Tras conocerse el dato de la inflación de noviembre, la revalorización de las pensiones en 2024 se situará en el 3,8%, que es la media del IPC en el último año.
En noviembre, el Índice de Precios al Consumo se situó en el 3,2%, según el dato publicado por el Instituto Nacional de Estadística. Esta cifra es importante ya que se toma como referencia para la revalorización de las pensiones al siguiente año. El cálculo es un promedio de la inflación desde diciembre de 2022 hasta noviembre de 2023, según marca la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, que dice que «las pensiones de Seguridad Social, en su modalidad contributiva, incluido el importe de la pensión mínima, se revalorizarán al comienzo de cada año en el porcentaje equivalente al valor medio de las tasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del Índice de Precios al Consumo de los doce meses previos a diciembre del año anterior».
Índice
Pensión media contributiva
De este modo, a partir del 1 de enero, la revalorización de las pensiones contributivas será de 52 euros hasta los 1.380 euros mensuales.
Pensión máxima
La pensión máxima para los jubilados ya superó el año pasado los 3.000 euros, y en 2024 se situará en en concreto se situará en 3.174 euros.
Pensión no contributiva
Por su parte, las pensiones no contributivas mantendrán un incremento para el próximo año del 6,76%.
Pensión de viudedad
La pensión media de viudedad pasará a los 1.033 euros mensuales con cargas familiares.
Pensión de orfandad
La pensión de orfandad pasará de los 397 euros a 496 euros.
Pensión por incapacidad permanente
La pensión por incapacidad permanente gran invalidez se sitúa en 1.549,9 mensuales y absoluta en 1.033, 3 euros.
Titulares | |||
Clase de pensión | Con cónyuge a cargo – Euros/año |
Sin cónyuge: Unidad económica unipersonal – Euros/año |
Con cónyuge no a cargo – Euros/año |
Jubilación | |||
Titular con sesenta y cinco años. | 14.466,20 | 11.552,80 | 10.966,20 |
Titular menor de sesenta y cinco años. | 14.466,20 | 10.808,00 | 10.215,80 |
Titular con sesenta y cinco años procedente de gran invalidez. | 21.698,60 | 17.329,20 | 16.448,60 |
Incapacidad Permanente | |||
Gran invalidez. | 21.698,60 | 17.329,20 | 16.448,60 |
Absoluta. | 14.466,20 | 11.552,80 | 10.966,20 |
Total: Titular con sesenta y cinco años. | 14.466,20 | 11.552,80 | 10.966,20 |
Total: Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años. | 14.466,20 | 10.808,00 | 10.215,80 |
Total: Derivada de enfermedad común menor de sesenta años. | 8.516,20 | 8.516,20 | 8.443,40 |
Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con sesenta y cinco años. | 14.466,20 | 11.552,80 | 10.966,20 |
Viudedad | |||
Titular con cargas familiares. | 14.466,20 | ||
Titular con sesenta y cinco años o con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100. | 11.552,80 | ||
Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años. | 10.808,00 | ||
Titular con menos de sesenta años. | 8.752,80 |
Clase de pensión | Euros/año |
Orfandad | |
Por beneficiario. | 3.533,60 |
Por beneficiario menor de 18 años con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100. | 6.946,80 |
En la orfandad absoluta el mínimo se incrementará en 8.752,8 euros/años distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios. | |
Prestación de orfandad | |
Un beneficiario. | 10.584,00 |
Varios beneficiarios: a repartir entre número de beneficiarios. | 17.841,60 |
En favor de familiares | |
Por beneficiario. | 3.533,60 |
Si no existe viudo ni huérfano pensionistas | |
Un solo beneficiario con sesenta y cinco años. | 8.534,40 |
Un solo beneficiario menor de sesenta y cinco años. | 8.043,00 |
Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 5.219,20 euros/año entre el número de beneficiarios. |
Fuente: Revista Seguridad Social.
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