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Novedades de la renta 2024/2025

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Novedades declaracion de la renta 2024-2025

Como todos los años, conviene estar atento a las novedades de la renta para el ejercicio 2024, que se presenta en 2025, son:

Incremento en la reducción máxima por rendimientos del trabajo

La reducción máxima por rendimientos de trabajo pasará de los 6.498 € a los 7.302 €, lo que aliviará la carga fiscal de los contribuyentes con ingresos más bajos.

Prórroga de deducciones por eficiencia energética

Se extiende a la Renta 2024/2025 la deducción de entre un 40% y 60% por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas. También se prorroga la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga, que alcanza el 15% del valor de adquisición.

Exención de tributación de las ayudas por la DANA

En el caso de ayudas aportadas por empresas para sufragar daños personales y materiales quedan exentas del pago de impuestos.

Prestación por desempleo

El Gobierno ha retirado esta novedad pocos días antes del inicio de la campaña por la que se obligaba a los parados con prestación por desempleo a presentar la declaración del IRPF con independencia del importe. De no presentarla, dejarían de percibir el subsidio.

Límites económicos más amplios para la asistencia en la declaración

Este año, se han incrementado los límites de ingresos para poder acceder a la asistencia en la confección y presentación de la declaración. Ahora, los contribuyentes con hasta 80.000 euros brutos de rendimientos del trabajo y hasta 20.000 euros de ingresos por capital mobiliario podrán beneficiarse de este servicio, tanto en modalidad telefónica como presencial. Este ajuste responde a la evolución de los ingresos en los últimos años y amplía el acceso a la ayuda de la Agencia Tributaria.

Deducción por donaciones

Desde el 1 de enero de 2024 se mejoran las deducciones por donaciones para la declaración de la Renta 2024-2025:

  1. Incremento del límite para el 80% de deducción:
    • Ahora se aplica una deducción del 80% a los primeros 250 euros donados (antes era solo hasta 150 euros).
  2. Deducción para cantidades superiores a 250 euros:
    • Para donaciones que excedan los primeros 250 euros, la deducción pasa del 35% al 40% en el primer o segundo año de donación.
    • Si se trata de donaciones recurrentes (mismo importe o mayor durante tres años consecutivos a la misma entidad), la deducción aumenta al 45% (antes era del 40%).
  3. Deducciones para actividades prioritarias de mecenazgo:
    • Las donaciones a actividades prioritarias de mecenazgo tienen una deducción del 45%, y si son recurrentes, suben al 55%.
  4. Personas jurídicas:
    • Para empresas, la deducción por donaciones no recurrentes sube al 40%, mientras que las recurrentes aumentan al 50%. Además, el límite de la base imponible para aplicar estas deducciones pasa del 10% al 15%.

Calendario de la renta

La campaña de la Renta 2024 se adelanta y comenzará el miércoles 2 de abril de 2025. Este cambio supone un adelanto significativo respecto a años anteriores, permitiendo a los contribuyentes iniciar sus trámites antes de Semana Santa. A partir de esta fecha, los contribuyentes podrán presentar sus declaraciones por Internet, ya sea a través del programa Renta Web o utilizando la aplicación móvil de la Agencia Tributaria. Las fechas clave son:

  • Del 2 de abril al 30 de junio de 2025: presentación por Internet.
  • Del 6 de mayo al 30 de junio de 2025: presentación telefónica (con solicitud de cita previa desde el 29 de abril).
  • Del 2 de junio al 30 de junio de 2025: presentación presencial en oficinas (con solicitud de cita previa desde el 29 de mayo).
  • 25 de junio de 2025: fecha límite para declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria.
  • 30 de junio de 2025: fin de la campaña de la renta.  

Nuevo servicio ‘Renta Directa’

La Agencia Tributaria ha lanzado ‘Renta Directa’, una nueva opción para presentar la declaración de forma electrónica, dirigida a un grupo de contribuyentes seleccionados. Este colectivo está formado por personas que, en años anteriores, presentaron su declaración sin modificar el borrador y que este año probablemente tampoco lo hagan.

Este servicio se orienta a quienes solo tienen ingresos del salario o pensión, así como a la mayoría de beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. Con ‘Renta Directa’, se mantiene la rapidez de la presentación a través de la app, pero optimizada para pantallas más grandes, ofreciendo una experiencia visual más clara, navegación sencilla y un proceso de presentación ágil y dinámico.

Para quienes necesiten modificar su borrador, sigue disponible ‘Renta Web’, donde podrán realizar los ajustes necesarios antes de presentar la declaración. También podrán guardar su sesión y finalizar el trámite posteriormente en ‘Renta Directa’.

Otros aspectos a tener en cuenta en la renta

Pago por bizum

Por primera vez, las declaraciones a ingresar se pueden abonar a través de bizum y el pago con tarjeta se hace extensivo a cualquier entidad.

Mínimo exento a declarar

Una de las medidas que no entra en vigor por el acuerdo entre Gobierno y Junts, que reduce las propuestas del decreto Omnibus, es el aumento del límite exento para aquellos contribuyentes con dos o más pagadores. En un principio, estaba previsto que el límite para declarar los ingresos de dos o más pagadores aumentase desde los 1.500 euros a 2.500 euros.

De este modo, el mínimo para declarar se mantiene en 22.000 euros brutos para aquellos con un pagador y en 15.876 euros brutos para los contribuyentes con más pagadores, como podría ser el caso de quienes se hayan visto afectados por un ERTE, siempre que las cuantías de los siguientes pagadores no superen los 1.500 euros.

Incremento del tipo marginal máximo del ahorro

Para la próxima campaña, es decir, la renta 2025/2026, el tipo marginal máximo del IRPF para las rentas del ahorro del tramo más alto se incrementa en un 2%, pasando del 28% al 30%.

Base liquidable del ahorro Tipo aplicable 2022 Tipo aplicable 2023 y 2024Tipo aplicable 20245
Hasta 6.000 euros 19% 19% 19% 
Desde 6.000 – 50.000 euros 21% 21% 21% 
Desde 50.000 – 200.000 euros 23% 23% 23% 
Desde 200.000 – 300.000 euros 26% 27% 27% 
A partir de 300.000 euros 26% 28% 30%

Por tanto, para la renta 2024/2025, se mantiene entre el 19% y el 28%, en función de las plusvalías generadas. Importante saber que es un tipo progresivo, como el del IRPF, por lo que si las ganancias son de 10.000 euros, hasta los 6.000 euros se tributa al 19% y el resto, al 21%.

Prórroga de límites para autónomos

Se mantienen durante esta campaña los límites cuantitativos que delimitan en el IRPF el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva (módulos) para autónomos, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite. Ahora bien, de cara a las próxima campaña, se está pendiente de una posible modificación normativa para prorrogarlos.

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