Guía para solicitar el Ingreso Mínimo Vital

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Ingreso Mínimo Vital: Requisitos

Tras el impacto de la pandemia, el Consejo de Ministros dio luz verde al Real Decreto-Ley por el que se puso en marcha un Ingreso Mínimo Vital, una nueva prestación de la Seguridad Social que va acompañada de estrategias de inclusión focalizadas. El Ingreso Mínimo Vital, de carácter permanente, tiene como principales objetivos la redistribución de la renta, con la intención de erradicar la pobreza extrema y la inclusión social y participación en el mercado laboral de las personas en situación de vulnerabilidad.

El Ingreso Mínimo Vital es la respuesta del Gobierno al problema estructural de pobreza que existe en España y que hasta ahora no ha sido suficientemente atajado por las políticas existentes, como han puesto de manifiesto en numerosas ocasiones las recomendaciones remitidas a España desde diferentes organismos internacionales. Su puesta en marcha se aceleró para ayudar a cubrir las situaciones de vulnerabilidad causadas por la COVID-19, que se suman a las de las familias que ya se encontraban en dificultades previamente.

¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?

Es un ingreso mínimo destinado hogares formados por familias sin recursos económicos o insuficientes, en situación de pobreza extrema.

Ingreso Mínimo Vital: tipologías de hogares

El Ingreso Mínimo Vital parte de un abanico de tipologías de hogares (en función del número de miembros y de si son monoparentales) y establece un nivel de renta garantizable diferente para cada tipo de hogar. El nivel mínimo corresponde a los hogares no monoparentales es de 6.784,44 euros al año. A partir de esta cuantía se establece un coeficiente adicional por cada miembro del hogar.

Cuantías de la renta garantizada en 2023. Unidad no monoparental
Unidad de convivencia Euros / año Euros / mes
Un adulto 6.784,44 565,37
Un adulto y un menor 8.819,88 734,99
Un adulto y dos menores 10.855,20 904,60
Un adulto y tres menores 12.890,52 1.074,21
Un adulto y más de tres menores 14.925,96 1.243,83
Dos adultos 8.819,88 734,99
Dos adultos y un menor 10.855,20 904,60
Dos adultos y dos menores 12.890,52 1.074,21
Dos adultos y más de dos  menores 14.925,96 1.243,83
Tres adultos 10.855,20 904,60
Tres adultos y un menor 12.890,52 1.074,21
Tres adultos y más de dos menores 14.925,96 1.243,83
Cuatro adultos 12.890,52 1.074,21
Cuatro adultos y un menor 14.925,96 1.243,83
Otros 14.925,96 1.243,83
Cuantías de la renta garantizada en 2023. Unidad monoparental
Unidad de convivencia Euros / año Euros / mes
Un adulto y un menor 10.312,44 859,37
Un adulto y dos menores 12.347,76 1.028,90
Un adulto y tres menores 14.383,20 1.198,60
Un adulto y cuatro o más menores 16.418,52 1.368,21
Cuantías de la renta garantizada en 2023. Unidad monoparental. Progenitores/ abuelos/ guardadores o acogedores, uno de ellos tenga reconocido un grado 3 de dependencia, la incapacidad permanente absoluta o la gran invalidez.
Unidad de convivencia Euros / año Euros / mes
Dos adultos y un menor 12.347,76 1.028,98
Dos adultos y dos menores 14.383,20 1.198,60
Dos adultos y tres o más menores 16.418,52 1.368,21

El Ingreso Mínimo Vital está diseñado de forma que completa las rentas preexistentes (entre otras, las salariales), hasta el umbral garantizado para cada tipo de hogar. Si no se cuenta con rentas, se aseguraría la totalidad del umbral garantizado; pero si se dispone de ellas, se cubriría la diferencia entre el umbral garantizado y la renta ya existente.

Ingreso Mínimo Vital: requisitos

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación para hogares de cualquier tamaño, también los unipersonales. En cada hogar habrá un titular que solicitará la prestación. Si el hogar está formado por una sola persona el titular tendrá entre 23 y 65 años y llevar al menos tres años constituido como hogar. Si el hogar tiene dos o más miembros, de manera general la edad del titular estará entre 23 y 65 años salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo. Estos hogares deberán llevar constituidos al menos un año.

Para todos los tipos de hogar se requerirá al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.

Para que le sea reconocida la prestación, el hogar debe tener unos ingresos totales inferiores a la renta garantizada para su tipo de unidad de convivencia. Además, para certificar que el Ingreso Mínimo Vital llegue a los hogares más vulnerables, se exigirá un patrimonio (descontando la vivienda habitual) inferior a 3 veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal, con una escala de incrementos por número de miembros en el hogar.

Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital

La solicitud será multicanal. Se podrá presentar a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o enviando la documentación por correo ordinario. Además, se permitirá el acceso a través de los ayuntamientos una vez se firmen los convenios previstos y en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social cuando retomen la atención al público. Para facilitar información a los posibles beneficiarios, se pondrá en marcha un teléfono 900 y un simulador en la página web de la Seguridad Social, donde también se podrán consultar dudas a través del asistente virtual.

Incentivo al empleo

Más allá de la ayuda monetaria, esta prestación incluye estrategias de inclusión, en coordinación con las comunidades autónomas y los ayuntamientos, que permitan a las personas en vulnerabilidad transitar a una situación mejor. Los beneficiarios contarán con incentivos a la contratación y también se creará un “Sello Social” para las empresas que les ofrezcan formación y empleo.

Además, se fomentará la participación en el mercado laboral con incentivos. Cuando el titular de la prestación no tenga empleo y lo encuentre, parte de su salario estará exento transitoriamente en el cálculo de la prestación. En el caso de que esté ocupado, cuando su salario se incremente, la cuantía de la prestación se reducirá en una cantidad inferior. En el caso de que el titular no esté ocupado, se exigirá la inscripción como demandante de empleo para el acceso a la prestación.

Puedes conocer también la opinión de nuestro Foro de Expertos sobre cómo debería plantearse esta prestación, de la mano de José Ignacio Conde Ruiz.

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