ERTE y declaración de la renta

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Con la campaña de la declaración de la renta 2022, a los afectados por un ERTE les surge la misma pregunta: ¿cómo me va a afectar en la declaración de la renta? Te lo explicamos a continuación.

¿Cómo tributa el ERTE en la declaración?

Para tener clara esta cuestión, hay que tener en cuenta el tipo de ERTE al que has sido sometido, si es en jornada reducida o completa.

Jornada reducida

Si el expediente temporal de regulación del empleo sólo afecta a la reducción de tu jornada laboral, tendrás una retención del IRPF procedente tanto de tu empresa como del SEPE, aunque de este último sea mínima, ya que ambos pagarán parte de tu sueldo.

Jornada completa

Esta es la situación de aquellas personas a las que su empresa les ha suspendido de forma temporal el contrato de trabajo; en este caso, la ayuda por desempleo la recibes íntegramente del SEPE, por lo que se incluirá una retención mínima, en algunos casos incluso del 0%, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

A pesar de ser una prestación de desempleo lo que recibirás por estar en esta situación, se tributará como renta de trabajo ya que estás en una suspensión temporal del contrato de trabajo.

¿Cómo afecta el ERTE a mi declaración de la renta?

En este punto se complica la situación, porque puede que en años anteriores no estuvieses obligado a realizar la declaración de la renta, pero este año puede que sí, todo ello a consecuencia de estar sometido a un ERTE.

La prestación de ayuda, íntegra o parcial, que se recibe por parte del SEPE se tiene que incluir en la declaración de la renta como si fuese un pagador más. Esto deriva en que las personas afectadas por esta situación tendrán más de un pagador en su declaración: su empresa y el SEPE.

El hecho de tener dos pagadores o más, puede suponer la obligación de presentar la declaración de la renta 2022. Esto se debe a que, si sólo posees un pagador, estarás obligado a presentar la declaración si ingresas 22.000 euros anuales o más, es decir, si tus ingresos no llegan a esa cifra estas exento de hacerla. Ahora bien, si hay más de un pagador, la base imponible mínima para declarar se reduce a 15.000 euros, si del segundo pagador (y sucesivos) se han ingresado más de 1.500 euros.

Dicho de forma más clara, estarás obligado a presentar la declaración de la renta si la cantidad de dinero que has cobrado por parte del SEPE durante tu periodo de ERTE es superior a 1.500 euros y la suma de esta cantidad con el sueldo recibido por parte de tu empresa superan los 14.000 euros anuales.

Por otra parte, no estarás obligado a hacer el trámite de la Agencia Tributaria, en el caso de que la cantidad recibida por el segundo pagador (y sucesivos) sea inferior a 1.500 euros y el total de ingresos anuales siga por debajo de los 22.000 euros.

Retenciones del IRPF

El SEPE no ha realizado retenciones del IRPF en los pagos, como así lo hacía la empresa en la que el trabajador afectado estaba como empleado. Esto significa que ahora tendrá que aplicar dicha retención en el IRPF, por lo que la declaración de la renta de los afectados por un ERTE saldrá a ingresar.

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