Calcular la pensión que nos quedará al jubilarnos es un tema que suele ocuparnos cuando nos acercamos a la edad de la jubilación. Pero calcular la pensión de jubilación debería ser tarea que nos ocupe años antes. El motivo es que si queremos jubilarnos con holgura en el plano económico, debemos planificar nuestro ahorro de cara a la jubilación, como un complemento a la pensión de jubilación.
Calcular pensión de jubilación: cómo se hace
Para calcular la pensión de jubilación, existen diversas opciones. Detallamos algunas de ellas, a continuación.
Simuladores y calculadoras de pensiones
La opción más sencilla es acudir a las conocidas “calculadoras de pensiones”, que son simuladores en los que con solo introducir una serie de datos (edad, años cotizados a la Seguridad Social, etc.) lo que hacen es calcular la pensión futura, haciendo estimación de cuál será el importe de tu pensión por jubilación llegado el caso. Además, la Seguridad Social también pone a disposición de los ciudadanos su simulador de jubilación.
Algunas de estas calculadoras de pensiones, como la del Instituto Santalucía, además, hacen el cálculo del ahorro previsional que el usuario necesitaría hacer para disponer de ahorros que complementen los ingresos que vaya a percibir de la pensión pública, de cara a mantener el nivel de vida que quiera fijarse durante su retiro.
Calcular pensión de jubilación: cómo hacerlo yo mismo
Calcular la pensión de nuestra futura jubilación puede parecernos algo complicado, pero en realidad no lo es tanto.
Lo primero que hemos de tener en consideración es en qué momento habremos cumplido la edad legal para la jubilación. Esta, hasta que en 2027 se fije en los 67 años, irá avanzando poco a poco cada año:
EDAD JUBILACIÓN ORDINARIA
Periodos cotizados | Edad exigida | |
2020 | 37 o más años | 65 años |
Menos de 37 años | 65 años y 10 meses | |
2021 | 37 años y 3 meses o más | 65 años |
Menos de 37 años y 3 meses | 66 años | |
2022 | 37 años y 6 meses o más | 65 años |
Menos de 37 años y 6 meses | 66 años y 2 meses | |
2023 | 37 años y 9 meses o más | 65 años |
Menos de 37 años y 9 meses | 66 años y 4 meses | |
2024 | 38 o más años | 65 años |
Menos de 38 años | 66 años y 6 meses | |
2025 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 8 meses | |
2026 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses | |
A partir de 2027 | 38 años y 6 meses o más | 65 años |
Menos de 38 años | 67 años |
Bases de cotización
Otro aspecto que hemos de tener en cuenta es que el cálculo de la pensión por jubilación dependerá de diversos factores, tales como la modalidad de jubilación a la que nos acojamos, si el trabajador tiene condiciones especiales como discapacidad o cotizaciones a regímenes especiales, si dentro de sus cotizaciones existen cotizaciones a tiempo parcial, si la jubilación es ordinaria o anticipada, etcétera.
En cualquier caso, nuestro sistema de Seguridad Social establece que la pensión de jubilación se calcula a partir de las bases de cotización de los últimos años de la vida laboral del trabajador.
Este año, en 2020, se tienen en cuenta las bases de cotización de los últimos 23 años. Sin embargo, en 2022 y en adelante, serán las bases de cotización de los últimos 25 años las que se tengan en cuenta. Y, a modo de inciso, el próximo año, en 2021, serán los últimos 24 años los que se tengan en consideración.
¿Cómo calcular la pensión según te jubiles en 2020, 2021 o 2022?
Si tu jubilación se produce cumpliendo la edad ordinaria de jubilación en 2020, 2021 o 2020 y quieres calcular ya cuál será el importe de tu pensión, sigue los siguientes pasos:
Paso 1: Suma todas las bases de cotización
Según te jubiles en 2020, 2021 o 2022 deberás recopilar y sumar las bases de cotización de los últimos 23, 24 o 25 años, respectivamente.
Las bases de cotización figuran en las nóminas del trabajador. Otra opción es acudir a la Seguridad Social y solicitar el Informe de Bases de Cotización, que recopila todas las bases por las que el trabajador ha cotizado durante el tiempo trabajado.
Paso 2: Calcula la base reguladora
El siguiente paso para calcular la pensión de jubilación es hacer el cálculo de la base reguladora. La base reguladora es la media de las bases por las que el trabajador ha cotizado en sus últimos años de vida laboral. Como indicábamos, en 2020 se toman las de los últimos 23 años; en 2021, las de los últimos 24 años; y en 2022, y en adelante, las de los últimos 25 años.
De este modo, sumadas todas las cotizaciones que correspondan en tu caso, deberás dividir ese resultado por uno de los siguientes divisores según el año en que te jubiles:
Año | Divisor |
2020 | 322 |
2021 | 336 |
2022 | 350 |
Esta minoración se realiza porque las pensiones se abonan en 14 pagas, mientras que las cotizaciones que se aportan en 12 pagas.
Paso 3: Aplicación de un porcentaje de ajuste según los años cotizados
El siguiente paso para calcular la pensión, una vez determinada la base reguladora, es aplicar un porcentaje de ajuste según los años cotizados. El motivo es que para poder recibir el cien por cien de la pensión por jubilación, es necesario haber cotizados un mínimo de tiempo establecido.
Entre 2020 y 2022, son 36 años el mínimo de años cotizados para recibir el cien por cien de la pensión; entre 2023 y 2026, de 36 años y seis meses; y a partir de 2027, de 37 años.
No obstante, quienes no lleguen a alcanzar esos mínimos, su pensión se calculará de la siguiente manera, dado que, con 15 años cotizados, se tiene derecho al 50% de la base reguladora, añadiéndose un porcentaje adicional por cada mes cotizado hasta llegar al cien por cien. Igualmente, este porcentaje adicional, varía según el año de la jubilación y los meses adicionales cotizados. Entre 2020 y 2026 varían entre el 0,19% y el 0,21%, y a partir de 2027, serán del 0,18% y el 0,19%.
¿Cómo calcular la pensión si la jubilación es anticipada?
Para calcular la pensión en caso de jubilación anticipada, el importe de nuestra pensión sufrirá cierta penalización, aplicándosele un coeficiente reductor, que es un porcentaje de reducción por cada trimestre dejado de cotizar.
En el caso de la jubilación anticipada voluntaria, como pronto, dos años antes de la edad ordinaria de jubilación, los coeficientes reductores son:
JUBILACIÓN ANTICIPADA VOLUNTARIA
Coeficientes reductores según los años cotizados para jubilarse
Coeficiente reductor | Tiempo cotizado | Reducción por año de anticipación |
2% por trimestre | Menos de 38 años y 6 meses | 8% |
1,875% por trimestre | Más de 38 años y 6 meses y menos de 41 años y 6 meses | 7,5% |
1,750% por trimestre | Más de 41 años y 6 meses y menos de 44 años y 6 meses | 7% |
1,625% por trimestre | Más de 44 años y 6 meses | 6,5% |
En el caso de jubilación anticipada involuntaria, también conocida como jubilación forzosa, pudiendo optar a ella, como pronto, cuatro años antes de la edad ordinaria de jubilación, la reducción a aplicar en el importe de la pensión es:
JUBILACIÓN ANTICIPADA INVOLUNTARIA
Coeficientes reductores según los años cotizados para jubilarse
Coeficiente reductor | Años cotizados | Reducción por año de anticipación |
1,875% por trimestre | Menos de 38 años y 6 meses | 7,5% |
1,750% por trimestre | Más de 38 años y 6 meses y menos de 41 años y 6 meses | 7% |
1,625% por trimestre | Más de 41 años y 6 meses y menos de 44 años y 6 meses | 6,5% |
1,5% por trimestre | Más de 44 años y 6 meses | 6% |
Calcular pensión de jubilación: ¿Cuál es la pensión máxima? ¿Y cuál la mínima?
Al calcular tu pensión por jubilación, debes tener en cuenta obtengas el resultado que obtengas, el importe final que recibirás deberá moverse entre el importe de la pensión mínima que te correspondiera y el importe de la pensión máxima. Si el resultado de tu cálculo da un importe inferior a la pensión mínima, tu pensión final ascendería. De igual modo, si el resultado de tu cálculo superara el importe de la pensión máxima, tu pensión final sería la pensión máxima.
Pensión máxima de jubilación
Este año, 2020, el importe fijado como máximo para la pensión de jubilación es de 2.683,34 euros brutos al mes, lo que supone un total de 37.566,76 euros brutos anuales, que se reparten 14 pagas. Como decíamos, esta cifra actúa como tope, de modo que, si la base reguladora, la que determina la pensión que percibirás, es mayor, solo percibirás esa pensión máxima.
Pensión mínima de jubilación
A diferencia del importe de la pensión máxima, en el caso de la pensión mínima, el importe varía según nuestras circunstancias personales.
En 2020, las pensiones mínimas establecidas son las siguientes:
PENSIÓN MÍNIMA
Pensión mínima (cuantía mensual) | Pensión mínima (cuantía anual) | ||
Jubilación a los 65 años | Con cónyuge a cargo | 843,40 | 11.807,60 |
Sin cónyuge a cargo | 683,5 | 9.569 | |
Con cónyuge NO a cargo | 648,7 | 9.081,8 | |
Jubilación antes de los 65 años | Con cónyuge a cargo | 790,70 | 11.0869,8 |
Sin cónyuge a cargo | 639,5 | 8.953 | |
Con cónyuge NO a cargo | 604,4 | 8.461,6 | |
Jubilación con 65 años procedente de gran invalidez | Con cónyuge a cargo | 1.265,10 | 17.711,4 |
Sin cónyuge a cargo | 1.025,3 | 14.354,2 | |
Con cónyuge NO a cargo | 973,1 | 13.623,4 |