supone un incremento del 1,8% respecto a 2020.

Si bien, en función del número de personas que vivan en el mismo domicilio, el importe percibido puede variar, pero no puede ser inferior al 25% del ingreso mínimo establecido.

Tipos de pensiones no contributivas

  • Pensión no contributiva de invalidez, que asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios. Pueden ser beneficiarios de la pensión no contributiva de invalidez los ciudadanos españoles o de otras nacionalidades (siempre que residan legalmente en España) que cumplan ciertos requisitos pensión no contributiva de invalidez.
  • Pensión no contributiva de jubilación, que asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva. Al igual que en el caso de las pensiones no contributivas de invalidez, pueden ser beneficiarios de la pensión no contributiva de jubilación los ciudadanos españoles o de otras nacionalidades (siempre que residan legalmente en España) que cumplan ciertos requisitos pensión no contributiva de jubilación

Gestión de la pensión no contributiva

La gestión de las pensiones no contributivas está atribuida a los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y a las Direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) en las ciudades de Ceuta y Melilla.

Pensión contributiva: requisitos

La otra modalidad es aquella dirigida a trabajadores, para lo que tienen que cumplir los siguientes requisitos:

  • Edad para cobrar la pensión. En el año 2021 la edad de jubilación exigida es de 66 años, si se acreditan al menos 37 años y 3 meses cotizados, o 65 años si se tienen más de 37 años. Desde la última reforma de 2013 la edad de jubilación se ha ido incrementando c, llegando a alcanzar a partir de 2027, los 67 años.

TABLAS DE LA EDAD DE JUBILACIÓN

Año Periodos cotizados Edad de jubilación
2020 37 años o más /

Menos de 37 años

65 años /

65 años y 10 meses

2021 37 años y 3 meses o más /

Menos de 37 años y 3 meses

65 años /

66 años

2022 37 años y 6 meses o más /

Menos de 37 años y 6 meses

65 años /

66 años y 2 meses

2023 37 años y 9 meses o más /

Menos de 37 años y 9 meses

65 años /

66 años y 4 meses

2024 38 años o más /

Menos de 38

65 años /

66 años y 6 meses

2025 38 años y 3 meses o más /

Menos de 38 años y 3 meses

65 años /

66 años y 8 meses

2026 38 años y 3 meses o más /

Menos de 38 años y 3 meses

65 años /

66 años y 10 meses

A partir de 2027 38 años y 6 meses o más /

Menos de 38 años y 6 meses

65 años /

67 años

Fuente: Elaboración propia con datos de la Seguridad Social

  • Tiempo de cotización de la pensión contributiva. Las pensiones contributivas son aquellas prestaciones destinadas a los trabajadores que hayan cotizado a la Seguridad Social un periodo mínimo legal de 15 años, de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de ese periodo inmediatamente anteriores al momento de la jubilación. Si bien, para cobrar la máxima, es necesario cotizar durante más tiempo. Se trata de una pensión con un periodo de tiempo ilimitado.

En lo referente a la cuantía que perciben los trabajadores de la pensión contributiva viene determinada por las aportaciones que haya realizado durante el tiempo que ha estado cotizando a la seguridad social. En la actualidad, a cierre de 2020 la pensión media está situada en 1.017,97 euros y la pensión de jubilación en 1.170,26 euros, un importe que cada vez es más elevado dada la mayor cualificación de los pensionistas.

Tipos de pensión contributiva

Llegado el momento de solicitar la pensión contributiva, hay que tener en cuenta que existen distintos tipos. Toma nota:

  • Pensión contributiva de jubilación. Se trata de la prestación que permite cubrir la retirada definitiva del salario de un trabajador cuando éste pone fin a su actividad laboral. Puede acogerse a los distintos tipos: jubilación ordinaria, jubilación anticipada, jubilación parcial, jubilación flexible, jubilación activa y jubilación especial a los 64 años. Con estos tipos de pensiones lo que se pretende es cubrir las necesidades económicas de los ciudadanos en los distintos escenarios que os indicamos.
  • Pensión contributiva por incapacidad permanente: en estos casos se compensa la ayuda para aquellas personas que sufren una incapacidad, ya sea por un accidente o por una enfermedad. Puede ser: total, absoluta y gran invalidez.
  • La pensión contributiva por fallecimiento compensa la situación de necesidad económica que puede producir el fallecimiento, y puede ser por pensión de viudedad, orfandad y en favor de familiares.
  • Pensión contributiva por maternidad o paternidad. En el año 2016 se aprobó el complemento en las pensiones de las mujeres que habían sido madres. El objetivo de este complemento era favorecer a las familias con proyecciones de tener más hijos, y así potenciar la natalidad en el país.

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