Mi carrera laboral y de cotizaciones como trabajador con discapacidad (I)


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Como trabajador con discapacidad, es importante que desde el primer momento conozcas todos los detalles que relacionan tu carrera laboral con la forma en la que cotizarás a lo largo de los próximos años.

Índice

La cotización en la Seguridad Social

Para las personas con algún tipo de discapacidad existe un sistema de bonificaciones o reducciones en las bases de cotización a la Seguridad Social que realizan las empresas en nombre del trabajador que pretende favorecer la integración laboral de las personas con discapacidad.

Estas bonificaciones son de mayor cuantía cuando la empresa contrata a personas con discapacidad severa, mujeres, mayores de 45 años y con carácter indefinido. Las reducciones de las que se pueden beneficiar las empresas cuando contraten a personas con discapacidad bajo un contrato de prácticas o de formación y aprendizaje son también mayores cuanto menor sea su tamaño (las pymes se benefician de mayor porcentaje de reducción que las grandes empresas).

Estas bonificaciones y reducciones, en cambio, no afectan a los derechos de pensión futuros de las personas con discapacidad de ninguna manera, ni positiva ni negativamente. Es decir, la pensión por jubilación de estas personas no se verá alterada por el hecho de que la empresa se haya beneficiado de estas bonificaciones en la contratación de estas personas.

Por otro lado, las personas con discapacidad pueden adelantar la edad ordinaria de jubilación mucho más que aquellas que no presentan discapacidad y, además, no se penaliza la cuantía de la pensión por jubilación que reciben como consecuencia de dicho adelanto.

Si un trabajador con discapacidad deja de trabajar, ¿sigue cotizando?

En el supuesto de que el trabajador dejase de trabajar con motivo de su discapacidad y no percibiese ningún tipo de prestación pública por incapacidad permanente o fuese pensionista de jubilación, no cotizaría a la Seguridad Social para su pensión futura de jubilación, salvo que suscriba un convenio especial. Para ello, es necesario que cumpla los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 18 años y menor de 67 años de edad o 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización.
  • Que estén afectadas por un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% para las personas con parálisis cerebral, las personas con enfermedad mental o las personas con discapacidad intelectual o al 65% para las personas con discapacidad física o sensorial.
  • Que no figuren en alta o en situación asimilada a la de alta en ningún régimen del Sistema de la Seguridad Social, ni en cualquier otro régimen público de protección social.
  • Que figure inscrito en los servicios públicos de empleo como demandante de empleo y que no haya estado ocupado por un período mínimo de seis meses, inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de suscripción de este convenio.

En el caso de que dejase de trabajar pero se convirtiese en desempleado, obtendría una prestación por desempleo de la que se detraería la cotización para su jubilación.

Naturaleza del empleo

Aquellos trabajadores que trabajen a tiempo parcial y coticen por un menor número de horas, independientemente de que tengan discapacidad o no, o aunque sea por esta causa, en el caso de que tengan alguna discapacidad, tendrán derecho a una pensión por jubilación cuya cuantía será inferior a la que optarían si trabajasen a jornada completa.

Discriminación de remuneraciones o cotizaciones de los trabajadores con discapacidad

Las personas con una discapacidad igual o superior al 33% sufren una cierta discriminación salarial, al menos de hecho, ya que, en 2013 (último dato disponible), obtuvieron una ganancia bruta anual alrededor de un 16% inferior a la de las personas sin discapacidad. Incluso a igual ocupación o jornada laboral, la diferencia es significativa. Esta diferencia es mayor para los trabajadores con discapacidad mental o intelectual, ya que su ganancia anual puede llegar a ser la mitad de la que recibe una persona sin discapacidad.

Ganancia media anual con discapacidad en 2013

cotizacion-trabajadores-con-discapacidad-01

Fuente: Afi, INE

Ganancia media anual de una persona con discapacidad según tipología (nº veces ganancia sin discapacidad) en 2013

cotizacion-trabajadores-con-discapacidad-02

Fuente: Afi, INE

Accede a la guía temática para trabajadores con discapacidad aquí.

3 comentarios en «Mi carrera laboral y de cotizaciones como trabajador con discapacidad (I)»

  1. Pregunta, es cierto que a un discapacitado al cotizar cuatro años le cuentan cinco desde el momento que se le reconoce la discapacidad??
    Muchas gracias

    • Estimado José Javier:
      Gracias por su comentario. No, esto no es cierto.
      No obstante en caso de ser incapacitado ,se puede reducir la edad de jubilación en función del grado de discapacidad reconocido sin aplicarle coeficientes reductores, para ello la causa que originó la incapacidad debe reducir la esperanza de vida del trabajador.
      Saludos,

    • Si. 0.25 por cada año que son 3 meses.
      Por cuatro años cotizados cuentan como 5.
      4×0.25=1.
      También se aplica a la reducción de la edad de jubilación.

Los comentarios están cerrados.

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