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Ayuda madre trabajadora: requisitos, importe y cómo solicitarla (2026)

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AYUDA MADRE TRABAJADORA

La ayuda a madre trabajadora es una deducción de 100 € al mes (1.200 € al año) por cada hijo menor de 3 años. Pueden pedirla quienes trabajen y coticen (cuenta ajena o propia) y también en adopción o acogimiento desde la inscripción. Se puede cobrar mes a mes con el Modelo 140 o aplicarla en la Renta de golpe.

Ayuda por maternidad ¿qué es?

La solicitud de ayuda a madres trabajadoras de la Agencia Tributaria es una deducción a la hora de realizar el ejercicio de la declaración de la renta. Consiste en que aquellas mujeres que lo soliciten y cumplan los requisitos, por cada hijo menor de tres años le corresponden hasta 1.200 euros anuales. En el caso de las adopciones o acogidas, la deducción también se puede aplicar durante los tres años siguientes de la inscripción en el Registro Civil del menor sin tener en cuenta su edad.

Esta ayuda para madres trabajadoras también la pueden solicitar aquellos padres o tutores legales que tengan de forma exclusiva la guarda y custodia del menor. En caso de fallecimiento de la madre del menor también se podrá acceder a esta ayuda. Todo esto será posible siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos que veremos a continuación.

¿Cuánto se cobra y hasta cuándo?

La deducción por maternidad es de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años, lo que equivale a 100 euros al mes, y puede cobrarse tanto a través de abono anticipado como se aplica en la declaración de la renta. La deducción comienza en el mes de nacimiento del hijo y se extiende hasta el mes anterior en el que cumple tres años. En casos de adopción o acogimiento, la ayuda se extiende durante tres años desde la inscripción en el Registro Civil.

Además, si se pagan gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados, la deducción puede incrementarse hasta en 1.000 euros adicionales por hijo y año, alcanzando así un máximo de 2.200 euros anuales si se cumplen esos requisitos.

Requisitos específicos y casos frecuentes

Como en todas las prestaciones, es necesario cumplir con unas condiciones. En este caso, para poder solicitar la ayuda a madres trabajadoras de la Agencia Tributaria debes cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener un hijo menor de tres años.
  • En caso de adopción, tres años desde la inscripción.
  • Estar trabajando por cuenta propia o ajena y cotizar en la Seguridad Social o en una Mutualidad.
  • En caso de ser autónoma, tienes que cotizar un mínimo de 100 euros mensuales.
  • En el momento del nacimiento del hijo:
    • Estar dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad.
    • O percibir una prestación contributiva o asistencial del sistema de protección por desempleo. Desde 2023, también pueden acceder madres en situación de desempleo siempre que estén recibiendo la prestación.

Además de los requisitos generales mencionados, los casos frecuentes para acceder a la deducción por maternidad en España incluyen:

  • Mujeres trabajadoras por cuenta ajena o autónomas que sean dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad, y tengan hijos menores de tres años (también aplica en adopción, acogimiento o tutela).
  • Madres que están recibiendo prestación contributiva o asistencial por desempleo en el momento del nacimiento.
  • Mujeres en situación de ERTE, incapacidad temporal o trabajos a tiempo parcial que cumplan los mínimos de cotización.
  • Casos en que ambos progenitores sean del mismo sexo y compartan la custodia del menor: la deducción se puede repartir entre ellos.
  • Cuando la madre fallece, el padre o tutor legal exclusivo puede aplicar la deducción durante el tiempo que descansa hasta que el menor cumpla tres años.
  • También pueden beneficiarse en casos de guarda y custodia exclusiva del padre o tutor.

Cómo solicitarla: paso a paso

infografia mujeres trabajadoras SL 1 1 1 | Instituto Santalucía

Para llevar a cabo la solicitud de esta ayuda a madres trabajadoras tienes dos opciones que te contamos a continuación:

Opción A – Abono anticipado: Modelo 140 de la AEAT

El modelo 140 de la Agencia Tributaria es un formulario por que se solicita la deducción por maternidad de forma anticipada y prorrateada, que consiste en recibir una mensualidad durante los 12 meses del año de 100 euros. El formulario se puede presentar de forma online o presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. Ambos modelos se pueden encontrar en la web de la Agencia Tributaria.

Opción B – En la Renta: casillas 611-612-613.

En cambio, si quieres cobrar la deducción de forma anual solo tienes que cumplimentar las casillas 611, 612 y 613 en el ejercicio de la declaración de la renta. De esta manera, obtendrás la ayuda con una única cuota de forma anual, y recuerda que es de hasta un máximo de 1.200 euros por cada hijo.

Comunicación de variaciones en 15 días.

Una vez reconocida la deducción (ya sea mediante abono anticipado mensual o en la declaración de la renta), la beneficiaria está obligada a notificar a la Agencia Tributaria cualquier cambio que afecte al cumplimiento de los requisitos en un plazo máximo de 15 días.

Esto incluye, por ejemplo:

  • Cambios en la situación laboral (dejar de trabajar, pasar a situación de desempleo sin prestación contributiva, etc.).
  • Cambios en la custodia, fallecimiento del beneficiario, o cualquier circunstancia que suponga la pérdida del derecho a la deducción.
  • Situaciones en las que el hijo deja de cumplir los requisitos exigidos (edad, residencia, etc.).

Si no se produce dicha comunicación en el plazo, se puede exigir la devolución de las ayudas indebidamente percibidas y aplicar sanciones.

Por tanto, solicitar la ayuda implica comprometerse a informar a través de un nuevo modelo 140 de cualquier variación relevante en un plazo de 15 días, para cumplir con la legalidad y evitar problemas futuros con Hacienda.

¿Cuándo se deja de cobrar?

La deducción termina:

  • Cuando el menor cumple tres años (o tres años desde inscripción en adopción/acogimiento).
  • Si se dejan de cumplir los requisitos (por ejemplo, si la madre deja de trabajar o percibir prestación contributiva de desempleo).

Si se vuelven a reunir los requisitos necesarios para el beneficio de la prestación, se puede volver solicitar la ayuda presentando de nuevo el formulario del modelo 140.

Otras ayudas relacionadas

Deducción para familias numerosas

Qué es y quién puede acceder

Se considera familia numerosa aquella que tiene tres o más hijos o dos hijos si alguno de ellos tiene una discapacidad igual o superior al 33%. También incluye familias monoparentales con dos hijos, y situaciones especiales como viudedad o víctimas de violencia de género con custodia de hijos.

La deducción por familia numerosa se puede aplicar en la declaración del IRPF o solicitar en forma de abono anticipado mensual.

Cuantía de la deducción:

  • Para familias numerosas de categoría general, la importación máxima es de 1.200 euros anuales (equivalente a 100 euros al mes).
  • Para familias numerosas de categoría especial, la importación se duplica, pudiendo alcanzar hasta 2.400 euros anuales (200 euros al mes).
  • Además, por cada hijo que supere el número mínimo exigido para la categoría (por ejemplo, a partir del cuarto en categoría general o más allá del quinto en especial), se pueden añadir hasta 600 euros anuales adicionales.

Requisitos

  • Para acceder es necesario contar con el título oficial de familia numerosa expedido por la comunidad autónoma correspondiente.
  • Los miembros deben estar empadronados y residir legalmente en España.
  • Además, deben cumplirse ciertos límites de ingresos familiares. Por ejemplo, para numerosas familias especiales (5 o más hijos), los ingresos por persona no pueden superar el 75% del IPREM anual.

Deducción por gastos de guardería

Qué es

Esta deducción adicional a la deducción por maternidad es una ayuda para afrontar gastos en guardería o centros de educación infantil autorizados para menores de tres años.

Requisitos

  • Que el menor tenga edad inferior a 3 años en el periodo impositivo.
  • Que los gastos sean efectivamente soportados por la madre o el progenitor que se deduce la maternidad (o guardería).
  • Que la guardería o centro esté autorizado por la administración competente.
  • Que dichos gastos estén debidamente justificados y documentados.

Beneficios

  • Hasta 1.000 euros adicionales sobre los 1.200 euros anuales máximos normativos por la deducción por maternidad.
  • Compatible con otras ayudas de maternidad y familiares.

Preguntas Frecuentes

¿Quién tiene derecho a la ayuda de la madre trabajadora?

La tienen mujeres con hijos menores de tres años que trabajan por cuenta propia o ajena y coticen en la Seguridad Social o mutualidad. También padres o tutores con guarda y custodia exclusiva, o en caso de fallecimiento de la madre, si cumplen requisitos de cotización o prestación.

¿Cómo solicitar la ayuda de 1.200 € como madre trabajadora?

Se puede solicitar en la declaración de la renta marcando las casillas correspondientes, o cobrarse de forma anticipada mes a mes presentando el modelo 140 ante la Agencia Tributaria, presencialmente o vía electrónica.

¿Cuándo se deja de cobrar la ayuda de madre trabajadora?

Se deja de cobrar cuando el hijo cumpla tres años, cuando se pierda la condición de trabajador activa o de cotización mínima, o si se incumple algún requisito. Es obligatorio comunicar variaciones en 15 días para evitar sanciones o devoluciones.

¿Qué ayuda puede pedir una madre?

Deducción por maternidad (hasta 1.200 €/año), deducción por familia numerosa si corresponde, prestación por maternidad durante el permiso de 16 semanas, y deducción por gastos de guardería autorizada (hasta 1.000 € adicionales).

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