Claves para calcular tu prestación de jubilación


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La revista del Ministerio “Seguridad Social Activa” ha analizado en qué punto estamos y cuáles son los requisitos generales que se exigen a un trabajador del régimen general para acceder a la pensión de jubilación. Desde el Instituto Santalucía, nos hacemos eco de esta publicación que supone un repaso por la prestación, sus características y condiciones especiales.

Índice

¿Cuándo puedo jubilarme?

En general, la edad para poder acceder a la pensión de jubilación depende del propio interesado y de las cotizaciones que haya acumulado a lo largo de su vida laboral. En todo caso, cuando se termine de implementar la reforma, tendrá que haber cumplido los 67 años, en general, o bien tener los 65 y acreditar 38 años y medio cotizados.

En concreto, en 2017 la edad de jubilación exigida es 65 años si se han cotizado 36 años y tres meses o más, y 65 años y 5 meses si la cotización ha sido de menos de 36 años y tres meses.

¿Hay alguna opción para jubilarme antes?

En general, hay que jubilarse a la edad que corresponde, aunque la edad mínima puede rebajarse en supuestos especiales. Eso sí, nunca podrá ser antes de los 52 años.

  • Jubilación anticipada a partir de los 60 por ser mutualista.
  • Jubilación anticipada a partir de los 61 si no eres mutualista.
  • Jubilación parcial.
  • Jubilación del personal del Estatuto Minero, personal de vuelo, ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos y Ertzaintza.
  • Jubilación flexible.
  • Jubilación de trabajadores afectados por una discapacidad igual o superior al 45% o al 65%.

¿Y si he cotizado más de 40 años?

Para jubilarse, hay que llegar a la edad legal de jubilación. Si nos jubilamos antes, la prestación se verá mermada hasta en un 7,5% por cada año que se adelante la salida del mercado laboral. En todo caso, estos coeficientes reductores no son lineales. Las personas que han cotizado más de 40 años la verán rebajada en un 6% por año.

¿Cuántos años tengo que haber cotizado para cobrar la pensión?

Como mínimo, 15 años a los largo de tu vida, de los cuáles, dos tienen que haber sido en los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación.

Para hacer el cálculo, sólo se tienen en cuenta las cotizaciones efectivamente realizadas y no se tiene en cuenta la parte proporcional de las pagas extra.

¿Cuánto voy a cobrar?

Para saber cuánto voy a cobrar, lo primero es establecer mi base reguladora.

La base reguladora será, en 2017, el resultado de dividir por 280 las bases de cotización del interesado durante los 240 meses inmediatamente anteriores al del mes previo al del hecho causante. Estos factores se irán incrementando hasta el año 2022, en el que la base reguladora será el resultado de dividir las bases de cotización del interesado en los últimos 300 meses entre 350.

En 2017, ya se tienen en cuenta los últimos 20 años que se haya cotizado. Esta cantidad se irá incrementando a razón de 12 meses al año, hasta 2022 (cuando se computarán 25 años).

Se cobra el 50% de la pensión por los primeros 15 años cotizados. Cada mes adicional, supone un porcentaje de incremento hasta completar el 100% una vez que se completen los 35,5 años cotizados. Eso, en 2017. Los años necesarios para acceder al 100% de la jubilación en 2027 serán 37.

A las mujeres que hayan tenido 2 o más hijos, se les aplicará un complemento por maternidad: el 5% si son 2 hijos, el 10% si son 3, y el 15% si son más.

¿Y si trabajo después de los 65?

Cuando se accede a la prestación a una edad superior a la ordinaria vigente en cada momento y se ha reunido el periodo mínimo de cotización, el interesado disfruta de un porcentaje adicional por cada año completo cotizado. Si se han cotizado hasta 25 años, se suma un 2%; si se han cotizado entre 25 y 37 años, se suma un 2,75%, y si se ha cotizado más de 37 años, el suplemento es del 4%.

34 comentarios en «Claves para calcular tu prestación de jubilación»

  1. Me gustaría que me aclarasen porque creo que no es cierto que con más de 40 años de vida laboral descuenten solo el 6%, quisiera saber hasta qué punto es cierta esta información?

    • Estimada Marián,
      Muchas gracias por su comentario.

      En caso de referirse a una jubilación anticipada, con más de 38 años y 6 meses y menos de 41 años y 6 meses (cese involuntario) es el 7%, y 7,5% si el cese fuera voluntario.

      Un abrazo,

  2. Buenos días estoy interesada en saber si con 25 años de cotización y con 63 años me puedo jubilar y que pensión me quedaría? ya que base de cotización es de 1.680 €
    Y si fuese por incapacidad laboral?

    • Estimada Carmen,
      Muchas gracias por su comentario.

      No, para acceder a jubilación anticipada voluntaria se han de tener al menos 35 años cotizados.

      Un abrazo,

  3. Desearía saber si el porcentaje reductor de la jubilación anticipada del 1,625% trimestral, se aplica sobre la base reguladora de cotización a S.S., por ejemplo 4.000 euros, o sobre el bruto de la pensión máxima mensual, que actualmente y de forma aproximada suponen unos 2.600 euros por 14 pagas.
    Atentamente,
    A. Jarrín

    • Estimado Antonio,

      Muchas gracias por su comentario.

      El porcentaje reductor de la jubilación anticipada se hace sobre la pensión que le corresponda.

      Un abrazo.

  4. Buenas tardes, cumplo 63 en 3 meses, llevo mas de 42 años cotizados y estoy trabajando, entiendo que me puedo jubilar voluntariamente cuando cumpla 63.
    La pregunta es que requisitos son necesarios?, y si debo de estar de alta en mi trabajo en el momento de solicitar la jubilación en la Seg. Social o antes tengo que causar baja en el mismo.
    Muchas gracias

    • Estimado Alejandro,
      gracias por su comentario.
      Debe solicitar en la Tesorería de la Seguridad Social dicha jubilación anticipada y ellos le indicarán los requisitos necesarios.
      Un abrazo.

  5. Hola. Tengo una antigüedad de 20 años en Rumanía y cumpliré 23 años de antigüedad en España en 2021. Cumpliré 65 años en 2021. Me gustaría saber si los años trabajados en el país de origen (Rumanía) se van a tener en cuenta a la hora del calculo de mi jubilación, y de que manera. En este momento tengo la nacionalidad Española

    • Estimada Dana,
      Muchas gracias por su comentario.
      No tenemos información suficiente sobre el convenio actual con Rumanía, por lo que le recomendamos que acuda a las oficinas de la Seguridad Social para que puedan informarle con detalle.
      Un abrazo.

  6. Buenos días:
    Tengo 63 años y 33 cotizados. Me voy a quedar sin trabajo en unos meses, cuando termine mi beca. Me gustaría saber si podría acogerme a la jubilación anticipada forzosa.
    Muchas gracias

    • Estimada Carmen,
      Muchas gracias por su comentario.
      Para acceder a la jubilación anticipada, 2 años antes de la ordinaria, es indispensable que el despido haya sido por causas objetivas (ERE).
      Un abrazo.

  7. Hola, tengo 62 años, cobrando desempleo hasta 30/11/19 en el régimen general, pero hace tiempo trabaje en la marina por lo que tengo un coeficiente reductor de 2 años. Me quiero jubilar, y quisiera saber si estos 2 años disminuyen la edad de jubilación ordinaria o no. Gracias

    • Estimado Lorenzo,
      Muchas gracias por su comentario.
      La ley dice que el período de tiempo en que se reduce la edad de jubilación se considera como cotizado para determinar el porcentaje que se aplica a su base reguladora. Tanto la reducción de edad como el cómputo de ese período a efectos del porcentaje serán de aplicación aunque la pensión se cause en cualquier otro régimen de la Seguridad Social. Esto tiene una excepción: si acepta la jubilación anticipada por tener la condición de mutualista, sí se aplicarán coeficientes reductores y el porcentaje de su pensión sobre su base de cotización no llegará al cien por cien.
      Un abrazo.

  8. Buenos días, cumplo 63 años en abril y queria jubilarme, tengo 45 años años y tres meses cotizados, tendría derecho a cobrar ese 10% que se indica por los hijos (3)?, o tendría que esperar a tener los 65. Muchisimas gracias

    • Hola Mercedes,

      En respuesta a lo que nos preguntas, decirte, que hay que esperar a la edad ordinaria

      Gracias y cualquier otra consulta que tengas estaremos encantados de poder ayudarte

      Un saludo!

  9. Buenos días. Me gustaría saber a qué edad puedo anticipar mi jubilación. Tengo 58 años, estoy dado de alta en el régimen general y tengo cotizados hasta ahora 33 años y 8 meses. Gracias . Un saludo.

    • Hola Manuel buenas tardes,

      Puedes anticipar tu jubilación a los 63 año si es por causa involuntaria y si tienes al menos 35 años cotizados.

      Esperamos haberte ayudado y no dudes en escribirnos ante cualquier otra consulta

      Gracias!

  10. Pertenezco a la Ertzaintza, salí de la Academia el día 26 de noviembre de 1990, con lo que el 26/11/2025 hago 35 años cotizados en el cuerpo, sin aplicar el 0,20 de coeficiente de reducción, en que fecha podre jubilarme?

Los comentarios están cerrados.

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