Cotizar en dos países, ¿cómo afecta a mi jubilación?


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Una de las consecuencias de la crisis económica que ha padecido España en los últimos siete años es que ha provocado la salida del país de muchos españoles en edad de trabajar en busca de una oportunidad profesional en otros países, tanto del entorno europeo como fuera de este ámbito. Este fenómeno ha puesto sobre el tapete algunas dudas que se plantean a la hora de planificar la jubilación: cómo calcular la jubilación y, específicamente, a la cuantía de la pensión.

Para responder en qué afecta, la respuesta dependerá del país en el que se haya trabajado o se trabaje actualmente y de si tiene convenio de Seguridad Social con España. De ambos factores dependen circunstancias como los requisitos de cotización mínima, qué edad de jubilación se toma de referencia, si suman los años para la jubilación anticipada, etc.

La Seguridad Social tiene suscritos convenios internacionales con múltiples países, aunque podemos establecer dos grandes grupos:

  • Reglamentos Comunitarios. Afecta a los que han cotizado en un país donde se apliquen los Reglamentos Comunitarios, es decir, países pertenecientes a la Unión Europea, Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein) o Suiza.
  • Convenios bilaterales. Afecta a los que han cotizado en un país que mantenga un convenio bilateral con España en materia de Seguridad Social: Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Cabo Verde, Canadá, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Estados Unidos, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Rusia, Túnez, Ucrania, Uruguay y Venezuela.

A la hora de preguntarse cómo calcular la jubilación, hay que tener en cuenta que aunque se haya trabajo en dos países diferentes, solo se cobra una única pensión. Ésta debe solicitarse en el país de residencia en el que sucede el hecho causante –el momento de la jubilación- o en el último país en el que se haya desempeñado una actividad laboral si en ese momento la persona reside en un lugar distinto a los países en los que ha cotizado. Son las administraciones las que se ponen en contacto entre sí para verificar los datos, por lo que la solicitud de pensión, reiteramos, solo se realiza en uno de los países y bajo los supuestos antes citados.

Llegado a este punto, para saber cuál es la cuantía de la pensión, cada país realiza dos cálculos para determinar la más favorable para el trabajador:

1. Solo los años cotizados en ese país.

2. Los años cotizados en ambos países. En este caso, el país tiene en cuenta el periodo cotizado en el otro país, pero abonaría la parte proporcional de la pensión según los años que haya cotizado en dicho país.En preciso señalar que en algunos países con los que España tiene convenio en materia de Seguridad Social, solo se realiza el segundo cálculo cuando no se pueden demostrar los años de cotización suficientes para acceder a la pensión nacional a través del primer cálculo (Estados Unidos, Canadá, Chile, Venezuela, México o Marruecos están afectados por este supuesto).

En el caso de los trabajadores que han cotizado en un país sin convenido con la Seguridad Social española, se estudia el derecho a pensión considerando únicamente los períodos acreditados en España, dejando en manos del trabajador la posible reclamación de los derechos adquiridos ante los organismos competentes de dicho país. Si por el contrario, se diera el supuesto de que un trabajador haya cotizado en España, en un país con Reglamento Comunitario y en un país con convenio bilateral, el supuesto es el mismo que en el caso de dos países, se realizan los cálculos por separado y se determina la opción más beneficiosa para el trabajador.

87 comentarios en «Cotizar en dos países, ¿cómo afecta a mi jubilación?»

  1. Hola, tengo una pregunta en Colombia cotice 9 años y en España llevo 13 años cotizados, tengo 56 años de edad, cuanto me faltaría para pensionarme?
    Un saludo

    • Estimado Hugo:
      Gracias por su comentario. En estos casos solemos recomendar cursar cuestión directamente al INSS ya que los tratados se modifican de manera recurrente.
      saludos,

  2. Buenos días, cotice en Venezuela 15 años con un total de 803 cotizaciones, puedo obtener algún pago retributivo en España dándome de alta, ahora tengo 54 años debo esperar tener los 60 o 65 años para que me ingresen la pensión. y cuál seria el procedimiento a ejecutar

    • Estimado Rubén:
      Gracias por su comentario. En estos casos solemos recomendar consultar directamente al INSS., ya que los convenios bilaterales son modificados de manera recurrente.
      Saludos,

  3. Hola tengo cotizado once años en Alemania
    Y en España diez
    Se sumarían los años de Alemania a los de España
    Entro en caja el próximo mes de mayo cracias

    • Estimada Mari:
      Gracias por su comentario. En estos casos solemos recomendar consultar directamente al INSS., ya que los convenios bilaterales son modificados de manera recurrente.
      Saludos,

  4. Muy buenas tardes,

    Mi madre tiene la doble nacionalidad: ella es una española por recuperación y esta jubilada por Brasil (no es alguién que cotizó tambien en España). En algunos meses, se mudará a Madrid. Mi pregunta es: ella tendria derecho a algun tipo de jubilación en España o simplemente debe convertir reales por euros en una transación meramente bancaria?

    Muy agradecida
    Saludos desde Brasil

    Adriana Segre

    • Estimada Adriana:
      Gracias por su comentario. En estos casos solemos recomendar dirigir consulta al INSS ya que los convenios bilaterales en esta materia son actualizados de manera recurrente.
      Saludos,

  5. Hola soy español, cotice 4 años y diez meses en Argentina y 36 años y medio en españa, y en el 2016 a traves de la SS española hice el trámite para solicitar jubilación la parte correspondiente a ANSES Argentina, despues de marearme (Tengo los justificantes de autónomoy los aporte bancarios de cotización). A la vista de las dificultades que que ponen… Quisiera contratar (previo contrato de arras con los honorarios y prestación profesional) algun bufete con representantes en Rosario y que se personen en ANSES y AFIP Rosario y se pongan al dia con el asunto. Vivo en Elche (Alicante)

    • Estimado Miguel Ángel:
      Gracias por su comentario. En relación a la consulta, lamentamos comunicarle que nosotros no proveemos de servicios de este tipo.
      Saludos,

  6. Buenos días, soy checa pero resido en España. En Republica checa tengo cotizados 19 años y me jubilare con 64 años. En España tengo 23 cotizados y sigo trabajando. Con mas que 40 años cotizados entre los dos países puedo jubilarme en España dentro de tres años con 65 cumplidos. Gracias, Dasha

    • Estimada Dasha:
      Gracias por su comentario. En estos casos solemos recomendar dirigir consulta al INSS ya que los convenios bilaterales en este sentido son actualizados de manera recurrente.
      Saludos,

  7. Hola, tengo una duda, he cotizado en chile 11 años ..cuánto debieses cotizar en España para optar a alguna pensión. Saludos cordiales
    Soy chilena y resido en España

    • Estimada Silvana:
      Gracias por su comentario. En estos casos solemos recomendar dirigir cuestión al INSS, ya que los convenios bilaterales en este sentido, suelen ser actualizados de forma recurrente.
      Saludos,

  8. Eduardo Aymerich: estoy jubilado parcial con relevo necesitaba 30 años cotizados de los cuales aporte por España una cotizacion de 28 años como faltan 2 años los aporto con 10 años cotizados por Perú,por España me ingresan el 79% y por Perú el 21% ,estoy por cumplir los 65 años y me piden tener cotizados 35 años en este momento tengo cotizados por España 31 años y 7 meses para completarlos tienen que completarlos de lo cotizados en Perú que son 3 años y 5 meses mi pregunta es los porcentajes se mantienen o varian…por el año mas…Gracias

    un saludo Eduardo

    • Estimado Eduardo:
      Gracias por su comentario. En estos casos solemos recomendar dirigir cuestión al INSS, ya que los convenios bilaterales son actualizados de manera recurrente.
      Saludos,

  9. Hola
    E cotizado 24 años en suiza y 17 cotizados en España y quisiera pensionarme en 3 años, total cotizados 44 años es posible con 63 años pensionarme.

    • Estimado Alcides:
      Gracias por su comentario. En estos casos solemos recomendar dirigir cuestión al INSS ya que los convenios bilaterales en esta materia son actualizados de manera recurrente.
      Saludos,

  10. Buenos días, tengo 65 años y he cotizado en España 43 años como autónomo y los últimos 20 en Andorra como asalariado, he cotizado en los dos países hasta el último momento,tengo derecho a las dos pensiones enteras? Gracias

    • Estimado Germán:
      Gracias por su comentario. En estos casos solemos recomendar dirigir consulta al INSS ya que los convenios bilaterales en eta materia suelen ser actualizados de manera recurrente.
      Saludos,

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