Disminuyen las comisiones y se eleva la liquidez de los planes y fondos de pensiones

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Aumentar la competencia en este segmento y elevar el atractivo de estos productos de ahorro son los objetivos que, según se ha comunicado desde el Ejecutivo, tiene el Real Decreto (RD) de Modificación del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones en Materia de Liquidez y Reducción de Comisiones ya aprobado por el Consejo de Ministros. Se prevé que estas medidas beneficiarán a más de ocho millones de ahorradores españoles que son en la actualidad partícipes de planes de pensiones.

Disminuyen las comisiones de gestión

Por un lado, se revisan a la baja las comisiones máximas de gestión en función de la política de inversión del fondo de pensiones. El Real Decreto diferencia las comisiones de gestión según tres tipos de fondos de pensiones:

  • Fondos de pensiones de renta fija. Se aplica un máximo del 0,85%, lo que supone una disminución de 65 puntos básicos frente al límite actual.
  • Fondos de pensiones mixtos. Con un tope del 1,30%, 20 puntos básicos menos.
  • Fondos de pensiones renta variable. Se aplica un tope del 1,50% (el mismo límite que ahora).

Con estos nuevos porcentajes, la comisión media calculada según la distribución del patrimonio entre los diferentes tipos de fondos baja del 1,50% al 1,25%. A su vez, se reduce la comisión máxima de depósito del 0,25% al 0,20%.

Se eleva la liquidez de los fondos y planes de pensiones

Se permite a los partícipes retirar las aportaciones con una antigüedad de al menos diez años a partir del 1 de enero de 2025, sin limitación; las aportaciones realizadas con posterioridad deberán dejar transcurrir los diez años correspondientes. De esta forma, se eleva la liquidez de esta alternativa de ahorro y se espera estimular a todos los ahorradores y, en especial, a los más jóvenes.

Otras medidas

Adicionalmente, se actualiza la regulación de las inversiones de los fondos de pensiones con el objeto de poner al día las referencias que el Reglamento de planes y fondos de pensiones hace a otra normativa financiera nacional y comunitaria en vigor. Así, se incorporan las referencias necesarias a la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado; asimismo, se incluyen expresamente como activos aptos para los fondos de pensiones las participaciones en los Fondos de Capital Riesgo Europeos (FCRE) y los Fondos de Emprendimiento Social Europeo (FESE).

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