Anulaciones de las pólizas de seguros de vida

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En caso de anulación de la póliza por impago del recibo, si no han pasado más de seis meses se puede rehabilitar la póliza del seguro de vida, de forma que el asegurado paga los recibos pendientes y la póliza se mantiene con las mismas coberturas y en los términos originales.

Ahora bien, si han pasado más de seis meses, la póliza no se puede rehabilitar, por lo que habría que contratar una nueva.

Anulación de póliza del seguro: qué hay que hacer y cuándo

Los seguros de vida suelen ser anuales renovables, de forma que cada año se van renovando automáticamente. El tomador tiene el derecho de oponerse a cada prórroga anual si lo comunica por escrito a la aseguradora con un mes anterior al vencimiento. Por el contrario, el plazo para que la aseguradora comunique que no quiere renovar por otra anualidad es de dos meses. En este caso, la entidad aseguradora deberá comunicar esta circunstancia por escrito al tomador con la antelación indicada.

Impagos

En el caso de que el tomador no cumpla con la obligación de pagar el recibo de su póliza, esta se anulará pasado el mes de gracia.

Si quieres saber más sobre el seguro de vida, puedes acceder a nuestra guía “50 preguntas clave sobre el seguro de vida” haciendo clic aquí.

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