El acuerdo entre Gobierno, sindicatos y patronal sustituye el anterior factor de sostenibilidad, empleado para ajustar el gasto, por el denominando factor de equidad intergeneracional. Las pensiones se actualizarán con el IPC y se incentiva el retraso de la jubilación.
Revalorización de las pensiones
La nueva reforma de las pensiones recoge las nuevas recomendaciones del Pacto de Toledo y recupera el Índice de Precios al Consumo (IPC) para revalorizar anualmente las pensiones, de tal manera que se utilizará el IPC de cierre del año para calcular la actualización de las prestaciones. En caso de producirse una bajada de los precios, los pensionistas no perderán poder adquisitivo y se mantendrá la revisión anterior.
De este modo se deroga el mecanismo diseñado en la reforma de las pensiones de 2013 que contemplaba un factor de sostenibilidad en función de la esperanza de vida del momento y cuya entrada en vigor estaba fijada en 2023. Con este mecanismo se pretendía ajustar el gasto en pensiones, que va creciendo conforme pasan los años por el envejecimiento de la población. En los próximos meses se trabajará en el diseño de un nuevo esquema denominado factor de equidad intergeneracional-
Incentivar el retraso de la jubilación
Con el objetivo de prorrogar las carreras laborales se establecen unos mecanismos de incentivo al retraso de la edad de jubilación:
Jubilación anticipada
En la actualidad, la edad legal de jubilación está situada en los 66 años para aquellos que hayan cotizado por debajo de 37 años y tres meses y de 65 para los que tengan vidas laborales más largas. Sin embargo, la edad efectiva de jubilación es de 64 años y seis meses, según el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), ya que se usan fórmulas para anticipar la edad legal de jubilación (jubilación anticipada voluntaria (64 años) e involuntaria (62 años).
Para ello se van a aumentar las penalizaciones de los coeficientes reductores de aquellos que se acogen a la jubilación anticipada voluntaria, que actualmente oscilan entre el 6,5% y 8% anual, y se suavizan los coeficientes conforme se acerca la edad de jubilación a la edad ordinaria.
El nuevo mecanismo ya no contempla coeficientes reductores por trimestre, sino por mes. De este modo, la penalización puede llegar al 21% para quienes decidan retirarse 24 meses antes de cumplir la edad legal y que hayan cotizado mendos de 38 años y medio, o del 13% cuando se tengan cotizaciones de 44 años y medio. En cambio, si el retiro laboral se produce, por ejemplo, un mes antes de la edad legal, el recorte es del 3,26% y 2,81%, respectivamente.
En el caso de las jubilaciones anticipadas involuntarias, que se producen como por ejemplo a consecuencia de un despido, no se penalizan, sino que se mejoran.
Jubilación demorada
La reforma también busca incentivar el retraso de la edad de jubilación (que en 2027 se situará en 67 años, algo que no se cambia respecto a la anterior norma) a través de un incremento del 4% de la prestación o un único pago por cada año que se retrase la edad respecto a la legal.
Jubilaciones forzosas
La nueva reforma pretende frenar las jubilaciones forzosas y se prohíben antes de los 68 años de forma general, con excepciones, como en aquellas actividades con baja presencia femenina y en los que la salida de un varón conlleve la contratación de una mujer. Otra condición es que el jubilado forzoso tendrá que tener derecho a 100% de su pensión.
Cotización de autónomos
Queda para otro acuerdo la concreción de un nuevo sistema de cotización para autónomos que se ajuste a los ingresos reales y contemple una subida gradual de las bases máximas de cotización. De momento, sobre la mesa hay una propuesta del Gobierno y cuyo desarrollo e impacto puedes leer en el último informe del Pensiómetro, el barómetro de las pensiones en España del Instituto Santalucía.
Si todo el desarrollo normativo sigue su cauce, la reforma de las pensiones pactada por el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, junto con UGT, CCOO y CEOE entrará en vigor en enero del próximo año.