A partir de 2022, se introdujo una nueva modalidad de planes de empleo (planes de pensiones promovidos por empresas públicas y privadas para sus trabajadores) para potenciar este producto para los autónomos: los Planes de Pensiones de Empleo Simplificados (PPES).
¿Qué son los planes simplificados?
Los planes simplificados o planes de empleo simplificados son un tipo específico de plan de pensiones para facilitar el ahorro a largo plazo para la jubilación de los trabajadores autónomos.
Estos planes se crearon en el marco de la Ley 12/2022, de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo entre pymes y grandes empresas.
¿Quién promueve los planes simplificados?
Están promovidos por administraciones públicas, entidades financieras, asociaciones o gremios de forma colectiva. Es decir, en lugar de que cada empresa o autónomo tenga que crear un plan de pensiones específico (plan de empleo o plan de pensiones individual), pueden unirse a planes comunes administrados por terceros y operados por entidades gestoras.
Fiscalidad de los planes de pensiones simplificados.
Al igual que cualquier modalidad de planes de pensiones, los planes simplificados tributan como rendimientos del trabajo en el impuesto del IRPF.
Tiene una ventaja fiscal mientras se realizan las aportaciones, pues desgrava en la declaración de la renta. Así, el importe destinado al plan puede ser reducido de la base imponible a declarar. El máximo anual es de 4.250 euros, cantidad compatible con el plan de pensiones individual, cuyo límite de desgravación está en 1.500 euros. Es decir, un autónomo puede desgravarse un total de 5.750 anuales.
Es en el momento del rescate, es decir, el reembolso del plan de pensiones, cuando hay que declarar el ahorro por lo que se llama los derechos consolidados (capital invertido y plusvalías generadas). En función del importe y la suma de ingresos en la base imponible se declarará según los siguientes tramos.
Tramos estatales del IRPF
Base imponible | Tipo a aplicar |
Hasta 12.450 euros | 19% |
De 12.450 euros a 20.200 euros | 24% |
De 20.200 euros a 35.200 euros | 30% |
De 35.200 euros a 60.000 euros | 37% |
De 60.000 euros a 300.000 euros | 45% |
A partir de 300.000 euros | 47% |
Modalidades de rescate
El rescate tiene 3 modalidades: pago único (todo de golpe), periódico (renta mensual, trimestral, semestral, anual, vitalicia) o mixto (combinado).
Es importante tener cuidado porque si se rescata todo a la vez, los ingresos a declarar pueden ser elevados. Recordemos que tributa como si fuera una renta del trabajo, por lo que hay que asesorarse para hacer un rescate que tenga el menor impacto fiscal.
Para rescatar el plan, debe darse alguna de las contingencias legalmente establecidas: jubilación, invalidez, fallecimiento (en cuyo caso el dinero lo recibirían los beneficiarios), paro de larga duración, enfermedad grave o a partir de los 10 años de antigüedad de las aportaciones (válido a partir de 2025).
Si dejo de ser autónomo, ¿qué pasa con mi plan de empleo simplificado?
Si tienes un plan de empleo simplificado y dejas de ser autónomo, el ahorro acumulado es tuyo, no pierdes el dinero. Los planes de pensiones son productos de ahorro para la jubilación de carácter individual, por lo que el titular siempre conserva sus derechos sobre el dinero aportado.
Tienes dos opciones: mantenerlo o traspasarlo a un plan de pensiones individual o a otro plan de empleo. Ahora bien, si optas por lo primero, no podrás hacer aportaciones al plan simplificado. Es decir, no podrás rescatar el dinero del plan por el mero hecho de dejar de ser autónomo.
Lo importante es que tu ahorro para el largo plazo siga invertido y, así, puedas seguir rentabilizándolo.
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