- En España hay 351.667 empleados del hogar dados de alta en el Sistema Especial de Empleados de Hogar, el 95,57% son mujeres, la mayoría con más de 40 años, y suponen el 1,8% del total de cotizantes.
- La EPA contabiliza unos 580.000 trabajadores domésticos, de los que el 36% al carecer de contrato no tienen derecho a prestación por desempleo o indemnización en caso de despido, protección ante la jubilación, viudedad, orfandad, baja médica o prestaciones familiares, entre otros.
- La Guía de Empleados del Hogar del INSTITUTO SANTALUCÍA analiza la realidad que viven los empleados del hogar, así como los derechos y obligaciones de este colectivo en el ámbito laboral.
El INSTITUTO SANTALUCÍA, plataforma de investigación y debate del GRUPO SANTALUCÍA, lanza su nueva Guía de Empleados del Hogar con motivo de la celebración el 30 de marzo del día dedicado a estos trabajadores, una herramienta completa y detallada donde subraya la importancia de garantizar con contrato laboral los derechos básicos para este colectivo.
El documento, que expone todos los aspectos esenciales del Régimen Especial para Empleados de Hogar en España, aborda cuestiones variadas como las características demográficas de los trabajadores, los derechos que los empleados del hogar tienen asegurados por contrato, así como sus obligaciones, o cómo opera el Sistema de Seguridad Social para este colectivo; las cotizaciones y las particularidades en sus pensiones, entre otros temas.
Según los últimos datos de la última Encuesta de Población Activa (EPA), en nuestro país hay alrededor de 580.000 trabajadores domésticos. No obstante, la Guía del INSTITUTO SANTALUCÍA afirma que solo 351.667 de estas personas -el 64%- están dadas de alta en el Sistema Especial de Empleados de Hogar, y representan el 1,8% del total de cotizantes al Sistema de Seguridad Social en España, un 2,2% del Régimen General. Dicho de otro modo, casi 4 de cada 10 empleados del hogar no tienen contrato laboral en España y, por tanto, no están cotizando en la Seguridad Social.
En su análisis, la Guía del INSTITUTO SANTALUCÍA expone que algunos de los motivos por los que esto puede estar pasando residen en las peculiaridades de la actividad laboral de los empleados del hogar. La persona empleadora no tiene entidad empresarial, la prestación del servicio se produce en el ámbito privado y hay una alta variabilidad en las jornadas laborales que van desde tiempos parciales muy reducidos, a tiempos completos o incluso régimen interno. Además, también, suele darse la circunstancia de que un mismo trabajador del hogar tenga distintos empleadores.
Todos estos factores provocan dificultades para que una persona física redacte un contrato y son variables de gran relevancia a la hora del cobro de pensiones y prestaciones. Por ello, desde el INSTITUTO SANTALUCÍA recalcan la importancia de dar protección social a estos trabajadores e instan a los empleadores a recurrir al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que pone a su disposición modelos de contrato de trabajo y la información necesaria para la contratación.
“Este documento en una herramienta fundamental para comprender y valorar el importante papel que desempeñan los trabajadores del hogar en nuestra sociedad”, comenta José Manuel Jiménez Rodríguez, Director del INSTITUTO SANTALUCÍA. “Con datos precisos y análisis detallados, esta Guía pretende visibilizar y crear conciencia sobre este colectivo, así como aportar conocimiento que garantice su seguridad y bienestar en el ámbito laboral, ya que un trabajador sin contrato es un trabajador desprotegido”, concluye.
Desde 2012, el número de empleados del hogar afiliados ha ido disminuyendo
La información proporcionada por esta Guía es especialmente relevante al conocerse que, desde 2012, el número de empleados del hogar afiliados al Régimen Especial para Empleados del Hogar, y por tanto cotizantes al Sistema de Seguridad Social en España, ha ido disminuyendo progresivamente. Además, el 95,57% de los trabajadores del Sistema Especial para Empleados de Hogar son mujeres, un 80,75% tiene más de 40 años, y uno de cada dos tiene más de 50 años.
La Guía subraya que, desde el 1 de enero de 2023, el empleador debe informar de las altas, bajas y modificaciones a la Seguridad Social, con independencia de las horas de dedicación del empleado. De este modo, los empleados del hogar tendrían derecho a prestación por desempleo e indemnización en caso de despido, además de la entrada de estos trabajadores en el Fondo de Garantía Salarial, y protección ante la jubilación, viudedad, orfandad, baja médica o prestaciones familiares, entre otros beneficios sociales que se detallan en la Guía de Empleados del Hogar del INSTITUTO SANTALUCÍA.