¿Sabías que con el cambio de año se atrasa la edad para acceder a la jubilación anticipada involuntaria? Tiene que ver con el retraso de la edad de jubilación legal en 2021.

Índice
Edad de jubilación en 2021
En 2021 se retrasa la edad de jubilación hasta los 66 años, desde los 65 años y 10 meses del año pasado, para aquellos trabajadores que coticen menos de 37 años y 3 meses. Por encima de estos años de cotización, la edad legal permanece en los 65 años.
Hasta 2027, el retiro laboral se va retrasando de forma progresiva, añadiendo a cada año dos meses a la edad de jubilación, de tal manera que, para entonces, la edad de jubilación ordinaria quedará situada a los 67 años para quienes coticen menos de
38 años y medio. Por encima, se mantiene también en los 65 años.
TABLAS DE LA EDAD DE JUBILACIÓN
Año | Periodos cotizados | Edad de jubilación |
2021 | 37 años y 3 meses o más Menos de 37 años y 3 meses | 65 años 66 años |
2022 | 37 años y 6 meses o más Menos de 37 años y 6 meses | 65 años 66 años y 2 meses |
2023 | 37 años y 9 meses o más Menos de 37 años y 9 meses | 65 años 66 años y 4 meses |
2024 | 38 años o más Menos de 38 | 65 años 66 años y 6 meses |
2025 | 38 años y 3 meses o más Menos de 38 años y 3 meses | 65 años 66 años y 8 meses |
2026 | 38 años y 3 meses o más Menos de 38 años y 3 meses | 65 años 66 años y 10 meses |
A partir de 2027 | 38 años y 6 meses o más Menos de 38 años y 6 meses | 65 años 67 años |
Fuente: Elaboración propia con datos de la Seguridad Social
Jubilación anticipada forzosa o involuntaria en 2021
A consecuencia del retraso de la edad de jubilación, la jubilación anticipada involuntaria también se atrasa desde los 61 años, en los que estaba situada el año pasado, a los 62 años actuales.
Requisitos para acceder a la jubilación anticipada a los 62 años
Como su propio nombre indica, la jubilación anticipada involuntaria se produce no a deseo del trabajador, sino por un proceso de despido, por fallecimiento, jubilación o incapacidad permanente del empleador, por fuerza mayor, causa judicial o ser víctima de violencia de género.
La ley establece que se puede acceder a ella con cuatro años de anterioridad a la edad legal de jubilación, habiendo cotizado un mínimo de 33 años.
A la hora de solicitar la jubilación anticipada a los 62 años se deben tener en cuenta los siguientes requisitos, si desde que el contrato se ha dado por finalizado hasta que esa persona solicitada la jubilación, no se ha vuelto a registrar en la Seguridad Social, a excepción de estos casos:
- Haya obtenido ayudas por estar en una situación de desempleo debido a la interrupción del trabajo anterior a abril de 2013.
- Haya obtenido una prestación anterior a la jubilación general a causa de la finalización del contrato de trabajo anterior a abril de 2013.
- Haya estado dado de alta en el sistema especial de trabajadores de manera ajena en el sector agrario por una situación de paro.
- Haya estado autorizado en alguna modalidad de convenio especial que no tenga relación con la actividad de un trabajo.
- Haya contribuido en un trabajo o una actividad sin importancia.
Cálculo de la pensión en la jubilación anticipada involuntaria
Coeficiente reductor por solicitar la jubilación anticipada a los 62 años
El coeficiente reductor es un porcentaje de reducción del importe de la pensión de jubilación, este aumenta a medida que el trabajador va adelantando su jubilación. Es decir, cuanto antes te jubiles, menor será la cantidad de pensión que recibirás.
Este coeficiente reductor actúa de la siguiente manera: se descontará de la pensión por cada trimestre que se quiera anticipar la edad legal de jubilación, también influye el tiempo que hemos estado cotizando durante nuestra vida laboral.
Coeficientes reductores según los años cotizados para jubilarse | ||
Coeficiente reductor | Años cotizados | Reducción por año de anticipación |
1,875% por trimestre | Menos de 38 años y 5 meses | 7,5% |
1,750% por trimestre | Más de 38 años y 5 meses y menos de 41 años y 5 meses | 7% |
1,625% por trimestre | Más de 41 años y 5 meses y menos de 44 años y 5 meses | 6,5% |
1,5% por trimestre | Más de 44 años y 5 meses | 6% |
Estas penalizaciones se aplican todos los años que el beneficiario de dicha pensión disfrute de la jubilación anticipada.
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