Prestación extraordinaria para autónomos por cese de actividad: datos actualizados

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La medida implica también la exoneración a los autónomos de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal. Los beneficiarios percibirán esta ayuda hasta el último del día del mes que finalice el estado de alarma.

Desde el día 30 de abril, 1.154.195 autónomos perciben la prestación extraordinaria por cese de actividad, lo que supone otra inyección de 641,2 millones de euros. Esta prestación, que conlleva la exoneración de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal, fue aprobada en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, tras la declaración del estado de alarma.

El pasado 17 de abril, ya se realizó el ingreso de la primera mensualidad a 919.173 autónomos, lo que supuso una inyección de 670,9 millones de euros, correspondiente al periodo entre el 14 de marzo y esa fecha. Ahora, esos autónomos han percibido media mensualidad. Además, se han incorporado 235.574 nuevas prestaciones.

¿Quiénes tienen acceso a la prestación extraordinaria por cese de actividad?

Tiene acceso a esta prestación cualquier trabajador por cuenta propia inscrito en el régimen correspondiente que se vea afectado por el cierre de negocios debido a la declaración del estado de alarma o cuya facturación caiga en el mes un 75% respecto a la media mensual del semestre anterior. En el caso de algunos colectivos como el régimen agrario, del mar –con unas actividades muy estacionales- o de la cultura y el espectáculo, el periodo de cálculo se adapta a las peculiaridades de esos sectores.

Los autónomos beneficiarios de la prestación que puedan abrir su negocio al inicio de la desescalada seguirán percibiéndola hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma. La ayuda busca proteger la falta de ingresos de los autónomos en esta situación excepcional y contribuir a la supervivencia de su negocio.

¿Cuántos autónomos han solicitado la prestación extraordinaria por cese de actividad?

A fecha 28 de abril, 1.233.744 trabajadores por cuenta propia han solicitado esta prestación extraordinaria a las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social. Se han aprobado el 93% de las solicitudes tramitadas y hay un 4% pendiente de evaluar. La prestación tiene una cuantía del 70% de la base reguladora, es decir, un mínimo de 661 euros en el caso de los que cotizan por la base mínima.

Para solicitarla no se exige periodo mínimo de cotización exigido para otras prestaciones, sólo es necesario estar en alta como autónomo en el régimen correspondiente y hallarse al corriente de pago de las cotizaciones sociales. Además, es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo, como por ejemplo, orfandad o viudedad, y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.

Las comunidades autónomas donde se han registrado más solicitudes son Andalucía, con 18,66% del total, Cataluña (16,10%), Madrid (12,68%) y la Comunidad Valenciana (11,83%). En términos absolutos, en Andalucía se han tramitado 216.934 solicitudes; en Cataluña, 179.224; y en la Comunidad de Madrid, 146.197. En los datos desagregados por CCAA y por sectores hay un desajuste temporal respecto a las cifras totales, por el eso la suma total es más baja.

Por sectores, el mayor número de peticiones se ha concentrado en el sector comercio, con 286.822 peticiones, mientras que le siguen  hostelería (234.469) y construcción (108.420).

Con el objetivo de facilitar la tramitación de esta prestación a los autónomos que aún no estuvieran adscritos a ninguna mutua, la semana pasada el Consejo de Ministros aprobó un Real decreto-ley por el que se permite que lo puedan hacer para solicitarla.

Otras ayudas a autónomos por el estado de alarma

Los autónomos también pueden beneficiarse de la moratoria en el pago de la hipoteca de oficinas y locales comerciales para llevar a cabo su actividad. La moratoria tiene un plazo de tres meses.

Si el autónomo tiene que causar baja médica por contagio del coronavirus, esta baja se asimilará a la de accidente laboral y la prestación será de un mínimo de 23,61 euros por día de baja en caso de coticen por la base mínima.

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