Cuánto hay que pagar por el Impuesto de Sucesiones

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¿Sabes cuánto hay que pagar por el Impuesto de Sucesiones? En este post, te despejamos todas tus dudas y te aclaramos cuándo y dónde hay que pagarlo.

Son muchas las personas que se preguntan cuánto hay que pagar por el Impuesto de Sucesiones cuando uno recibe una herencia o donación. Sin embargo, no siempre tienen claro qué grava este tributo y, con frecuencia, lo confunden con el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, más conocido como plusvalía municipal, dado que este suele contemplarse por herencia o donación.

¿Qué es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones?

Es un tributo que debes pagar si recibes bienes que incrementan tu patrimonio a través de una herencia o una donación. No son iguales estas dos figuras. La sucesión grava aumentos patrimoniales a título lucrativo ‘mortis causa’ cuando hay una herencia, mientras que la donación grava un crecimiento patrimonial lucrativo ‘inter vivos’.

Viene regulado en la Ley 29/1987 de 18 de diciembre y su gestión se cede a las comunidades autónomas. Esta última circunstancia hace que existan diferentes bonificaciones, deducciones y mínimos exentos entre ellas y que debas pagar más o menos según en la región que vivas.

¿En qué casos se abona?

Son tres las causas posibles:

  • Has recibido una herencia o donación por fallecimiento.
  • Eres el beneficiario de un seguro de vida.
  • Alguien te ha donado bienes en vida.

¿Cuándo debes presentar el impuesto de sucesiones?

Debes presentarlo en los seis meses posteriores al día siguiente del fallecimiento del causante, aunque no te salga a pagar la cuantía por estar dentro del mínimo exento.

Puedes solicitar una prórroga de otros seis, pero, en este caso, según la comunidad, se cargarán intereses si te sale a abonar.

¿Cuánto hay que pagar por el Impuesto de Sucesiones?

Teniendo en cuenta la normativa estatal, para saber cuánto hay que pagar por el Impuesto de Sucesiones debes tener presente los siguientes elementos:

1. Calcular la base imponible del impuesto. Es la masa hereditaria. Para ello, se suma el valor real de los bienes y, al resultado, se le restan las deudas y las deducciones.

  1. Calcular la base liquidable del impuesto. Para hacerlo, debes aplicar las reducciones que las leyes establecen según el grado de parentesco, el tipo de bien heredado o si tienes alguna minusvalía. En cuanto al grado de parentesco, la ley establece cuatro grupos:
    • Grupo I. Descendientes menores de 21 años. La reducción es de 15.956,87 euros, más 3.990,72 euros por cada año hasta los 21 años.
    • Grupo II. Descendientes mayores de 21 años, el cónyuge o ascendientes. Se aplica la misma reducción.
    • Grupo III. Hermanos, tíos, sobrinos, etc. En este caso, se produce una reducción de 7.993,46 euros.
    • Grupo IV. Primos, parientes lejanos o extraños. A este grupo, no le corresponde ninguna reducción.
  1. Calcular la cuota tributaria. Hay que aplicar lo siguiente:
    • Tipo aplicable según la cantidad heredada, se aplica desde un mínimo del 7,65% a un máximo del 34%.
    • Coeficiente. Aquí es donde se manifiesta el carácter subjetivo del impuesto, ya que se determina en función del patrimonio preexistente que tengas. Va del 1 al 2,4%.
  1. Determinar el importe a pagar. Se calcula restando las bonificaciones y reducciones a la cuota tributaria.

Respecto a la normativa autonómica, las reducciones y bonificaciones varían mucho de unas a otras y te conviene consultarlas según dónde tengas que presentar el impuesto:

Andalucía.

Aragón.

Asturias.

Baleares.

Canarias.

Cantabria.

Castilla-La Mancha.

Castilla y León.

Cataluña.

Comunidad Valenciana.

Extremadura.

Galicia.

La Rioja.

Madrid.

Navarra.

– País Vasco depende de las diputaciones forales:

– Álava.

– Guipúzcoa.

– Vizcaya.

Murcia.

¿Cómo calcular el Impuesto de Sucesiones?

Entendiendo lo anterior, debes seguir los siguientes pasos para saber cuánto hay que pagar por el Impuesto de Sucesiones si recibes una herencia, donación o te beneficias de un seguro de vida:

  • Calcular la masa hereditaria. Debes sumar el valor real de todos los bienes y derechos, sin olvidar el ajuar doméstico.
  • Posteriormente, le restas las cargas, deudos y gastos deducibles para obtener la masa hereditaria neta.
  • A continuación, tienes que atribuir a cada heredero su porción hereditaria individual según lo indicado en el testamento o las leyes.
  • El siguiente paso es sumar los seguros de vida, en el caso de que los hubiera, para tener la base imponible.
  • A esta, se le restan las reducciones y se obtiene la base liquidable.
  • Según la cantidad y el grupo al que pertenezcas, consigues la cuota íntegra al aplicar el porcentaje que te corresponde.
  • Luego, debes obtener la cuota tributaria al integrar el coeficiente multiplicador.
  • Por último, tienes que restar las deducciones y bonificaciones para saber el total que debes ingresar. En este último paso, primero debes aplicar las estatales y después, las autonómicas. La cantidad que sale es cuánto hay que pagar por el impuesto de sucesiones.

¿Dónde tienes que presentar el impuesto?

Una vez que sabes cuánto hay que pagar por el Impuesto de Sucesiones por la herencia, donación y seguro de vida, es el momento de determinar dónde lo debes presentar. La regla general es que lo tramites en la comunidad autónoma donde el fallecido tuviera su residencia. Si la tenía fuera de España, debes presentarlo en la delegación de Hacienda en Madrid o en la comunidad autónoma donde los herederos o alguno de ellos tengan su residencia habitual.

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