Te detallamos todas las novedades en pensiones para este año 2023, entre las que destacan el retraso de la edad de jubilación y de la jubilación anticipada, los años de cotización, revalorización de pensiones y fiscalidad en planes de pensiones.
Índice
Edad de jubilación en 2023
Año nuevo, edad de jubilación nueva. Una de las principales novedades en pensiones viene tras la reforma de las pensiones de 2013, en la que se estableció que cada año la edad ordinaria de jubilación se va retrasando desde los 65 año hasta los 67 años, que se alcanzará en 2027, a razón de dos meses por año trabajado.
De tal manera que este 2023, la retirada del mundo laboral se encuentra en 66 años y cuatro meses para aquellas personas que hayan cotizado menos de 37 años y nueve meses. En el caso de que se haya llegado a superar estos años de cotización, se podrá optar a la jubilación con 65 años.
TABLAS DE LA EDAD DE JUBILACIÓN
Año | Periodos cotizados | Edad de jubilación |
2013 | 35 años y 3 meses o más
Menos 35 años y 3 meses |
65 años
65 años y 1 mes |
2014 | 35 años y 6 meses o más
Menos 35 años y 3 meses |
65 años
65 años y 2 meses |
2015 | 35 años y 9 meses o más
Menos 35 años y 3 meses |
65 años
65 años y 3 meses |
2016 | 36 años o más años
Menos 36 años |
65 años
65 años y 4 meses |
2017 | 36 años y 3 meses o más
Menos 36 años y 3 meses |
65 años
65 años y 5 meses |
2018 | 36 años y 6 meses o más
Menos 36 años y 6 meses |
65 años
65 años y 6 meses |
2019 | 36 años y 9 meses o más
Menos 36 años y 9 meses |
65 años
65 años y 8 meses |
2020 | 37 años o más
Menos de 37 años |
65 años
65 años y 10 meses |
2021 | 37 años y 3 meses o más
Menos 37 años y 3 meses |
65 años
66 años |
2022 | 37 años y 6 meses o más
Menos 37 años y 6 meses |
65 años
66 años y 2 meses |
2023 | 37 años y 9 meses o más
Menos 37 años y 9 meses |
65 años
66 años y 4 meses |
2024 | 38 años o más
Menos 38 |
65 años
66 años y 6 meses |
2025 | 38 años y 3 meses o más
Menos 38 años y 3 meses |
65 años
66 años y 8 meses |
2026 | 38 años y 3 meses o más
Menos 38 años y 3 meses |
65 años
66 años y 10 meses |
A partir de 2027 | 38 años y 6 meses o más
Menos 38 años y 6 meses |
65 años
67 años |
Fuente: Elaboración propia con datos de la Seguridad Social
Edad de jubilación anticipada en 2023
Al mismo tiempo, la edad para acceder a la jubilación anticipada también se retrasa en sus dos modalidades, la voluntaria y la involuntaria o forzosa. Ambas están ligadas a coeficientes reductores, por lo que el cobro de la cantidad de pensión disminuirá.
Jubilación anticipada a los 64 años
En el caso de la jubilación anticipada voluntaria, solo se puede recurrir a ella dos años antes de la edad ordinaria de jubilación estipulada, por lo que en 2023 se retrasa hasta los 64 años y cuatro meses, siempre que coticen un mínimo de 35 años. Para aquellas personas que hayan superado estos años de cotización podrán jubilarse anticipadamente a los 63 años.
Los coeficientes reductores varían en función de los meses que se adelante la jubilación. Así, si se han cotizado menos de 38 años y 6 meses, el coeficiente reductor oscila en una horquilla de entre el 21% y el 3,26% en función de si se adelantan 24 meses o hasta un mes. En esta web puedes consultar el detalle.
Jubilación anticipada involuntaria a los 62 años
Por otro lado, la jubilación anticipada involuntaria por normativa solo se puede acceder a ella cuatro años antes de la edad ordinaria establecida y en caso forzoso, es decir, viene derivada de un despido o incapacidad permanente, entre otras. Teniendo esto en cuenta, en 2023 se ve retrasada a 62 años y cuatro meses en el caso de que hayas cotizado un mínimo de 33 años a la Seguridad Social.
En este caso, los eficientes reductores están entre el 24% y el 30% con el máximo anticipo, de entre el 18% y el 22,5% con tres años de adelanto, de entre el 12% y el 15% con dos años de anticipo y de entre el 4,75% y el 5,5% con un año de adelanto.
Base de cotización
Otra de las novedades en pensiones tiene que ver con los años de cotización. En 2022 fue el último en el que se incrementaban desde la reforma de 2013, situándose definitivamente en los 25 años desde los 15. Sobre la mesa, el Gobierno quiere aumentar el número de años computables, pudiendo elegir los mejores.
Año | Nº meses computables/Divisor | Años computables |
2013 | 192/224 | 16 |
2014 | 204/238 | 17 |
2015 | 216/252 | 18 |
2016 | 228/266 | 19 |
2017 | 240/280 | 20 |
2018 | 252/294 | 21 |
2019 | 264/308 | 22 |
2020 | 276/322 | 23 |
2021 | 288/336 | 24 |
2022 | 300/350 | 25 |
Revalorización de las pensiones
Importante en las novedades en pensiones es la revalorización de estas. Para 2023, su actualización ha quedado en el 8,5%, según el dato del Índice de Precios de Consumo (IPC) de noviembre, que es el que se utiliza para determinar la subida de las pensiones contributivas
Pensión máxima
Con la aplicación de la revalorización de las pensiones, este año la pensión máxima de jubilación supera por primera vez los 3.000 euros y se sitúa en 3.059,2 euros al mes, por lo que al año serían 42.829,29 euros divididos en 14 pagas.
Fiscalidad de los planes de pensiones
Dentro de las novedades en pensiones este ejercicio no hay novedad en los planes de pensiones y se mantiene el límite desgravable de las aportaciones en 1.500 euros.
Tengo 64 años, 46 años cotizados, si me jubilo con 64 años, cuanto me descuentan?
Estimada Encarna:
Gracias por su comentario. Según datos aportados y norma actual, el coeficiente reductor que se aplicaría sería del 5,50%.
Saludos,
Buenas tardes, quería saber si lo que dan a las jubiladas por hijos por la brecha de género, yo me jubile en el 2017 me corresponde cobrarlo .Gracias Saludos Celia
Estimada Celia:
Gracias por su comentario. Se reconoce un complemento de pensión a las mujeres (si bien, el TJUE considera que debe reconocerse también a los padres que se encuentren en una situación idéntica, TJUE 12-12-19, asunto C-450/18) que hayan tenido hijos biológicos o adoptados y sean beneficiarias en cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social de pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente que se causen a partir del 1-1-2016. Dicho complemento, que tiene a todos los efectos naturaleza jurídica de pensión pública contributiva, consiste en un importe equivalente al resultado de aplicar a la cuantía inicial de las referidas pensiones un porcentaje determinado en función del número de hijos biológicos o adoptados con anterioridad al hecho causante, según la siguiente escala:
– 2 hijos: 5%;
– 3 hijos: 10%;
– 4 o más hijos: 15%.
Saludos,