La Seguridad Social ha dedicado más de 1.519,1 millones de euros al pago de las prestaciones por maternidad (1.519.134.230,40) y paternidad (399.845.937) en 2017, según los datos publicados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social. El gasto en la prestación por paternidad se incrementa un 93,85% tras la entrada en vigor del permiso a 4 semanas; el de maternidad disminuye un 2,66%.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha gestionado 268.328 prestaciones económicas por maternidad a lo largo del año. Del conjunto de prestaciones reconocidas, la mayor parte, 263.398, corresponden a permisos disfrutados por la madre y 4.930 a permisos (de maternidad) compartidos con el padre.
El número de procesos por paternidad en 2017 ha sido de 264.632, un 8,25% más que el pasado año, y un coste de más de casi 399 millones de euros (399.845.937). Desde el 1 de enero de 2017 el permiso por paternidad se amplió a 4 semanas, esto explica el aumento del gasto de un 93,85% con respecto al mismo periodo de 2016.
Excedencia por cuidado de hijo, menor acogido o familiar
Las trabajadoras y trabajadores pueden solicitar excedencia para atender al cuidado de hijo o menor acogido o para el cuidado de otros familiares. En este caso, la duración del periodo considerado de cotización efectiva dependerá de los supuestos contemplados en la Ley General de la Seguridad Social, modificada con la entrada en vigor de la Ley de Igualdad que amplió el alcance y duración de esta prestación.
En 2017, se han registrado 55.133 excedencias por cuidado familiar, de las que 49.934 correspondían a solicitudes presentadas por mujeres y 5.199 por hombres. La variación interanual ha sido de 9,09%, lo que ha supuesto un aumento de 4.596 excedencias más que en 2016.
Detalles de las prestaciones de maternidad y paternidad
La cuantía de esta prestación es equivalente al cien por cien del salario y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las 16 semanas de permiso (ampliables en caso de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo).
Además, el padre puede disfrutar del tiempo cedido por la madre al mismo tiempo que ella o a continuación, excepto en las seis primeras semanas de descanso obligatorio para la madre, en caso de parto natural (en caso de fallecimiento de la madre, el derecho a estas seis semanas lo puede solicitar el padre). La Ley contempla también la posibilidad de disfrutar a tiempo parcial del permiso.
El permiso por paternidad es independiente del de la madre y compatible con el disfrute compartido del permiso por maternidad, cuando es cedido por la madre. La cuantía del subsidio por paternidad es la misma que el importe del permiso por maternidad: 100% de la base reguladora de la prestación de Incapacidad Temporal, derivada de contingencias comunes. La prestación se abona por un periodo de 4 semanas.
Cuando las trabajadoras estén cobrando la prestación por desempleo total y pasen a la situación de maternidad, percibirán la prestación correspondiente y, tras agotarla, reanudarán el cobro del desempleo por el tiempo que restara por percibir y en la cuantía que correspondiera en el momento de la suspensión.