Renta 2019: ¿cuáles son las deducciones y desgravaciones de la declaración?


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Aunque año tras año, la Agencia Tributaria mejora su servicio web y el borrador de la declaración de la renta 2019 es cada vez más completo, hay que revisarlo con tranquilidad para confirmar que los datos que disponen sobre nosotros son correctos y para añadir otros que Hacienda desconoce.

Vamos a desgranar qué deducciones y desgravaciones existen y debemos incluir y/o asegurarnos que ya vienen registradas en el borrador de la renta 2019 para reducir nuestra base imponible (ingresos a declarar). De este el modo, el tramo del IRPF puede ser inferior al inicialmente previsto y, en consecuencia, pagar menos impuestos.

Pero antes, entendamos la diferencia entre desgravación y deducción. En el caso de la primera, nos desgravamos la cantidad exacta e íntegra de lo abonado; en la segunda, solo nos deducimos una parte.

Renta 2019: reducciones de la base imponible

A parte de los mínimos personal y familiar ya recogidos por defecto en la declaración, estas son otras partidas a tener en cuenta para reducir el importe a pagar en la renta 2019.

  • Aportaciones a sistemas de previsión social: las cantidades aportadas a lo largo del año pasado a planes de pensiones, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados (PPA), planes de previsión social empresarial (planes de empleo) y primas a seguros que cubran el riesgo de dependencia severa o gran dependencia reducen la base imponible hasta un máximo de 8.000 euros o el 30% de los ingresos. En caso de seguro colectivo de dependencia contratado por empresas, a partir de 2013 tiene un límite adicional de 5.000 euros. Asimismo, los contribuyentes con cónyuge sin ingresos o inferiores al límite de desgavación podrán reducir la base en 2.500 euros, siempre que no quede una base liquidable negativa. Para las personas con discapacidad, el límite máximo es de 24.245 euros, otros 10.000 para aquel familiar que le tenga a su cargo.
  • Pensiones compensatorias y alimenticias: en caso de separación legal, los contribuyentes que abonen pensiones compensatorias a su excónyuge y/o alimenticias.
  • Por maternidad: Madres trabajadoras con menores de 3 años pueden deducirse 1.200 euros.
  • Vivienda: las viviendas habituales adquiridas antes de 2013 aún se pueden beneficiar de la deducción por la compra con un límite máximo de 9.040 euros. En el caso del alquiler, para inquilinos con arrendamientos anteriores a 2015 pueden beneficiarse de una reducción del 10% de la renta siempre cuando sus ingresos sean inferiores a 24.107 euros. Para los propietarios todavía se mantiene la deducción del 60% de los rendimientos obtenidos por el alquiler y los gastos de reforma del inmueble.
  • Gastos en defensa jurídica: el coste de la defensa jurídica en procesos laborales puede deducir la base con un límite de 300.
  • Cuotas: si es afiliado de un sindicato, militante de un partido político o colegiado las cantidades aportadas también disminuyen la cantidad a declarar en un 20% y hasta un máximo de 600 euros.
  • Donativos: el dinero donado a ONGs tienen un sistema de deducción en función de las cantidades y el tiempo de la donación. Por ejemplo, los primeros 150 euros están beneficiados fiscalmente al 75%, las siguientes donaciones tendrán una reducción adicional del 30% ó 35% si la donación es recurrente (dos años de antigüedad).
  • Comunidad autónoma. Cada comunidad tiene, además, sus propias deducciones y/o desgravaciones por hijos, compra de libros de texto y/o uniforme escolar, guarderías, vehículos eléctricos, etc. Puede consultar una guía de las deducciones autonómicas del IRPF para la renta 2019.

En nuestro blog, puedes encontrar más información sobre la renta 2019, como el calendario fiscal, cómo obtener el borrador del IRPF o la fiscalidad del rescate del plan de pensiones, especialmente interesante para aquellos contribuyentes que por necesidad se vean obligados a solicitar su reembolso para afrontar la situación de confinamiento provocada por la pandémica del coronavirus.

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