Trabajadores Autónomos: Cambiar Base de Cotización para la Jubilación

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La base de cotización de los trabajadores autónomos son los pagos que realizan cada mes a la Seguridad Social. Los trabajadores autónomos pueden elegir qué cuota pagar. Es importante saber que se trata de una inversión a futuro, ya que cuanto más aporten en su base de cotización, más prestaciones sociales tendrán a nivel de paro, jubilación, incapacidad temporal, baja por maternidad/paternidad, etc. La base mínima de cotización es de 932,7 euros al mes, mientras que la base máxima es de 3.803,7 euros.

Los trabajadores autónomos pueden cambiar su base de cotización cuatro veces al año: del 1 de enero al 31 de marzo, del 1 de abril al 30 de junio, del 1 de julio al 30 de septiembre y del 1 de octubre al 31 de diciembre. La nueva base entrará en vigor en el trimestre siguiente al del periodo realizado, es decir, que si cambiamos la cuota un 2 de febrero, entrará en vigor el 1 de abril.

La solicitud del cambio de las bases de cotización se puede realizar a través la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Una vez ahí, selecciona “Empresas”, después “Afiliación e inscripción” y “Cambio de base de cotización-autónomo”.

Guía para la planificación financiera de la jubilación del trabajador autónomo

Además, en tu actividad habitual como autónomo, deberás ser consciente de las características específicas y complejas de la carrera laboral y de cotizaciones. Para ayudarte en esta labor, desde el Instituto santalucía hemos publicado una guía dando respuesta a todas las dudas susceptibles de surgir con respecto a la planificación financiera para la jubilación del colectivo. Puedes acceder a ella pulsando aquí.

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