¿Jubilación anticipada tras la emergencia sanitaria?


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Si eres un trabajador por cuenta ajena y tras la emergencia sanitaria te ronda la cabeza la posibilidad de solicitar la jubilación anticipada, ¡sigue leyendo! En la última entrada de nuestro blog detallamos todo lo que debes saber: tipos, requisitos, reducciones…

Los últimos datos del Gobierno siguen confirmándolo. Por fin estamos lográndolo. La curva de contagios se está doblegando. Así, tal como se ha anunciado recientemente, en breve, comenzamos el proceso de desescalada en el que progresivamente y por fases se irán aligerando las restricciones de movilidad, así como reactivando la actividad económica y la actividad social hasta que logremos llegar a la denominada “nueva normalidad”.

Efectivamente, volveremos a un contexto de normalidad, pero diferente al que dejamos. Y es que esa “nueva normalidad” se enmarcará en un contexto de recesión económica.

Si bien, muchos ya conocen lo que es contexto trae consigo, pues no hace tanto tiempo, nuestro país se vio afectado por la crisis financiera de 2008, en la que muchos trabajadores se vieron abocados a una situación más o menos prolongada de desempleo.

El paro es lo que más preocupa a los trabajadores una vez se supere la emergencia sanitaria. Y quizá, ante la expectativa de un aumento considerable del desempleo (este año, la tasa de paro superará el 20% según el FMI), muchos profesionales que hayan cumplido ya los 60 años estén dándole vueltas a la posibilidad de solicitar la jubilación anticipada ante un posible despido o, aunque no sea este el caso, le den vueltas al asunto para disfrutar de más tiempo de retiro.

Si esta idea te ronda por la cabeza, lo más conveniente es:

  • Calcular qué pensión te quedaría
  • Conocer qué fórmulas de jubilación anticipada existen
  • Confirmar si cumples los requisitos para poder optar a la jubilación anticipada

¿Puedo solicitar la jubilación anticipada a los 63 años?

Efectivamente. Conforme a la legislación vigente, las personas con 63 años cumplidos pueden solicitar la jubilación anticipada voluntaria en 2020, puesto que su edad es inferior en dos años (como máximo) a la edad legal de jubilación. Ten en cuenta que cada año la edad de jubilación avanza un poco hasta que en 2027 alcance los 67 años de edad.

Esto ahora es así, pero no siempre lo ha sido. La legislación anterior establecía que la edad de jubilación anticipada se situaba en los 61 años, con independencia de la edad ordinaria de jubilación. El requisito imprescindible era acreditar haber cotizado como mínimo 30 años.

Aún a día de hoy, trabajadores cuyo contrato se hubiese extinguido antes del 1 de abril de 2013 debido a la situación de crisis económica de 2008 pueden acogerse a la ley anterior.

Cuánto me queda de pensión al optar por la jubilación anticipada voluntaria a los 63 años

Al jubilarnos antes de tiempo, a la pensión que nos corresponda conforme a lo cotizado en nuestra vida laboral se le aplica un coeficiente reductor.

¿Qué es un coeficiente reductor? Es un porcentaje que se descuenta de la prestación que nos quedaría como pensión por jubilación. Este porcentaje de reducción se aplicaría por cada trimestre de anticipación a la edad ordinaria de jubilación que rija en ese momento.

No obstante, tengamos en cuenta que este coeficiente reductor no depende solo de los trimestres de anticipación, sino también del tiempo que hayamos cotizado a lo largo de nuestra vida laboral.

Coeficientes reductores de la jubilación anticipada voluntaria

Como hemos señalado, dependiendo del número de trimestres de anticipación y del tiempo cotizado, los coeficientes que se aplicarían en el caso de una jubilación anticipada voluntaria serían:

Tiempo cotizado Coeficiente reductor
Menos de 38 años y 6 meses 2% por trimestre
38 años y seis meses o más, pero menos de 41 años y 6 meses 1,875% por trimestre
41 años y 6 meses o más, pero menos de 44 años y 6 meses 1,750% por trimestre
44 años y 6 meses o más 1,625% por trimestre

Jubilación anticipada forzosa a los 61 años

Existen otros casos en los que un trabajador por cuenta ajena también puede solicitar la jubilación anticipada a los 61, siempre que se dé una situación denominada “forzosa”.

Esta situación forzosa se produce cuando el empleado no es el que decide, sino la empresa, ya sea por necesidad o por voluntad de la compañía. Eso sí, constituye requisito para poder optar a ella que se produzca un despido, bien individual, bien colectivo.

Conforme avance la edad legal de jubilación -hasta situarse en los 67 años en 2027-, el trabajador deberá tener cumplida una edad que sea inferior en cuatro años, como máximo, a la edad ordinaria de jubilación que rija en momento de la solicitud, que este año 2020, se establece en los 61 años.

Pero la posibilidad de jubilación anticipada forzosa también puede darse en otros supuestos que enumeramos a continuación:

  • Si el empleador fallece
  • Si el empleador se jubila
  • En caso de incapacidad permanente del empleador
  • Por ser víctima de violencia de género
  • Por causa de fuerza mayor o judicial

Los coeficientes reductores que aplicarían son:

Tiempo cotizado Coeficiente corrector
Menos de 38 años y 6 meses 1,875% por trimestre
38 años y seis meses o más, pero menos de 41 años y 6 meses 1,750% por trimestre
41 años y 6 meses o más, pero menos de 44 años y 6 meses 1,625% por trimestre
44 años y 6 meses o más 1,500% por trimestre

Jubilación anticipada por trabajo penoso

Otra fórmula de jubilación anticipada es la que podría darse en caso de “trabajo penoso”. Si a lo largo de su vida laboral, un trabajador ha realizado un trabajo considerado “penoso, peligroso o tóxico”, puede acceder a la jubilación anticipada a partir de los 52 años. La razón viene dada por que su salud puede estar afectada al haber desempeñado esa labor.

Los trabajos que se incluyen dentro de esta categoría son los de minero, personal de vuelo, trabajadores ferroviarios, artistas profesionales, profesionales taurinos, bomberos y ertzainas. En función de la profesión, la edad concreta para poder acceder a este tipo de jubilación se sitúa entre los 52 y los 60 años.

Otra cuestión importante a tener en consideración es que en este tipo de jubilación anticipada, no se aplican coeficientes de reducción.

Jubilación anticipada en caso de trabajadores con discapacidad

En el caso de las personas con discapacidad, según la enfermedad por la que le haya sobrevenido esa discapacidad, también pueden optar a la jubilación anticipada.

Para poder acceder a ella, la discapacidad debe estar oficialmente reconocida con un grado mínimo del 45%. Además, quien la solicita debe tener reconocidos 15 años de trabajo y cotización. En este caso, el trabajador puede acceder a la jubilación anticipada por discapacidad a los 56 años.

Si la discapacidad reconocida lo es en un grado del 65% o superior, con independencia de cuál sea la enfermedad que la ha generado, podría solicitar la jubilación anticipada a los 52 años.

En este caso, como en el anterior, no se aplica coeficiente reductor a la hora de calcular la pensión por jubilación a percibir.

13 comentarios en «¿Jubilación anticipada tras la emergencia sanitaria?»

  1. Me puedo jubilar a los 63 con mis años cotizados, si ahora me han incluido en un ERTE por el estado de alarma.

  2. Tengo 62 años i 30 años trabajados en profesion de riesgo como enfermera -si el covid 19 no es un riesgo que sera entonces? Me puedo jubilar ya? Y que tanto por ciento me quitan y si este tanto por ciento es solo hasta los 65 años y si a partir de los 65 años cobrare el 100%

  3. Me parece vergonzoso lo que hace el gobierno.que una persona tenga que trabajar 33 y más años para jubilarte a los 65 .una trabajadora de hostelería limpiadora como puede trabaja.a los 62 y más .por qué los políticos no se jubilan a la misma edad .y cobran lo mismo que un trabajador.

  4. He cumplido 61 años en abril /2020, soy enfermera,tengo cotizados más de 33 años,entre Suiza i España.
    Puedo pedir la jubilación anticipada ?.
    Gracias.

  5. Hola
    Me llamo luis tengo 58 años soy celador de la sanidad en la UCI los ultimos15 de los 39 años cotizados como celador mas 5 de autonomo
    Soy personal de riesgo
    Soy asmatico y bronquitis cronica
    Tengo panico a ir a trabajar al holpital
    Me podria jubilar por ser personal de riesgo??

  6. Buenas noches, ¿yo me puedo jubilar ya? No tengo trabajo, tengo 62 años y 21 años de aportaciones. Ojalá, muchas gracias.

  7. Hola Cumplo 62 en octubre 2020,soy guia oficial de turismo soy autónoma actualmente pero trabaje para terceros tengo 29 cotizado en españa y 4 en francia, total 33 tengo podria pedirla ya… Muchas gracias

Los comentarios están cerrados.

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