Reforma de la pensión de viudedad: una propuesta basada en la situación económica y familiar


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Los actuarios Ainara Arsuaga, Gorka Villanueva e Iñaki de la Peña proponen una revisión de la pensión de viudedad dentro del sistema de pensiones en la revista del Instituto de Actuarios Españoles. Este es un extracto que han realizado para Instituto Santalucía.

pension de viudedad 

En España, el sistema de pensiones no se encuentra en equilibrio financiero-actuarial. Se han tomado medidas que han favorecido el desequilibrio como la vinculación de la revalorización de las pensiones al índice de precios al consumo (IPC), así como la no aplicación de un factor corrector a las prestaciones, entre otros. El Instituto de Actuarios Españoles (IAE, 2019) afirma que “la tentación de cuadrar las cuentas de las pensiones a 12, 24 o 36 meses vista no es la mejor de las decisiones; el de las pensiones es un reto de décadas, un reto indefinido en el tiempo”. La inadecuación actuarial del sistema de pensiones español es cada vez más notoria, como así queda ratificado en dicho informe.

Índice

Peso de la pensión de viudedad en el sistema de pensiones

Una de las pensiones que se piensa en separar de la equivalencia financiero-actuarial del sistema de reparto, es la pensión de viudedad. Esta prestación nació con el fin de ayudar a aquellas viudas que, por el fallecimiento del marido, se quedaban sin los ingresos del hogar, único sustento de la familia. Actualmente, la pensión de viudedad es la segunda pensión que más gasto supone a la Seguridad Social después de la pensión de jubilación, concretamente en el ejercicio 2019, las prestaciones de viudedad supusieron el 17,34% del gasto en pensiones. Esto es, el doble de gasto que las prestaciones de invalidez. Esta prestación tiene además un marcado género femenino, superando los dos millones de perceptoras mientras que los beneficiarios hombres están por debajo de los doscientos mil.

Recomendaciones el Pacto de Toledo

Realizando un análisis de la legislación sobre la prestación de viudedad, nos encontramos con la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, en su Disposición Adicional 25ª, donde se establece que «el Gobierno, siguiendo las recomendaciones del Pacto de Toledo, elaborará un estudio que aborde la reforma integral de la pensión de viudedad”. Se puede afirmar que dicha reforma integral de la prestación no se ha realizado, solamente hay constancia de un estudio y propuesta de reforma en 2009. Esta ley hace referencia al Pacto de Toledo, el cual fue “constituido para analizar y detectar los problemas del Sistema de Seguridad Social y para elaborar un catálogo de posibles líneas de actuación” (Seguridad Social, 2021, B).

En el informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo 2011 en su recomendación trece, se determina que “la Comisión propone la reformulación integral de las prestaciones por muerte y supervivencia -en especial viudedad y orfandad- en línea con lo ya demandado por el Pacto de Toledo en 2003, y que no ha sido llevado a término en su totalidad” (Ministerio de Trabajo e Inmigración, 2011).

Y la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo, en su sesión del día 27 de octubre de 2020 (BOE de 10 de noviembre de 2020), aprobó el Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo donde en la recomendación 13 vuelve a “proponer llevar a cabo de manera gradual la reformulación integral de las prestaciones por muerte y supervivencia -en especial la de viudedad-.”

Por tanto, la pensión de viudedad surgió de la necesidad de paliar la necesidad económica en caso de fallecimiento del cabeza de familia. No obstante, la situación familiar ha evolucionado con el tiempo. Actualmente, hay más de un perceptor de ingresos y existen otras ayudas públicas, con lo que también se debe adaptar la prestación de viudedad (Valenciano, 2011).

Propuesta

Ante ello, el objetivo de este trabajo es plantear una propuesta de una pensión pública de viudedad que incluya un estándar de gasto medio por persona en la unidad familiar. En función de la situación económica y familiar concreta se diseña una pensión pública de viudedad cumpliendo su cometido de ayudar en una situación de necesidad.

Con objeto de completar dicho objetivo, en la primera parte del trabajo se resume el cálculo actual de la pensión pública en España. A continuación, se desarrolla un análisis de la situación de la pensión de viudedad en cuatro países europeos (Alemania, Francia, Reino Unido e Irlanda). Una vez sentadas las bases de lo que está en vigor en la actualidad tanto en España como en los otros cuatro países, se presenta una propuesta de una nueva pensión pública de viudedad, siguiendo con un análisis y discusión de los efectos que tendría comparados con la situación actual y terminando con las conclusiones y las referencias empleadas.

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