Las mujeres se jubilan a la misma edad que los hombres, sin embargo, circunstancias como la diferencia salarial, la maternidad o el cuidado de personas dependientes a su cargo hacen que su pensión por jubilación suela ser inferior.
Aunque la edad legal de jubilación de las mujeres es la misma que la de cualquier otro trabajador, cobran de media un 37% menos de pensión que los hombres y en algunas comunidades esta diferencia puede alcanzar hasta un 50%.
En materia de pensiones y prestaciones por desempleo, los derechos de las mujeres se ven afectados de forma negativa por la brecha salarial. La brecha de género en pensiones es del 35%. No obstante, en el último año la cuantía de las pensiones medias contributivas de las mujeres ha incrementado en un porcentaje superior a la de los hombres por lo que esta brecha de género se ha reducido 1,8 puntos en este año.
La brecha salarial entre hombre y mujeres
Según el informe “Mujeres en el mercado de trabajo, mujeres pensionistas y mujeres migrantes en el siglo XXI” presentado por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, España vive un lento avance hacia la igualdad real de hombres y mujeres en el mercado laboral y, como consecuencia, esto se traslada también a una desigualdad en materia de pensiones.
La principal consecuencia de la precarización del trabajo de las mujeres es la brecha salarial de género. Ellas ganan un 15% menos por hora normal trabajada y de media obtienen un salario anual casi 6.000 euros inferior al de los hombres (un 22,35% menos que los hombres).
Aunque, actualmente hay más mujeres trabajando que nunca en España, 2 de cada 3 de los empleos más precarios son desempeñados por mujeres y casi la mitad de ellas en edad activa (16-64 años) no se encuentra en el mercado laboral, sino que están dedicadas a las tareas del hogar en las que se incluyen los cuidados de personas. En este sentido, la tasa de actividad de las mujeres es del 53,08% con respecto al 64,45% de los hombres, lo que indica una brecha de 11,37 puntos.
La pensión de la mujer
Los años de cotización de una mujer pueden variar en función de determinadas circunstancias como por ejemplo la maternidad, la brecha salarial o el cuidado de familiares a su cargo.
Aunque el cálculo de las pensiones se aplica por igual a todos los trabajadores, las mujeres suelen cotizar menos años lo que significa que su contribución a la Seguridad Social es menor. Como consecuencia la pensión por jubilación de las mujeres es menor con respecto a la de los hombres.
¿Qué particularidades tienen las mujeres a efectos de cotización?
Consejos y aspectos a tener en cuenta de cara a la planificación de la jubilación:
- No hay ningún tratamiento especial en las cotizaciones a la Seguridad Social por el hecho de ser mujer. Las reglas son exactamente iguales para todos los afiliados. Únicamente se pueden producir tratamientos diferentes con motivo de la maternidad.
- Existe un tratamiento favorable a las mujeres en la pensión por jubilación. Aquellas que se hayan jubilado a partir del 1 de enero de 2016 pueden llegar a incrementar la cuantía de su pensión hasta un 15%, dependiendo del número de hijos que hayan tenido, adoptado o acogido durante su vida como cotizantes.
- La maternidad está protegida por el sistema público (aunque la madre no haya cotizado o lo haya hecho durante un periodo de tiempo inferior al requerido por la modalidad contributiva), con el correspondiente reconocimiento de cotizaciones a efectos de pensión de jubilación.
- En el caso de solicitar una excedencia para el cuidado de hijos, también se sigue cotizando para la jubilación, pero solo se considerarán como periodo de cotización los 3 primeros años de la excedencia laboral.
Si estos consejos te han resultado interesantes con respecto a la planificación financiera de la jubilación, seguro que te interesa la guía temática para mujeres trabajadoras, creada por el Instituto santalucía para dar respuesta a todas las preguntas relativas a las cotizaciones y al sistema de pensiones que pueden hacerse las mujeres trabajadoras.