La subida de las pensiones contributivas en 2026 será de 2,7%, una vez conocido el dato de la inflación de noviembre, que sirve de referencia para el cálculo de la subida media durante el último año.
Revalorización de las pensiones en 2026
Siguiendo las recomendaciones del Pacto de Toledo, la subida de las pensiones está vinculada al Índice de Precios al Consumo (IPC), también conocido como inflación. El dato que se emplea es la media del indicador desde diciembre del año anterior (2024) hasta noviembre del presente (2025).
Dado que la inflación de este mes es del 3% y que en diciembre de 2024 fue del 2,8%, la media del periodo fijado para el cálculo de la subida de las pensiones arroja un incremento de las pensiones contributivas del 2,7%, lo que supone una décima menos que la revalorización de 2025.
Las pensiones contributivas son aquellas que se abonan a quienes han cotizado a la Seguridad Social, es decir, las personas trabajadoras, e incluyen las pensiones de jubilación, viudedad, orfandad, incapacidad permanente y en favor de un familiar.
¿Cuánto aumentará mi pensión de jubilación en 2026?
¿Cuánto subirá la pensión media?
De este modo, de media, la subida de las pensiones será de 572 euros al año frente a los 564,87 euros de 2025 para los cerca de 9,3 millones de jubilados (incluyendo dos pagas extra). Así, teniendo en cuenta la pensión media de noviembre, un pensionista percibirá 1.552,85 euros mensuales (40,8 euros más al mes).
¿Cuánto subirá la pensión máxima de jubilación?
Por su parte, la pensión máxima de jubilación se situará en 3.359 euros/mes (47.034,4 anuales) frente a los 3.267,55 euros de hasta ahora.
¿Cuánto subirán las pensiones mínimas?
Mientras que la pensión mínima se incrementará un 6% excepto con cónyuge a cargo, que aumentarán un 9,1%. Esta subida es superior al IPC, puesto que en este caso, y al igual que las pensiones no contributivas, suben en función de lo determinado en los Presupuestos Generales del Estado.
En la siguiente tabla se pueden ver cuánto subieron todas las categorías de las pensiones mínimas en 2025:
| TIPOLOGÍA DE LA PENSIÓN | CUANTÍA MENSUAL | CUANTÍA ANUAL |
| Jubilación a los 65 años | ||
| Con cónyuge a cargo | 1.127,60 | 15.786,40 |
| Sin cónyuge (unidad unipersonal) | 874,40 | 12.241,60 |
| Con cónyuge no a cargo | 830 | 11.620 |
| Jubilación menor de 65 años | ||
| Con cónyuge a cargo | 1.127,60 | 15.786,40 |
| Sin cónyuge (unidad unipersonal) | 818 | 11.452 |
| Con cónyuge no a cargo | 773,20 | 10.824,80 |
| Jubilación con 65 años procedente de gran invalidez | ||
| Con cónyuge a cargo | 1.691,30 | 23.678,20 |
| Sin cónyuge (unidad unipersonal) | 1.311,60 | 18.362,40 |
| Con cónyuge no a cargo | 1.245 | 17.430 |
| Incapacidad permanente. Gran invalidez | ||
| Con cónyuge a cargo | 1.691,30 | 23.678,20 |
| Sin cónyuge (unidad unipersonal) | 1.311,60 | 18.362,40 |
| Con cónyuge no a cargo | 1.245 | 17.430 |
| Incapacidad permanente. Absoluta o total con 65 años de edad | ||
| Con cónyuge a cargo | 1.127,60 | 15.786,40 |
| Sin cónyuge (unidad unipersonal) | 874,40 | 12.241,60 |
| Con cónyuge no a cargo | 830 | 11.620 |
| Incapacidad permanente. Total con edad entre 60 y 64 años | ||
| Con cónyuge a cargo | 1.127,60 | 15.786,40 |
| Sin cónyuge (unidad unipersonal) | 818 | 11.452 |
| Con cónyuge no a cargo | 773,20 | 10.824,80 |
| Incapacidad permanente. Total derivada de enfermedad común menor de 60 años | ||
| Con cónyuge a cargo | 664,60 | 9.024,40 |
| Sin cónyuge (unidad unipersonal) | 664,60 | 9.024,40 |
| Con cónyuge no a cargo | 639,10 | 8.947,40 |
| Incapacidad parcial del régimen de accidente de trabajo con 65 años | ||
| Con cónyuge a cargo | 1.127,60 | 15.786,40 |
| Sin cónyuge (unidad unipersonal) | 874,40 | 12.241,60 |
| Con cónyuge no a cargo | 830 | 11.620 |
| Viudedad | ||
| Con cargas familiares | 1.127,60 | 15.786,40 |
| Con 65 años o con discapacidad igual o mayor a 65% | 874,40 | 12.241,60 |
| Entre 60 y 64 años | 818 | 11.452 |
| Menor de 60 años | 662,50 | 9.275 |
| Orfandad | ||
| Simple por beneficiario | 267,50 | 3.745 |
| Simple por beneficiario menor de 18 Años con discapacidad mayor o igual a 65% | 525,80 | 7361,20 |
| Absoluta un beneficiario | 930 | 13.020 |
| Absoluta varios beneficiarios (N) | 267,50 + 662,50 (N) | 3745 + 9.275 (N) |
| Favor de familiares | ||
| Por beneficiario | 267,50 | 3.745 |
| Si no existe viuda ni huérfano pensionistas: | ||
| Un solo beneficiario con 65 años | 646 | 9.044 |
| Un solo beneficiario menor de 65 años | 608,80 | 8.523,20 |
| Varios beneficiarios | 267,50 + 395 (N) | 3.745 + 5.530 (N) |
| Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) | ||
| Vejez, invalidez y viudedad | 560 | 7840 |
| Prestaciones SOVI concurrentes | 543,60 | 7.610,40 |
Requisitos para acceder a la pensión de jubilación
Edad de jubilación en 2026
Siguiendo la reforma de las pensiones de 2013, la edad de jubilación se va retrasando de forma progresiva hasta 2027, a razón de dos meses por año trabajado. De esta manera, para beneficiarse de esa subida de la pensión habrá que tener cumplidos los 66 años y 10 meses, habiendo cotizado menos de 38 años y 3 meses, o 65 años, habiendo cotizado más de esa franja. El objetivo de la reforma es retrasar la edad de jubilación hasta los 67 años en 2027.
Jubilación anticipada en 2026
Existe la posibilidad de jubilarse de forma anticipada. Si es voluntaria, la edad de jubilación anticipada será a los 64 años y 10 meses, ya que la ley señala que, como mucho, podrá ser dos años antes de la edad legal del retiro laboral. Y siempre y cuando se hayan cotizado como mínimo 35 años. Conviene recordar que esta opción penaliza la pensión percibida a partir de unos coeficientes correctores.
Por su parte, en el caso de la jubilación anticipada involuntaria o forzosa, fruto de un despido, entre otros, esta se producirá como mucho cuatro años antes, por lo que se quedaría en 62 años y 8 meses.
Si todavía no estás jubilado y quieres calcular cuánto percibirás cuando te retires, utiliza nuestra calculadora de pensiones que, además, te indicará el ahorro que necesitarás para mantener tu ritmo de vida.



