José Luis Escrivá plantea mecanismos para retrasar la edad de jubilación y acercar la edad real de retiro a la legal, modificando los coeficientes reductores de la jubilación anticipada voluntaria.
El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones negocia con los sindicatos CCOO y UGT y la patronal CEOE la reforma de las pensiones. Entre sus propuestas hay dos mecanismos para incentivar la continuidad en el mercado laboral. De un lado, modificando los coeficientes reductores de la jubilación anticipada y, de otro, bonificando el retraso de la edad de jubilación.
En comparecencia en la Comisión del Pacto de Toledo en el Congreso de los Diputados, José Luis Escrivá ha informado sobre las propuestas que está negociando con los agentes sociales para “alinear la edad efectiva de jubilación con la edad legal a través de mecanismos de fomento del talento sénior” en el mercado laboral «cuya tasa de actividad es mucho más baja que la de países de nuestro entorno».
En la actualidad, la edad real de jubilación está en los 64,6 años y la legal, entre los 65 y 66 años, en función de los años cotizados.
Modificación de los coeficientes reductores
Para ello, Escrivá propone una modificación de los coeficientes reductores en la jubilación anticipada voluntaria. La norma establece que el retiro laboral de forma voluntaria se puede adelantar dos años a la edad legal de jubilación, por lo que en 2021 estaría situado en 64 años. Si bien, ello supone una penalización de entre el 6,5% y el 8% anual en función de los trimestres anticipados y los años de cotización. En la siguiente tabla pueden verse los actuales coeficientes reductores:
CÁLCULO DE LA PENSIÓN EN LA JUBILACIÓN ANTICIPADA VOLUNTARIA Coeficientes reductores según los años cotizados para jubilarse | ||
Coeficiente reductor | Años cotizados | Reducción por año de anticipación |
2% por trimestre | Menos de 38 años y 5 meses | 8% |
1,850% por trimestre | Más de 38 años y 5 meses y menos de 41 años y 5 meses | 7,5% |
1,750% por trimestre | Más de 41 años y 5 meses y menos de 44 años y 5 meses | 7% |
1,625% por trimestre | Más de 44 años y 5 meses | 6,5% |
La propuesta del titular del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es disminuir el coeficiente reductor conforme se va acercando la edad efectiva de jubilación a la ordinaria y haciéndolo de forma mensual, en lugar de trimestral para que favorezcan la permanencia en el empleo. De este modo, y en función de los años de cotización, la penalización sería menor y oscilaría entre un máximo del 21% para aquellos que accediesen a la jubilación 24 meses antes de la edad legal y un mínimo del 2,81% para los que lo hiciesen un mes antes. Actualmente la horquilla está entre el 16% y el 1,6%.
Escrivá señala que el sistema «mejoraría la equidad, ya que los coeficientes se aplicarían sobre la cuantía de la pensión, lo que hará que tengan los mismos efectos para todos, algo que actualmente no sucede, en el caso de los trabajadores que cotizan por la base máxima».
Bonificación del retraso de la edad de jubilación
El objetivo es “incentivar la jubilación demorada” y para aquellos que prolonguen su vida laboral más allá de la edad legal, el ministro propone tres tipos de incentivos: incrementar la pensión un 4% por cada año de demora, un pago único de casi 11.000 euros por año de demora para carreras inferiores a 44 años y medio y mayor para carreras que superen esa extensión y una combinación de ambas.
TABLAS DE LA EDAD DE JUBILACIÓN
Año | Periodos cotizados | Edad de jubilación |
2020 | 37 años o más / Menos de 37 años | 65 años / 65 años y 10 meses |
2021 | 37 años y 3 meses o más / Menos de 37 años y 3 meses | 65 años / 66 años |
2022 | 37 años y 6 meses o más / Menos de 37 años y 6 meses | 65 años / 66 años y 2 meses |
2023 | 37 años y 9 meses o más / Menos de 37 años y 9 meses | 65 años / 66 años y 4 meses |
2024 | 38 años o más / Menos de 38 | 65 años / 66 años y 6 meses |
2025 | 38 años y 3 meses o más / Menos de 38 años y 3 meses | 65 años / 66 años y 8 meses |
2026 | 38 años y 3 meses o más / Menos de 38 años y 3 meses | 65 años / 66 años y 10 meses |
A partir de 2027 | 38 años y 6 meses o más / Menos de 38 años y 6 meses | 65 años / 67 años |
Jubilación parcial
El ministro también quiere limitar la modalidad de jubilación parcial, que permite compatibilizar ingresos por trabajo y por jubilación a quien se retire en jornada parcial, opción factible hasta cuatro años antes del límite legal.
En la actualidad, la ley permite concentrar todo el tiempo que se tiene que trabajar en un año y luego no continuar la actividad laboral. Lo que se pretende es desincentivar esta opción limitando la concentración de la jornada en el 60%.
Revalorización de las pensiones
La propuesta del ministro es que la prestación se revalorice según el IPC del año previo y, para evitar minoraciones de la pensión durante años con inflación negativa, se compensarán a lo largo de los tres años siguientes con valores positivos. El mecanismo se avaluará cada lustro por el Pacto de Toledo.
Cláusulas forzosas
Respecto a las cláusulas de jubilación forzosa establecidas por convenio colectivo, Escrivá propone no aplicarlas hasta los 68 años, con políticas activas para incentivar la permanencia. «No obstante, para las cláusulas que se hubieran incluido en los convenios colectivos bajo la normativa actual, se pondría en marcha después de la finalización del convenio y existiría un periodo transitorio».
Nuevo sistema de cotización para autónomos
Este nuevo sistema, que está en negociaciones con las asociaciones de autónomos, se aplicaría a partir de 2022 con un periodo transitorio. El planteamiento parte de 13 tramos “para facilitar la máxima flexibilidad a cada trabajador, ya que cuantos más
tramos, cada trabajador tiene mayores posibilidades de adaptación a su capacidad de pago”.
La flexibilidad sería temporal, ya que cada trabajador autónomo podría elegir provisionalmente su base de cotización en función
de previsiones de rendimientos, con la posibilidad de modificar su elección varias veces a lo largo del año.
De este modo, el ministro quiere dar cumplimiento a las nuevas recomendaciones del Pacto de Toledo y en una segunda fase se atenderán otras propuestas. Escrivá ha puesto en valor el “amplio consenso” que hubo en el Congreso en octubre, cuando se votaron las nuevas recomendaciones, que “serán la guía de la actuación del ministerio de cara a la modernización del sistema de pensiones […] Nuestro trabajo consiste en trasladar esas recomendaciones en medidas concretas, como ya estamos haciendo y en diálogo constante con los interlocutores sociales”.