Desde 2021, la jubilación se sitúa en los 66 años para quienes hayan cotizado menos 37 años y se mantiene la de los 65 si se han cotizado por encima.
A medida que avanzan los años, la edad de jubilación se retrasa. Esto es debido a la reforma que tuvo lugar en 2013 a través de la cual, la edad de jubilación aumenta progresivamente.
Edad de jubilación en 2025
Desde el pasado 1 de enero de 2021 la edad de jubilación ordinaria ha pasado a ser a los 66 años y va aumentando a razón de dos meses por año trabajado. De tal manera que la edad de jubilación en 2025 se sitúa en 66 años y 8 meses si se han cotizado menos de 38 años y 3 meses. Para vidas laborales más largas se mantiene en los 65 años.
Evolución del aumento de edad de jubilación ordinaria
A medida que avanzamos en el plan aprobado en 2013 para retrasar progresivamente la edad de jubilación, vemos cómo la edad ordinaria de jubilación avanza a razón de dos meses por año, de tal manera que la edad de jubilación se sitúe en 2027 en los 67 años.
La evolución de la misma en los próximos años es la siguiente:
Año | Periodos cotizados | Edad de jubilación |
---|---|---|
2013 | 35 años y 3 meses o más Menos 35 años y 3 meses | 65 años 65 años y 1 mes |
2014 | 35 años y 6 meses o más Menos 35 años y 3 meses | 65 años 65 años y 2 meses |
2015 | 35 años y 9 meses o más Menos 35 años y 3 meses | 65 años 65 años y 3 meses |
2016 | 36 años o más años Menos 36 años | 65 años 65 años y 4 meses |
2017 | 36 años y 3 meses o más Menos 36 años y 3 meses | 65 años 65 años y 5 meses |
2018 | 36 años y 6 meses o más Menos 36 años y 6 meses | 65 años 65 años y 6 meses |
2019 | 36 años y 9 meses o más Menos 36 años y 9 meses | 65 años 65 años y 8 meses |
2020 | 37 años o más Menos de 37 años | 65 años 65 años y 10 meses |
2021 | 37 años y 3 meses o más Menos 37 años y 3 meses | 65 años 66 años |
2022 | 37 años y 6 meses o más Menos 37 años y 6 meses | 65 años 66 años y 2 meses |
2023 | 37 años y 9 meses o más Menos 37 años y 9 meses | 65 años 66 años y 4 meses |
2024 | 38 años o más Menos 38 | 65 años 66 años y 6 meses |
2025 | 38 años y 3 meses o más Menos 38 años y 3 meses | 65 años 66 años y 8 meses |
2026 | 38 años y 3 meses o más Menos 38 años y 3 meses | 65 años 66 años y 10 meses |
A partir de 2027 | 38 años y 6 meses o más Menos 38 años y 6 meses | 65 años 67 años |
Fuente: elaboración propia a partir de datos extraídos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Edad de jubilación anticipada
De esta forma, la edad de jubilación ordinaria se atrasa y, con ella, la edad de la jubilación anticipada que en el caso de la voluntaria pasa a los 64 años y 8 meses (dos años antes de la edad legal) y en el de la involuntaria o forzosa, a los 62 años y 8 meses (cuatro años antes).
Jubilación anticipada a los 64 años
Con el cambio en la edad ordinaria, la edad de jubilación anticipada voluntaria se ve trastocada hasta los 64 años y 8 meses. En esta ocasión, para poder acceder a la misma, es necesario contar con un mínimo de 35 años cotizados.
Sin embargo, cabe destacar que la jubilación anticipada voluntaria arrastra consigo el coeficiente reductor de la pensión por jubilación e función de los meses de adelanto. Así, si se han cotizado menos de 38 años y 8 meses, el coeficiente reductor oscila en una horquilla de entre el 21% y el 3,26% en función de si se adelantan 24 meses o hasta un mes.
Jubilación anticipada forzosa a los 62 años
En el caso del retiro laboral por causas ajenas, como es un despido colectivo, la edad de jubilación se adelanta a los 62 años y 8 meses y con un mínimo de años cotizados de 33. Los coeficientes reductores se sitúan entre el 24% y el 30% con el máximo anticipo, de entre el 18% y el 22,5% con tres años de adelanto, de entre el 12% y el 15% con dos años de anticipo y de entre el 4,75% y el 5,5% con un año de adelanto.
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