Cada año, la ley establece unos topes máximos y mínimos que considera oportunos para las bases de cotización. Estos se ordenan en función de las categorías profesionales y se establece cuánto se debe aportar mensualmente, en nombre del trabajador, a la Seguridad Social, bien sea aportado por parte de la empresa o del propio trabajador.
Gracias a las aportaciones mensuales que se realizan a la Seguridad Social, lo que llamamos cotizaciones, se financian prestaciones como el desempleo, la jubilación y la baja temporal.
¿Qué ocurre si la base de cotización es baja?
Si la base de cotización es baja, en consecuencia, también lo será la prestación por desempleo, la baja o la jubilación. En el caso de que el trabajador reciba algún plus deberá estar incluido en la base de cotización para que le pueda computar en las prestaciones de cara al futuro.
Este problema también le ocurre a aquellos autónomos que hayan escogido la base de cotización más baja de su categoría.
¿Cómo cambiar la base de cotización si eres autónomo?
Un trabajador autónomo tiene la posibilidad de cambiar su base de cotización cuatro veces al año en los periodos comprendidos entre el 1 de enero y el 31 de marzo, el 1 de abril y el 30 de junio, el 1 de julio y el 30 de septiembre, el 1 de octubre y el 31 de diciembre. En este sentido es importante tener en cuenta que este cambio no se hará efectivo hasta el trimestre siguiente en el que haya sido solicitado.
Si quieres obtener más información, desde el Instituto santalucía te recomendamos ver este vídeo donde conocerás en 1 minuto las bases de cotización.
¿Cuándo se empieza a cotizar?
Todo trabajador está obligado a empezar a cotizar con el inicio de su actividad laboral. Exceptuando situaciones como las bajas por maternidad, los cumplimientos de deberes de carácter público o el desempleo, el trabajador está obligado a cotizar durante todo el periodo de su vida laboral.
Este deber no se extingue hasta el cese de la actividad laboral y, para ello, el trabajador debe informar de la baja en el plazo legal establecido para ello. En caso contrario, este seguirá cotizando hasta el momento en el que la Tesorería General de la Seguridad Social le reconozca el cese del empleo.
Como mencionamos anteriormente, el Gobierno realiza de forma anual un reajuste en los tipos de cotización de las distintas categorías profesionales. Es recomendable estar informado de las bases de cotización correspondientes a cada categoría profesional. En este sentido, se puede solicitar el informe correspondiente a las bases de cotización y tramitarlo a través de la web oficial de la Seguridad Social.