¿Cuántos años de cotización para cobrar el 100%?

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Con la entrada en vigor de la reforma de las pensiones acometida en el año 2013, se incrementan los años cotizados exigidos, lo que significa que aumenta también el porcentaje de pensión a recibir. De esta forma, para poder cobrar el 100% de la pensión, en 2027 se requerirán 38 años y seis meses.

Tal y como ocurre con la edad de jubilación, se establece un periodo transitorio que parte de los 35 años cotizados para cobrar el 100% de la pensión estipulado en la anterior normativa.

¿Qué es la base de cotización mensual?

Se puede definir la base de cotización mensual como el resultado de la suma del salario base y la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

En este sentido, la ley establece de forma anual unos topes máximos y mínimos que considera oportunos para las bases de cotización. Estos topes varían en función de cada categoría profesional y en ellos se establece cuánto se debe aportar al mes en nombre del trabajador a la Seguridad Social.

De este modo, con las cotizaciones que aportamos cada mes a la Seguridad Social, se financian prestaciones como el desempleo, la pensión por jubilación y la baja temporal.

¿Qué ocurre si la base de cotización es baja?

Como cabe esperar, si la base de cotización es baja, también lo serán las prestaciones. Si el trabajador recibe un plus, este deberá estar incluido en la base de cotización para poder hacer el cómputo de las prestaciones de cara al futuro.

Los autónomos no quedan exentos de este problema. Si su base de cotización es baja, también lo será su prestación.

A qué edad se empieza a cotizar

Un trabajador está obligado a empezar a cotizar al inicio de su actividad laboral. Aunque existen algunas excepciones en los supuestos establecidos en las normas reguladoras de cada régimen, como por ejemplo, las bajas por paternidad, los cumplimientos de deberes de carácter público o el desempleo, entre otros, el trabajador mantiene su deber de cotizar durante toda su vida laboral.

Este deber de cotizar se extingue cuando se produce el cese de la actividad laboral y siempre y cuando el trabajador informe de la baja en el plazo establecido para ello. En caso contrario, seguirá cotizando hasta el momento en el que la Tesorería General de la Seguridad Social le reconozca el cese del empleo.

El Gobierno realiza de forma anual un reajuste en los tipos de cotización de las distintas categorías profesionales. De este modo, queda establecido cuánto tiene que aportar la empresa en nombre del trabajador en el caso del Régimen General.

Desde el Instituto Santalucía te recomendamos estar informado de las bases de cotización correspondientes a cada categoría profesional. Puedes solicitar el informe correspondiente a las bases de cotización y tramitarlo a través de la web oficial de la Seguridad Social.

Además, en este vídeo, te contamos cómo calcular tu jubilación en 3 pasos.

ISL News

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