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Descubre las 10 claves para hacer la declaración de la renta perfecta

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Casillas clave y tips para aprovechar la declaración de la renta y optimizarla. Te lo contamos todo con las 10 claves para hacer la declaración de la renta perfecta.

Sabemos que, a la hora de ponernos de lleno a realizar el ejercicio, suelen surgir dudas y agobios por no entender algunos conceptos o no saber bien cómo rellenar el borrador. Te ayudamos con estas 10 claves para hacer la declaración de la renta que te ayudarán a hacerla perfecta y sin fallos.

1. Comprueba y repasa el borrador

Para comenzar con las claves de la declaración de la renta queremos recordarte el paso más sencillo y el que más se suele olvidar: Comprobar el borrador. Este paso es tan simple como ir casilla por casilla repasando los datos que ya estaban incluidos en el borrador y sobre todo los nuevos que hayas añadido. ¡Siempre se olvida!

Antes de presentar la declaración y confirmar el borrador, es muy importante que te asegures que toda la información fiscal que te ha facilitado la Agencia Tributaria es correcta. También debes tener en cuenta tus circunstancias familiares y personales como tu estado civil, número de hijos… en el caso de que hayan variado con respecto del ejercicio presentado el año anterior.

En el caso de encontrar algún dato erróneo o querer añadir cualquier otra información nueva como por ejemplo la dirección de tu domicilio actual, puedes modificar el borrador para evitar problemas con Hacienda.

2. Si estás en paro tienes que declarar

Como novedad en la renta 2024/2025, los parados con derecho a prestación están obligados a presentar la renta. Hasta ahora, estaban exentos.

3. Mínimo para declarar

Están obligados a declarar aquellos contribuyentes con ingresos superiores a 22.000 euros brutos anuales de un único pagador y de 15.876 euros con dos o más pagadores, siendo el límite exento de las cuantías de estos en 1.500 euros.

4. ERTE y IMV

Tanto los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) como el Ingreso Mínimo Vital (IMV) deben declararse en la renta, siendo considerados como un segundo pagador. Si las cuantías superan los 1.500 euros y los restantes ingresos brutos procedentes de un pagador los 15.876 euros tendrás que presentar la declaración de la renta 2024/2025.

5. Desgravación por planes de pensiones

El importe sujeto a reducción se ha quedado en los 1.500 euros para planes de pensiones individuales, 8.500 en el caso de los planes de empleo y 4.250 para planes simplificados para autónomos. Es acumulativo el individual con el resto, quedando la desgravación de la siguiente manera:

Tipo de plan de pensionesLímite de desgravación anual
(A) Plan de pensiones individual1.500 euros
(B) Plan de empleo8.500 euros
(C) Plan de empleo simplificado4.250 euros
Total A+B10.000 euros
Total A+C4.750 euros

6. Deducciones por mejora de eficiencia energética

Las principales deducciones por mejoras de eficiencia energética en vivienda y vehículo eléctrico para 2025 son:

Deducciones por eficiencia energética en viviendas

  1. Deducción del 20%:
    • Por reducción del 7% en demanda de calefacción y refrigeración.
    • Límite de 5.000 euros por vivienda.
  2. Deducción del 40%:
    • Por reducción del 30% en consumo de energía primaria no renovable o mejora de calificación energética a «A» o «B».
    • Límite de 7.500 euros por vivienda.
  3. Deducción del 60%:
    • Por mejora energética en edificios residenciales completos.
    • Límite de 15.000 euros por vivienda.

Deducciones por vehículo eléctrico

  1. Deducción del 15% en la compra de vehículos eléctricos nuevos:
    • Límite máximo de 3.000 euros (sobre un coste de hasta 20.000 euros).
  2. Deducción del 15% por instalación de puntos de recarga:
    • Límite de 4.000 euros.

7. Deducción por vivienda

Vivienda habitual en propiedad

Deducción del 15% del importe amortizado en hipotecas para viviendas compradas antes del 1 de enero de 2013, con un límite de 9.000 euros.

    Vivienda en alquiler

    1. Deducción para el inquilino: de hasta el 10,05% de lo abonado en alquiler para contratos anteriores al 1 de enero de 2015, si la base imponible no supera los 24.107,20 euros anuales.
    2. Deducción para el propietario:
      • Deducción general del 50% de los ingresos netos obtenidos del alquiler permanente1.
      • Deducción del 90% si la vivienda está en zona tensionada o se reduce el alquiler un 5% respecto al contrato anterior.
      • Deducción del 70% en los siguientes casos:
        • Alquiler por primera vez a jóvenes de 18-35 años en zona tensionada
        • Vivienda gestionada por entidades sin ánimo de lucro
        • Inquilino en situación económica vulnerable
      • 60% si la vivienda fue rehabilitada en los dos años anteriores al contrato.

    8. Otras deducciones y desgravaciones

    Recuerda que también reducen la base imponible los donativos, familia numerosa, maternidad o paternidad para progenitores trabajadores (uno de los dos) y menores de tres años, guardería, pensiones alimenticias, litigios labores afiliación a colegios profesionales, partidos políticos y sindicatos.

    Asimismo, en ocasiones se suelen olvidar, pero dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que residas puedes aplicar aquellas deducciones a las que tengas derecho. Estas dependen de las circunstancias familiares y personales en las que te encuentres, al mismo tiempo también influirá las inversiones (no empresariales), la aplicación de renta o subvenciones. ¡No te olvides de revisarlas!

    9. ¡No esperes al último momento!

    Siguiendo con las claves de la declaración de la renta, te traemos otra que parece típica, pero en muchas ocasiones se pasa por alto. ¡No esperes al final de la campaña para hacer la declaración! A la hora de hacer el ejercicio e ir repasando el borrador pueden aparecer dudas y problemas de última hora que no puedas resolver a tiempo. Aquí tienes el calendario de la renta 2024/2025

    • Del 2 de abril al 30 de junio de 2025: presentación por Internet.
    • Del 6 de mayo al 30 de junio de 2025: presentación telefónica (con solicitud de cita previa desde el 29 de abril).
    • Del 2 de junio al 30 de junio de 2025: presentación presencial en oficinas (con solicitud de cita previa desde el 29 de mayo).
    • 25 de junio de 2025: fecha límite para declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria.
    • 30 de junio de 2025: fin de la campaña de la renta.  

    10. No te quedes con las dudas

    Si a lo largo de la lectura de las claves de la declaración de la renta, te han surgido dudas sobre la presentación del ejercicio, te animamos a que consultes las siguientes entradas de nuestro blog: ERTE y declaración de la renta; mínimo para hacer la declaración de la renta.

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