Qué es el complemento de brecha de género

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Complemento brecha de genero

También conocido como complemento de reducción de la brecha de género, es una prestación adicional incluida en el sistema de pensiones para reducir la desigualdad entre hombres y mujeres en las pensiones de jubilación.

Está dirigida, en particular, a aquellas personas cuya pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente ha sido impactada negativamente debido a que tienen carreras laborales interrumpidas o reducidas por el cuidado de los hijos.

Además de tratar de compensar, en parte, el impacto de los hijos en la vida profesional, este complemento busca reducir la brecha de género en las pensiones y fomentar la natalidad

¿Quién puede cobrar el complemento de maternidad/paternidad?

Aunque como se puede intuir beneficia mayoritariamente a las mujeres, no es exclusivo de este género, sino que también se habla de complemento de paternidad.

Requisitos para beneficiarse del complemento de reducción de brecha de género:

  • Haber tenido uno o más hijos (máximo cuatro).
  • Estar recibiendo una pensión contributiva (jubilación, viudedad o incapacidad permanente).
  • Se reconoce a un solo progenitor, por defecto, a la madre salvo que el padre perciba una pensión inferior.
  • Demostrar que la carrera laboral o las cotizaciones se vieron afectadas negativamente debido a responsabilidades familiares.

Solicitud del complemento brecha de género

Al tramitar la pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, se debe indicar en la solicitud el deseo de acceder al complemento.

Documentación necesaria:

  • DNI o NIE del solicitante.
  • Libro de familia o certificados de nacimiento que acreditan el número de hijos.
  • Cualquier documento que demuestre el impacto en la carrera profesional debido a la crianza de los hijos, si es necesario.

Presentación de la solicitud:

  • Presencialmente: en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS). Es recomendable solicitar cita previa llamando al 901 10 65 70 o al 91 541 25 30, o a través de la web de la Seguridad Social.
  • Vía telemática: también es posible la solicitud online del complemento de brecha de género a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. utilizando certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.

Importe del complemento de reducción de brecha de género en 2025

Desde que entró en vigor en 2021, el complemento de maternidad/paternidad ha pasado de los 30 euros por el primer hijo a 35,9 euros para 2025 por mes (14 pagas), lo que supone una revalorización del 8,1% sobre la cuantía de 2024, según un Real Decreto-ley aprobado por el Gobierno ante la falta de consenso para aprobar los Presupuestos Generales del Estado. El desglose por número de hijos queda fijado así (cuantías anuales):

  • 1 hijo: 502,6 euros al año
  • 2 hijos: 1.005,2 euros al año
  • 3 hijos: 1.507,8 euros al año
  • 4 hijos: 2.010,4 euros al año

¿Tiene el complemento de brecha de género carácter retroactivo?

El complemento para la reducción de la brecha de género no tiene carácter retroactivo general. Este complemento se aplica a las pensiones reconocidas a partir del 4 de febrero de 2021.

Sin embargo, hay algunas consideraciones importantes:

  • Si se solicita al mismo tiempo que la pensión y se deniega injustamente, se puede reclamar en el plazo de 30 días hábiles desde la notificación de la resolución, con carácter retroactivo desde el día de su solicitud.
  • Si no se reclamó en el momento de la solicitud inicial y se hace posteriormente, el carácter retroactivo general es de tres meses.

Es importante distinguir este complemento del anterior complemento de maternidad dirigido a compensar la aportación demográfica, que sí tiene carácter retroactivo para los hombres que cumplan los requisitos, aplicándose desde el 1 de enero de 2016 o desde que se causó derecho a la pensión contributiva

¿Cuánto tardan en conceder el complemento?

La Seguridad Social tiene un plazo máximo de 90 días para resolver y notificar la concesión del complemento desde la fecha de presentación de la solicitud.

Consideraciones adicionales:

  • Efectos económicos: en caso de resolución favorable, el complemento se abonará con efectos retroactivos desde la fecha de solicitud.
  • Reclamaciones: si transcurrido el plazo máximo no se ha recibido respuesta, se puede entender desestimada la solicitud por silencio administrativo, lo que permite interponer los recursos administrativos o judiciales pertinentes. Y si no se está de acuerdo con la resolución, se puede reclamar en 30 días hábiles desde la notificación.
  • Compatibilidad: el complemento es compatible con otras prestaciones, pero existen límites en cuanto a la cantidad máxima de la pensión.
  • Actualizaciones: el importe se actualiza anualmente.

Te invitamos a entender mejor las diferencias entre el complemento para reducir la brecha de género y el de maternidad en nuestro informe sobre este tema.

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