¿Sabes cómo pedir el borrador de la Renta? Aquí tienes todas las opciones.
Como cada año llega el momento de cumplir con Hacienda, estamos en plena campaña de la declaración de la renta 2022 – 2023. Ya puedes ir solicitando tus datos fiscales y el 11 de abril, el borrador de la renta. Te explicamos lo que debes de hacer antes de confirmarlo.
¿Tengo que presentarla?
Lo primero es saber si estás obligado o no a presentar el trámite. Para ello, te mostramos los casos que te exentan de realizar el ejercicio:
- Si posees una renta que no supere los 22.000 euros anuales, provenientes de un único pagador.
- Si tu renta no supera los 14.000 euros anuales procedentes de más de un pagador, siempre y cuando no superes los 1.500 euros, esto también se aplica a las prestaciones pasivas recibidas. Este es el caso de los afectados por un ERTE y personas con pensiones compensatorias y rendimientos con retención fija.
- Si los ingresos procedentes de rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del Tesoro, subvenciones de viviendas de protección y beneficios patrimoniales procedentes de prestaciones públicas, no superas los 1.000 euros.
- En el caso de que los rendimientos de capital, ganancias patrimoniales y actividades económicas no superen los 1.000 euros, estén o no sujetas a una retención o ingreso a cuenta.
- Si has sufrido pérdidas patrimoniales que no superen los 500 euros.
¿Cómo pedir el borrador de la renta?
Tras saber si estás o no obligado a presentar la declaración, es momento de conocer el procedimiento de cómo pedir el borrador de la renta. Hay varias maneras de solicitar el borrador: online, mediante llamada telefónica y de forma presencial. Nos vamos a centrar en la modalidad online.
Obtención del número de referencia
Para poder acceder y solicitar el borrador de la declaración es preciso disponer de un número de referencia, que es el que debemos introducir en la plataforma RENTA WEB, que es el sitio web que la Agencia Tributaria facilita para poder tramitar el ejercicio. Para obtener el número de referencia tienes estas tres opciones:
- Mediante el sistema Cl@ve PIN, el cual te permite identificarte y acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
- A través del número del Certificado Digital de Persona Física de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
- Con el dato de la casilla 505 del trámite de la renta del año anterior.
Una vez hayas conseguido entrar a la plataforma, debes pinchar en Servicio de tramitación borrador/declaración. Cuando hayas accedido podrás rellenar, ver y modificar el borrador entrando en: declaración/borrador.
Información y datos que necesitas
Tras conocer cómo pedir el borrador de la renta, es preciso saber la información que necesitamos para poder rellenar el borrador. Para ello, tenemos que tener presentes casi todos los datos fiscales, te mostramos a continuación los imprescindibles:
- Documentos de la empresa: dinero del sueldo, las retenciones que se han aplicado a este y papeles de despido si fuese preciso.
- Documentos bancarios: registros de los movimientos realizados que afecten al trámite (ej. Deducciones).
- Documentos de vivienda: si se ha comprado una nueva vivienda; recibos de hipoteca; en el caso de los alquileres, el NIF del arrendador; y las referencias catastrales.
También es necesario que tengas en cuenta tus ingresos y las rentas del trámite del año anterior, al mismo tiempo conocer qué tramo se te va a aplicar del IRPF y si te va a salir a pagar o a devolver. Parte de estos datos te los proporciona Hacienda con los datos que hayas ido proporcionando años anteriores.
Cómo modifico el borrador
Ya sabemos cómo pedir el borrador de la renta, ahora toca conocer cómo se puede modificar en caso de que haya algún dato erróneo. Cuando tenemos enfrente el borrador, debemos revisar minuciosamente cada dato que hay en él (DNI, número de afiliación a la Seguridad Social, domicilio, estado civil, información de cónyuge e hijos, datos fiscales y de patrimonio…).
Si revisando esta información detectamos que falta o hay algún dato incorrecto, tendremos que modificar el borrador ¡es muy sencillo! Debemos acceder a la web de la Agencia Tributaria y hacer clic en “Renta 2022” y pulsar modificar, ahí podrás añadir y cambiar la información.
¿Y si me he equivocado?
En el caso de enviar la declaración con un error, debemos avisar a la Agencia Tributaria a través de dos formas diferentes en función del perjudicado:
- Soy el perjudicado: se debe presentar una solicitud de rectificación de autoliquidación.
- Hacienda es la perjudicada: hay que realizar una declaración complementaria en el plazo de la declaración normal. Si Hacienda encuentra un error no rectificado puede multar a la persona física.
Si a lo largo de la lectura te han surgido más dudas sobre cómo hacer la declaración de la renta desde Instituto Santalucía te facilitamos las siguientes entradas a nuestro blog que pueden servirte de ayuda: Ingreso Mínimo Vital en la declaración de la renta; ERTE en la declaración de la renta; mínimo para hacer la declaración de la renta.