La fiscalidad de los planes de pensiones a debate: recomendaciones y advertencias de los expertos


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¿Consigue la desgravación fiscal de los planes de pensiones en el IRPF incentivar el ahorro a largo plazo? La AIReF e Inverco toman posiciones en el debate de cara al Pacto de Toledo.

Con el objetivo de incentivar el ahorro a largo plazo de cara a la jubilación, los planes de pensiones disfrutan de una ventaja fiscal. Se trata de la desgravación en el IRPF de las aportaciones realizadas, con un límite de 8.000 euros al año. Esto significa que la cantidad aportada reduce los ingresos a declarar en la renta (base imponible). Esta es la meta, pero…, ¿realmente se alcanza? La respuesta es negativa para la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF).

Para poner en contexto esta opinión hay que conocer unas cifras. En España, el ahorro destinado a planes de pensiones supone en torno al 15% del total de ahorro financiero de las familias, según Eurostat, cuando la media de la zona euro es el doble.

En un documento, la AIReF considera que “el beneficio fiscal de las aportaciones a sistemas de previsión social en el IRPF no consigue el objetivo de incentivar el ahorro a largo plazo y se plantea la reformulación completa de los planes de pensiones de manera coherente con las recomendaciones que se acuerden sobre ahorro complementario a largo plazo en el Pacto de Toledo”, la comisión parlamentaria constituida para debatir y proponer medidas para asegurar la sostenibilidad del sistema de pensiones, actualmente en cuestión por el cambio demográfico de nuestro país, que dibuja una España envejecida.

Propuestas para incentivar los planes de pensiones

Inverco, la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensión, comparte con AIReF la necesidad de abordar una reformulación de los planes de pensiones a partir de estas propuestas:

  1. Potenciar los incentivos de los planes de empleo (planes de pensiones ofrecidos por empresas y organizaciones a sus trabajadores), incorporando sistemas de autoafiliación “de demostrado éxito internacional y recuperando para las empresas los incentivos que, a pesar de las recomendaciones del Pacto de Toledo, se han ido derogando”. En Reino Unido, por ejemplo, el nivel de ahorro en este producto es superior al 50% por contar con un sistema de adscripción cuasiobligatorio en el llamado segundo pilar.
  2. El estímulo y la promoción de los planes de pensiones deben seguir recayendo tanto sobre el segundo como sobre el tercer pilar (planes de pensiones individuales), “sobre todo teniendo en cuenta la estructura del mercado laboral en España”, donde, según la OCDE, el 57% del empleo es “no estándar” (trabajadores que no trabajan por cuenta ajena y cuyo contrato no es a tiempo completo. “En estos tipos de trabajos es difícil pensar que se pueda acceder a planes de empleo, por lo que el concurso del tercer pilar es imprescindible en estos colectivos, que suponen una proporción cada vez mayor en una fuerza laboral donde el trabajo estable durante toda la vida en una misma empresa se está convirtiendo, a nivel global, en un fenómeno del pasado”, señala el documento.
  3. El actual tratamiento fiscal de los planes de pensiones debe mejorarse, pues si bien el tratamiento de las aportaciones es similar al estándar internacional, el de las prestaciones demanda una sustancial mejora que aproxime el atractivo fiscal del ahorro previsión en España al de otros países europeos. “El tratamiento fiscal actual de las aportaciones no puede tacharse de regresivo, ya que el que las mayores reducciones en el IRPF se asocien a las rentas más altas es consecuencia de la progresividad de la tarifa, de modo que, al tener un impuesto de carácter progresivo, las reducciones necesariamente son mayores a mayor tipo marginal, aunque también lo son las prestaciones en el momento de la jubilación”.

Inverco recuerda que el tratamiento fiscal en planes de pensiones es un salario diferido, no una exención de impuestos. En el momento de la aportación hay reducción en base imponible del IRPF, pero en el momento de la jubilación se tributa al marginal, no solo por las aportaciones (que fueron objeto de reducción en el IRPF), sino también por los rendimientos generados. En España los incrementos de patrimonio tributan en todos los productos financieros como rendimiento del ahorro (al 19%, 21% o 23%), salvo los derivados de los planes de pensiones, que lo hacen al marginal. “Esta anomalía debería corregirse”, afirma.

En la actualidad, ocho millones de españoles tienen un plan de pensiones particular para complementar la pensión pública por jubilación. De este total, en torno al 78% corresponde al tercer pilar (planes de pensiones individuales) y el 20%, al segundo (planes de empleo).

Para Inverco, el reducido peso del ahorro en planes de pensiones se debe “al límite de aportación anual (que no existe en el resto de instrumentos de ahorro financiero e inmobiliario) o a la falta de concienciación sobre la importancia de ahorrar para la jubilación, muy vinculada a la falta de información individualizada sobre la pensión pública estimada”, entre otras cosas.

Por otra parte, la Asociación señala que el beneficio fiscal ha sufrido numerosos cambios normativos, “frente a la estabilidad que sería deseable en un producto que busca fomentar el ahorro a largo plazo”, tanto en los límites como en los criterios de rescate del plan de pensiones, lo que “genera desconfianza sobre el producto y merma el grado de cumplimiento final del objetivo que persigue el incentivo”.

Desde hace años, el Instituto Santalucía contribuye a fomentar la educación financiera de los ciudadanos, ofreciendo información sobre la importancia de ahorrar a largo plazo de cara a la jubilación y herramientas para calcular la pensión futura, como la calculadora de jubilación. 

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