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Empleadas de hogar: normativa, Seguridad Social y sueldos

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Empleadas de hogar todo lo que debes saber

El mercado laboral de las empleadas de hogar en España ha experimentado cambios significativos en los últimos años, influenciados por la implementación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), referido a las trabajadoras y trabajadores domésticos, y otras medidas legislativas, que suponen una mejora de sus derechos laborales.

Estos cambios normativos representan, además, un avance significativo en la equiparación de derechos de las empleadas del hogar con el resto de los trabajadores, mejorando sustancialmente sus condiciones laborales y su protección social.

Convenio de las empleadas de hogar

Entre las principales características se destacan:

Derecho al desempleo

Se ha eliminado una discriminación histórica al otorgar a las empleadas del hogar el derecho a prestaciones por desempleo. Esto implica una mayor cotización mensual tanto para las trabajadoras como para los empleadores. Gran parte de la cotización del empleador está bonificada por el Estado hasta un 80% para fomentar la regularización de la situación laboral de sus empleadas (más información sobre las bonificaciones en nuestra “Guía de Empleados de Hogar”.

Protección contra el despido arbitrario

El Real Decreto-Ley 16/2022 eliminó el despido por desistimiento, obligando a los empleadores a justificar cualquier cese laboral. Esto fortalece la protección contra el despido injustificado y otorga a las trabajadoras el derecho a una indemnización acorde con la normativa laboral (más información al final de este artículo).

Bajas médicas

Su inclusión en la Seguridad Social asegura derechos como bajas médicas remuneradas y permisos por nacimiento o cuidado de familiares.

Seguridad y salud laboral

El Real Decreto 893/2024 amplió la protección en materia de seguridad y salud laboral:

Evaluación de riesgos: los empleadores deben realizar una evaluación de riesgos en los domicilios donde trabajan las trabajadoras domésticas.

Equipos de protección: se obliga a los empleadores a proporcionar gratuitamente los equipos de trabajo necesarios cuando fuera necesario.

Derecho a interrumpir la actividad: las empleadas de hogar pueden interrumpir su trabajo si enfrentan un riesgo grave e inminente para su salud o integridad física.

Reconocimientos médicos: el Sistema Nacional de Salud ofrece reconocimientos médicos voluntarios y gratuitos.

¿Qué ocurre con las empleadas de hogar por horas?

Para las empleadas de hogar por horas se establecen las siguientes normas:

  1. Salario mínimo por hora: 9,26 euros para 2025. Este salario incluye:
    • El salario bruto por hora.
    • La parte proporcional de vacaciones devengadas.
  2. Consideración de trabajo por horas: se aplica cuando la empleada presta servicios en el domicilio del empleador menos de 120 días al año.
  3. Inclusión de pagas extras y vacaciones: el salario por hora ya incluye la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias y las vacaciones.
  4. Obligaciones del empleador:
    • Inscripción en la Seguridad Social, independientemente del número de horas trabajadas.
    • Pago puntual de salarios y proporcionar recibos de pago detallados.
  5. Derechos laborales: las empleadas por horas tienen los mismos derechos que otros trabajadores, incluyendo descansos, vacaciones y protección social.

Cotización de las empleadas de hogar

Desde el 1 de octubre de 2022, tanto empleador como empleadas están obligados a cotizar por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).

Por contingencias comunes se cotiza el 28,30% (23,60% a cargo del empleador y 4,70% a cargo de la empleada), profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) 1,5% asumida íntegramente por el empleador y desempleo, dependiendo del tipo de contrato la horquilla oscila entre el 7,05% y 8,30% (más información en nuestra guía).

Además, el empleador debe abonar una cotización al FOGASA del 0,20% y al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) del 0,80% (0,67% a cargo del empleador y 0,13% a cargo de la empleada). Ambos, bonificados.

Las bases de cotización oscilan entre un mínimo de 296 euros hasta un máximo de 1.381,20 euros.

Las trabajadoras domésticas tienen derecho al paro si han cotizado al menos 360 días. También pueden acceder a subsidios asistenciales si cumplen los requisitos establecidos.

Tabla salarial empleadas de hogar

En 2025, y según la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), se establecen los siguientes valores en la tabla salarial de las empleadas de hogar:

Salario mínimo anual y mensual

  • Anual: 16.576 euros brutos.
  • Mensual con 14 pagas: 1.184 euros brutos.
  • Mensual con 12 pagas (pagas extras prorrateadas): 1.381,33 euros brutos.

Salario por hora

  • Trabajadoras por horas: tal y como se ha indicado, el salario mínimo es de 9,26 euros por hora trabajada, incluyendo las pagas extraordinarias.

Gestión de las altas y bajas de las empleadas domésticas

La gestión de las altas y bajas de las empleadas del hogar en el Régimen de Empleados del Hogar se puede gestionar también telemáticamente, a través del portal Import@ss mediante identificación con certificado digital, Cl@ve o vía SMS.

Plazo para solicitar el alta

Debe realizarse antes del inicio de la actividad laboral, pudiendo gestionarse hasta 60 días naturales antes de la fecha prevista para comenzar el trabajo.

En caso de que no se haga en el plazo establecido, se permite tramitar el alta durante los 30 días siguientes al inicio de la relación laboral, aunque esto puede tener consecuencias administrativas.

Requisitos para el alta

  • Datos del empleador: Código de Cuenta de Cotización (CCC), dirección y cuenta bancaria para la domiciliación de cotizaciones.
  • Datos del empleado: DNI, Número de Seguridad Social (NUSS), y domicilio.
  • Detalles de la relación laboral: Fecha de inicio, tipo de contrato, salario y jornada laboral.

Plazo para comunicar la baja

Debe notificarse dentro de los tres días naturales posteriores al cese de la actividad laboral.

Requisitos para la baja

Comunicación del fin de la relación laboral mediante los sistemas electrónicos habilitados. En algunos casos, se debe proporcionar un certificado con las bases de cotización para que la trabajadora pueda gestionar prestaciones sociales.

Despido de una trabajadora doméstica

La regulación también modifica el proceso de despido de una empleada de hogar, eliminando el despido por desistimiento y requiriendo una justificación adecuada.

Tipos de despido permitidos

  • Despido disciplinario: por faltas graves como incumplimiento de obligaciones, desobediencia reiterada o faltas injustificadas de asistencia.
  • Despido por causas objetivas: debido a circunstancias como reducción significativa de ingresos del empleador o reestructuración en el hogar.

Procedimiento de despido

El despido debe comunicarse por escrito a la empleada, notificando las causas del mismo. Los plazos de preaviso son: 7 días si la empleada lleva menos de un año trabajando y 20 días si lleva más de un año.
La indemnización oscila entre 12 y 30 días, desapareciendo el despido por desestimación. El detalle en la siguiente tabla:

Tipo de despido Días de indemnizaciónMensualidades máximas
Causa justificada12 días/año6
Disciplinario improcedente 20 días/año12
Disciplinario procedente 00
Despido durante periodo de prueba00
Fallecimiento del empleador (*)301

(*) Con independencia de la antigüedad

El finiquito debe incluir: salario por días trabajados hasta la fecha de despido, pagas extras devengadas y compensación por vacaciones no disfrutadas.

Otros trámites adicionales son dar de baja en la Seguridad Social dentro de los tres días posteriores al despido, entregar un certificado de empresa para que la empleada solicite prestaciones por desempleo.

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