Santiago Álvarez y Juan José Rubio: “Eximir de tributación a los planes de pensiones favorece el consumo”


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planes de pensiones

Santiago Álvarez García y Juan José Rubio Guerrero, autores del capítulo 11 de Pensiones del Futuro, analizan los modelos de tributación europeos de los planes de pensiones y concluyen que es necesaria la exención de tributación de estos productos como complemento al sistema público de pensiones. De este modo, lo que se busca es favorecer que las personas estabilicen su consumo a lo largo de su ciclo vital.

P. ¿Cuál es el principal problema que se plantea en relación con la fiscalidad de las pensiones?

R. El principal problema consiste en evitar la doble imposición de la renta en relación con los planes de pensiones privados. Para ello, es necesario o bien eximir de tributación a las aportaciones realizadas, tributando como rendimiento de trabajo las prestaciones obtenidas, o bien eliminar las desgravaciones de las aportaciones realizadas, tributando en el momento de la prestación únicamente el rendimiento obtenido, como sucede con otros productos de ahorro-inversión.

P.¿Cuál es la mejor alternativa de tributación?

R. La mejor alternativa consiste en aplicar a los planes privados el régimen tributario de los sistemas públicos de pensiones, ya que su objetivo es el mismo: favorecer que las personas estabilicen su consumo a lo largo de su ciclo vital. Las cotizaciones a la Seguridad Social están exentas de tributación y las pensiones recibidas tienen la consideración de rendimientos del trabajo personal.

P. ¿Cuál es el régimen fiscal de los planes de pensiones más extendido entre los países de la OCDE?

R. A pesar de existir una importante heterogeneidad, prácticamente la mitad de los países de la OCDE aplican el régimen fiscal denominado “Exención-Exención-Tributación”, en el que las contribuciones y los rendimientos acumulados de las inversiones están exentos de tributación, teniendo la consideración de renta gravable los ingresos que se reciben a medida que se rescatan los fondos de pensiones.

P. ¿Qué recomienda la Comisión Europea en relación con el tratamiento fiscal de los productos de pensiones individuales?

R. La Comisión pretende eliminar los obstáculos a las prestaciones por pensiones transfronterizas, suprimiendo los supuestos de doble imposición para los trabajadores migrantes. Para ello, por razones prácticas, considera que debería generalizarse el sistema de “Exención-Exención-Tributación”, al ser el más utilizado en los países de la Unión Europea.

P. ¿Cómo tributan actualmente los planes de pensiones en España?

R. España ha optado por la aplicación de un sistema de “Exención-Exención-Tributación”, en el que las contribuciones, con límites, y los rendimientos acumulados de las inversiones están exentos de tributación, y las prestaciones percibidas tienen la consideración de rendimientos del trabajo personal. La tributación es diferente en función de la normativa aplicable, común o foral, según se explica en el capítulo.

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