Cómo cobrar el plan de pensiones: fórmulas de rescate del plan de pensiones y cómo tributan

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Llegado el momento en que vamos a alcanzar la edad de jubilación, llega también el momento de disponer de los ahorros del plan de pensiones si en un momento dado de nuestra vida decidimos planificar financieramente nuestro retiro a través de esta fórmula de ahorro. Así, surge también preguntas sobre cómo cobrar el plan de pensiones. ¿Conoces las diferentes formas de rescate de un plan de pensiones? ¿Te surgen dudas acerca de qué tratamiento fiscal reciben en cuanto al IRPF?

A continuación, desde Instituto Santalucía, te damos todas las claves sobre cómo cobrar el plan de pensiones y poder disponer del ahorro que has venido realizando de cara a la jubilación como complemento a la pensión pública.

No obstante, cabe señalar que, aunque los planes de pensiones son un vehículo de ahorro diseñado para disponer de nuestros ahorros tras la jubilación, por ley existen algunas excepciones para poder disponer de ese dinero antes de la jubilación, aunque por norma general no se puede recuperar el dinero invertido hasta que no llegue el momento de la jubilación.

¿Qué tener en cuenta para elegir la forma más adecuada de rescate del plan de pensiones?

A la hora de decidir de qué forma vamos a cobrar el plan de pensiones, debemos tener en cuenta diferentes factores:

  1. En primer lugar, la situación personal en el momento de decidir cómo rescatar y cuánto capital se necesita (como complemeto a la pensión pública, como colchón financiero, etc.)
  2. En segundo término, el diferente impacto fiscal de cada forma de rescate, así como la antigüedad de las aportaciones. En este sentido, aunque en general los expertos recomiendan rescatar en forma de rentas, si las aportaciones fueron realizadas antes de 2007, puede que nos interese rescatar de una sola vez. Los motivos:
    1. El cobro por rentas de los planes de pensiones permite al titular disponer de ingresos menores que los que derivan de un solo ingreso y tributan a un tipo menor como rendimientos del trabajo
    2. No obstante, si las aportaciones fueron realizadas antes de 2007, estas gozan de beneficios fiscales específicos.
  3. Sin embargo, para conocer las opciones de cobro específicas de cada plan de pensiones, deben consultarse las especificaciones establecidas en el contrato.

Cómo cobrar el plan de pensiones: formas de rescate de los planes de pensiones

Hechas estas consideraciones de índole personal y fiscal, detallamos las formas que hay de rescatar los planes de pensiones.

Cobrar el plan de pensiones en forma de capital

Cobrar el plan de pensiones en forma de capital supone percibir un pago único. Este pago puede ser inmediato a la fecha de la contingencia (jubilación en nuestro caso), o bien, puede ser diferido a un momento posterior.

Rescatar el plan de pensiones en formato capital implica que cobras todo el dinero ahorrado de una sola vez, pero es conveniente recordar que no suele ser la opción más conveniente desde el punto de vista fiscal, ya que normalmente conlleva superar el tramo de IRPF –los planes de pensiones y los planes de previsión asegurada tienen un tratamiento fiscal por el que tributan como rentas del trabajo- y, por tanto, el perceptor pagaría más impuestos a Hacienda.

Rescatar en forma de renta

Cobrar el plan de pensiones en forma de renta consiste en la percepción de dos o más pagos sucesivos con periodicidad regular, incluyendo al menos un pago en cada anualidad. Es la opción más recomendable siempre que las circunstancias personales del titular así lo permitan.

Las rentas pueden ser de diferentes modalidades:

Rentas aseguradas o financieras

Esta modalidad de renta conlleva la contratación de un seguro para garantizar el importe que hayamos determinado previamente.

Rentas de cuantía constante o variable

La diferencia entre las rentas de cuantía constate o de cuantía variable radica en:

  • Si son contantes, siempre recibiremos la misma cuantía y con una periodicidad regular.
  • Si es variable, la cuantía vendrá determinada por la evolución de algún índice de referencia determinado.

Rentas vitalicias o temporales

Cobrar un plan de pensiones en forma de renta vitalicia supone percibir una renta de forma actuaria hasta el momento del fallecimiento. En el caso de que sea temporal, percibiremos la renta durante un determinado número de años.

Rentas reversibles

Cobrar el plan de pensiones en forma de renta reversible supone que, en el caso de que la persona falleciera, la prestación se revierte sobre otra persona, la cual haya fijado el partícipe.

Rescate mixto de los planes de pensiones

Esta forma de rescate de los planes de pensiones brinda la opción de combinar la percepción de cualquier tipo de renta junto con un pago único en forma de capital.

Rescate flexible del plan de pensiones

Con esta forma de rescate, el beneficiario decide con plena libertad las fechas y cuantías de las rentas a percibir, sin una periodicidad determinada.

Cómo cobrar el plan de pensiones teniendo en cuenta el impacto fiscal según la forma de rescate

El rescate de un plan de pensiones tiene un tratamiento fiscal por el que tributa como rendimientos del trabajo, lo que significa que los ingresos que percibamos por el rescate del plan de pensiones computan en la base general para calcular el IRPF, aplicándoles el tipo marginal. Es importante tener en cuenta lo que os detallamos a continuación a la hora de decidir sobre cómo cobrar el plan de pensiones.

Impacto fiscal de los rescates en forma de capital

Rescatar el plan de pensiones en forma de capital supone que percibiremos de una sola vez toda la prestación, lo que aumentará nuestros ingresos a declarar en la declaración de la renta correspondiente al ejercicio fiscal en el que se efectúa el rescate. Ello aumentará la base imponible del contribuyente y, con probabilidad, el tipo marginal a aplicar.

En este sentido, es más que conveniente analizar el impacto fiscal del rescate de nuestro plan de pensiones si lo percibimos en forma de capital, calculando a partir de qué importe supondría un incremento del tramo de IRPF.

Además, es importante también conocer de antemano el hecho de que en los planes de pensiones que cuenten con aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006, se aplica una reducción del 40 por ciento del gravamen aplicado al importe rescatado en forma de capital, siempre y cuando ese rescate se efectúe dentro de los dos años siguientes a la fecha del hecho causante. Asimismo, en el caso de hechos causantes que hayan tenido lugar entre los años 2011 y 2014, el plazo se amplía de dos a ocho años; y, en el caso de hechos causantes acaecidos hasta 2010, ya no sería posible aplicar la reducción, puesto que el plazo finalizó en 2018.

Impacto fiscal de los rescates de plan de pensiones en forma de renta

Al cobrar el plan de pensiones en forma de renta, el impacto fiscal se produce de forma más progresiva. Al realizarse diversos rescates de forma dilatada en el tiempo, el efecto fiscal de percibir esos ingresos se diluye también en varios años.

Entonces, te preguntarás… ¿cuál es la mejor opción para rescatar mi plan de pensiones desde el punto de vista fiscal? En términos generales, lo más recomendable suele ser rescatar en forma de capital una cantidad de dinero que calculemos que vamos a necesitar a corto plazo y que dicho importe no suponga un aumento drástico de nuestra contribución con el fisco. Y el resto de los ahorros de nuestro plan de pensiones, cobrarlo en forma de rentas periódicas.

Además de las ventajas en al plano fiscal, percibir los ahorros en forma de renta nos facilitan una adecuada administración de nuestro patrimonio, complementando con estas rentas los ingresos que percibamos por parte de la pensión pública tras la jubilación.

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