Cómo funciona el modelo 140 de la AEAT para madres trabajadoras


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modelo 140 madre trabajadora

Índice

Modelo 140 para madre trabajadora: qué es

El Modelo 140 es el formulario empleado para solicitar el abono anticipado de la deducción por maternidad y que se declara en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Esta deducción está destinada a madres trabajadoras con hijos menores de 3 años nacidos en España.

El objetivo de esta deducción es facilitar la conciliación familiar y laboral abonando una ayuda económica para el pago de la guardería, por ejemplo.

Importe de la deducción por maternidad

El importe de esta deducción es de 1.200 euros al año por cada hijo menor de 3 años que se puede percibir de dos maneras. Bien de golpe en la declaración de la renta, en este caso, la cantidad servirá para reducir la base imponible a declarar, o bien solicitando su abono anticipadamente con el Modelo 140 para madres trabajadoras, lo que se traduce en ingresar 100 euros mensualmente.

Requisitos para solicitar el modelo 140 para madres trabajadoras

Para beneficiarse de la deducción por maternidad hay que cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser madre de un menor de 3 años o tener un hijo/a en adopción de esa franja de edad.
  • El padre también puede acceder a esta deducción en caso de fallecimiento de la madre o en caso de divorcio tener la custodia total.
  • Estar trabajando por cuenta ajena o propia. Si se está en paro o excedencia voluntaria no se tiene derecho a la deducción.

Si se cumplen con estos requisitos y se desea el abono anticipado de la deducción se debe presentar el Modelo 140 para madres trabajadoras. Este formulario sirve, además, para comunicar cualquier cambio en la situación personal de la beneficiaria.

¿Quién puede presentar el modelo 140 del IRPF?

  • Trabajadores en jornada completa en el Régimen General o en los Regímenes Especiales de la Minería del Carbón y los Trabajadores del Mar en situación de alta al menos 15 días de cada mes.
  • En caso de jornada a tiempo parcial, esta debe ser un mínimo del 50% de la jornada ordinaria.
  • Trabajadores autónomos dados de alta durante al menos 15 días en el mes. Esto es extensivo para resto de posibles beneficiarios de Regímenes Especiales.
  • Trabajadores por cuenta ajena en alta en el Régimen Especial Agrario que estén activos durante al menos 10 jornadas en el mes.

¿Cuándo se presenta el Modelo 140?

Tal y como se ha indicado, el Modelo 140 sirve en caso de solicitar el adelanto del pago de la deducción por maternidad para madres trabajadoras, pero también para comunicar cambios en la situación personal del beneficiario, por lo que, según el caso, el plazo de presentación varía.

  • Abono anticipado de la deducción: el Modelo 140 para madres trabajadoras se presenta en el momento en el que se cumplen los requisitos para beneficiarse de la deducción indicados en puntos anteriores.
  • Notificación de cambios: si ha cambiado la situación personal del beneficiario de la deducción, a través del Modelo 140 se pueden comunicar a la Agencia Tributaria en un plazo de 15 días naturales desde que se produce el cambio.

Vías para presentar el Modelo 140

  • Físicamente en cualquier delegación de Hacienda.
  • Correo postal a la Agencia Tributaria.
  • Telefónicamente al 901 200 345.
  • Internet mediante el certificado digital.

¿Cómo puedo regularizar lo cobrado indebidamente de forma anticipada por la deducción de maternidad?

Puede ocurrir que, por ejemplo, se dejen de cumplir alguno de los requisitos para recibir la deducción como es el caso de quedarse en paro. Los pasos para regularizar esta situación son:

  • Notificación a la Agencia Tributaria: se debe notificar a la AEAT lo antes posible una vez que te des cuenta del cobro indebido. Esto se puede hacer a través de su página web, por teléfono o presencialmente en una de sus oficinas.
  • Devolución del importe indebido: la Agencia Tributaria informará sobre cómo proceder con la devolución del dinero recibido indebidamente. Esto suele implicar realizar un ingreso en una cuenta bancaria específica proporcionada por la AEAT.
  • Incluir en la declaración de la renta: en la próxima declaración de la renta se debe incluir cualquier cantidad que hayas recibido indebidamente y que no haya sido devuelta antes del cierre del ejercicio fiscal. Esto ajustará tu situación tributaria.
  • Sanciones o intereses: dependiendo del caso, puede haber sanciones o intereses por el cobro indebido. Si la regularización es voluntaria y realizada a tiempo, estas sanciones suelen ser menores.

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