En la campaña de la renta 2026, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, los contribuyentes pueden aplicar distintas deducciones y desgravaciones que reducen la cuota a pagar o aumentan la devolución. Conviene repasar el borrador de la declaración de la renta para comprobar si están, ya que puede que algunas no estén incluidas y haya que añadirlas. De esta forma, podemos reducir nuestra base imponible, es decir, los ingresos que vamos a declarar, consiguiendo que se reduzca el pago de impuestos.
Tabla de contenidos
Principales deducciones: renta 2025-2026
Sin tener en cuenta los mínimos personal y familiar, ya que estos están incluidos de forma automática en el ejercicio, las deducciones y desgravaciones de la declaración de la renta más habituales a tener en cuenta son:
Deducción del SMI
Para evitar que la subida del Salario Mínimo Interprofesional se diluya con el pago del IRPF, se ha creado una deducción específica que, en la renta de 2025, es de 340 euros para rendimientos no superiores a 16.576 brutos anuales.
Desgravación en planes de pensiones
Las ventajas fiscales que aportan los planes de pensiones se producen mientras se está aportando. Es una desgravación cuyo límite anual se determina en función de la tipología de plan. Así, para los planes de pensiones individuales son 1.500 euros, mientras que en los planes de empleo (plan de pensiones ofertado por la empresa a sus trabajadores) es de 8.500 euros. Los autónomos pueden deducirse 4.250 euros en los planes simplificados constituidos ex profeso para este colectivo. La desgravación puede acumularse como vamos a ver en la siguiente tabla.
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Tipo de plan de pensiones |
Límite de desgravación anual |
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(A) Plan de pensiones individual |
1.500 euros |
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(B) Plan de empleo |
8.500 euros |
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(C) Plan de empleo simplificado |
4.250 euros |
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Total A+B |
10.000 euros |
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Total A+C | 5.750 euros |
Deducciones por vivienda habitual
En vivienda habitual en propiedad, se mantiene la deducción el 15% del gasto en la vivienda habitual con una base máxima de 9.040 euros anuales para quienes compraron antes del 1 de enero de 2013 con un préstamo hipotecario.
Los mayores de 65 años están exentos de pagar por la ganancia patrimonial obtenida por la venta de su vivienda habitual.
Deducciones por alquiler
En vivienda en alquiler, aquellos inquilinos que firmaron su arrendamiento antes de 2015 pueden deducirse un 10,05% con una base máxima de 9.040 euros, siempre que los ingresos sean inferiores a 24.107 euros.
Para incentivar la puesta en el mercado de vivienda en alquiler, los propietarios disfrutan de las siguientes deducciones :
Deducción general del 50% de los ingresos netos obtenidos del alquiler.
Deducción del 90% si se renueva un contrato en zona tensionada rebajando el alquiler más de un 5%.
Deducción del 70% en los siguientes casos:
Alquiler por primera vez a jóvenes de 18-35 años en zona tensionada
Vivienda gestionada por entidades sin ánimo de lucro
Inquilino en situación económica vulnerable
Deducción del 60% si la vivienda fue rehabilitada en los dos años previos al contrato de arrendamiento.
Deducciones por donaciones
Las deducciones por donativos a entidades sin ánimo de lucro permiten recuperar entre un 40% y un 80% de lo donado a entidades sin ánimo de lucro (Ley 49/2002).
- Primeros 250 €: 80% deducción (única vez anual).
- Exceso 250 €: 40% segunda donación.
- 45% si mantienes/incrementas donativos durante más de 3 años consecutivos a la misma entidad.
- Límite: 10% base liquidable con excedentes transferibles a los 10 ejercicios siguientes.
Deducciones familiares (maternidad, guardería, familia numerosa)
- Maternidad/paternidad
Aquellas madres/padres con hijos menores de 3 años podrán aplicar una deducción de hasta 1.200 euros anuales, es decir de 100 euros al mes. Con esta ayuda se pretende suavizar el coste económico que supone la llegada de un hijo durante los primeros 3 años de vida.
- Guardería
Adicional a la anterior, los gastos de guardería también son deducibles hasta 1.000 euros por hijos menores de 3 años inscritos en guardería o en centros de educación infantil autorizados.
- Familia numerosa
Máximo 1.200 euros anuales (100 euros al mes). En el caso de familias que exceda el número mínimo de hijos para la formación de familia numerosa verán incrementado el importe en hasta 600 euros por cada hijo que supere el mínimo.
- Cuidado familiar con discapacidad
Se aplica una deducción de 1.200 € anuales por cada ascendiente, descendiente o cónyuge con discapacidad a cargo (grado ≥33%), siempre que sus rentas no superen 8.000 € anuales (excluidas exentas).
Además, mínimos por discapacidad reducen la base imponible:
33-64%: +3.000 €
≥65%: +9.000 €
Movilidad reducida/3ª persona: +3.000 € extra
Estas cuantías se suman al mínimo familiar estándar y son acumulables entre familiares. Requiere certificado oficial de discapacidad y convivencia acreditada.
- Pensiones compensatorias y alimenticias
En caso de divorcio, los cónyuges que las abonen podrán deducirse las cuantías abonadas.
Deducciones por mejora de la eficiencia energética en vivienda
Existen tres tipos principales de deducciones para la mejora energética de una vivienda:
Deducción del 20%:
Por reducción del 7% en demanda de calefacción y refrigeración
Límite de 5.000 euros por vivienda
Aplicable a la vivienda habitual o destinada al alquiler como vivienda habitual
Deducción del 40%:
Por reducción del 30% en consumo de energía primaria no renovable o mejora de calificación energética a «A» o «B»
Límite de 7.500 euros por vivienda
El certificado energético posterior debe tener fecha máxima del 1 de enero de 2025
Deducción del 60%:
Por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable o mejoren la calificación a «A» o «B» en edificios residenciales
Límite de 15.000 euros por vivienda
El certificado energético posterior debe tener fecha máxima del 1 de enero de 2025
Deducción por compra de vehículo eléctrico
Deducción del 15% del precio total del vehículo eléctrico nuevo, con un límite máximo de 3.000 euros (sobre un coste de hasta 20.000 euros). Otro tanto en el caso de necesitar un punto de carga.
El vehículo debe ser nuevo, de uso particular y no destinado a actividades económicas.
Tipos de vehículos admitidos: coches eléctricos, de pila de combustible, híbridos enchufables, motos eléctricas y cuadriciclos eléctricos.
Aportaciones y cuotas a partidos políticos, sindicatos y colegios profesionales
En el caso de los militantes en algún partido político se puede deducir el 20% de las aportaciones, siendo 600 euros el máximo de la deducción anual.
Si hablamos de las personas pertenecientes a un sindicato, estas podrán aplicar entre el 20% y el 35% de las cuotas, sin ningún límite en la cantidad. Por otro lado, en el caso de los colegios profesionales se pueden deducir un 20%, hasta 500 euros anuales como máximo. Sin embargo, para poder aplicarse es necesario que la colegiación sea obligatoria e imprescindible para poder ejercer la profesión.
Gastos de defensa jurídica
En caso de tener que contratar un despacho de abogados para abordar un procedimiento de despido, extinción de contrato o reclamación se podrá deducir de los gastos abonados hasta 200 euros.
Empresa nueva
Existe una deducción por invertir en empresas de nueva o reciente creación del 50%, con un límite de 100.000 euros.
Autónomos
Pueden deducirse hasta un 7% de los gastos de difícil justificación.
Deducciones autonómicas
Las deducciones autonómicas varían según la comunidad autónoma y pueden incluir beneficios por nacimiento de hijos, alquiler, discapacidad o inversión en vivienda habitual.
Para aplicarlas correctamente, debes revisar el apartado específico de tu comunidad dentro de Renta Web o consultar la normativa autonómica vigente.
Diferencia entre deducción y desgravación
Las desgravaciones reducen la base imponible antes de calcular el impuesto.
Las deducciones se aplican después, sobre la cuota resultante.
Si quieres entender con detalle cómo funcionan la base imponible, la base liquidable y el impacto real de cada concepto en el IRPF, puedes consultar nuestra guía completa sobre la diferencia entre deducir y desgravar en la renta.
Preguntas frecuentes sobre deducciones y desgravaciones
¿Qué deducciones y desgravaciones se pueden aplicar en la Renta 2025-2026?
Maternidad (1.200 €/hijo <3 años), familia numerosa (1.200-2.400 €), eficiencia energética vivienda (20%-60%, hasta 9.000 €), donativos (80% primeros 250 €), alquiler jóvenes (varía por CCAA), SMI (hasta 591 € rentas bajas), planes de pensiones (según modalidad), vivienda habitual (15%), alquiler (10,05% inquilino y hasta el 90% para el propietario).
¿Qué diferencia hay entre deducción y desgravación?
Deducción: resta de la cuota ya calculada (ej: 1.200 € maternidad).
Desgravación: reduce base imponible (ej: 1.500 € plan de pensiones).
¿Las deducciones se aplican automáticamente en el borrador?
No siempre. Aunque muchas aparecen precargadas, es responsabilidad del contribuyente revisarlas y añadir aquellas que no figuren en el borrador.
¿Cómo saber qué puedo desgravar en mi declaración?
En Renta WEB → «Deducciones» → casillas prellenadas. Revisa tus datos fiscales y añade aquellos gastos justificables que hacienda no tenga controlados, como pueden ser placas solares, gastos en alquiler de vivienda. Conserva documentación pues puede solicitar datos a posteriori para demostrar esas deducciones.
¿Las deducciones reducen la base imponible o la cuota?
Las deducciones reducen la cuota íntegra, no la base imponible.
¿Qué gastos desgravan en la renta 2025?
Vivienda habitual (hipoteca <2013), guardería, eficiencia energética, seguros hogar vinculados hipoteca, donativos, vehículos eléctricos (15% hasta 20.000 €), gastos cuidado ascendientes/discapacitados.



