¿Cuál es la edad de jubilación?

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La edad media de jubilación aumenta en España desde 2013 hasta que en 2027 se sitúe en los 67 años. Te contamos cuál es la edad de jubilación y su evolución hasta entonces.

Cuál es la edad de jubilación es la pregunta que muchos españoles se hacen cuando se acerca el retiro laboral. La reforma de 2013 por la que se establece la base reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones retrasa la edad de jubilación de forma progresiva hasta los 67 años para 2027.

Existen una serie de factores a tener en cuenta con lo que puedes calcular de manera sencilla la edad a la que puedes acceder a tu pensión al 100%. Estos requisitos siguen, por regla general, los factores de edad y tiempo de cotización que se aplicarán de forma gradual, según la Seguridad Social. En esta tabla de edad de jubilación puedes consultar cuándo puedes disfrutar del retiro laboral.

Año Periodos cotizados Edad de jubilación
2020 37 años o más /

Menos de 37 años

65 años /

65 años y 10 meses

2021 37 años y 3 meses o más /

Menos de 37 años y 3 meses

65 años /

66 años

2022 37 años y 6 meses o más /

Menos de 37 años y 6 meses

65 años /

66 años y 2 meses

2023 37 años y 9 meses o más /

Menos de 37 años y 9 meses

65 años /

66 años y 4 meses

2024 38 años o más /

Menos de 38

65 años /

66 años y 6 meses

2025 38 años y 3 meses o más /

Menos de 38 años y 3 meses

65 años /

66 años y 8 meses

2026 38 años y 3 meses o más /

Menos de 38 años y 3 meses

65 años /

66 años y 10 meses

A partir de 2027 38 años y 6 meses o más /

Menos de 38 años y 6 meses

65 años /

67 años

No obstante, uno puede adelantar o retrasar la edad de jubilación a partir de diversas modalidades que van desde la jubilación activa, jubilación parcial, jubilación flexible o jubilación anticipada.

¿Qué es la jubilación parcial?

Si los trabajadores registrados en el Régimen de la Seguridad Social reúnen las condiciones exigidas para tener derecho a la pensión de jubilación, podrán acceder a la jubilación parcial en dos casos:

Jubilación parcial sin contrato de relevo:

Los requisitos son:

  • Tener la edad ordinaria de jubilación.
  • Contar con un periodo mínimo de cotización de 15 años.
  • La jornada trabajo debe estar reducida entre un 25% y un 50%.
  • No se exige antigüedad en la empresa.
  • No se exige contrato de relevo.

Jubilación parcial con contrato de relevo:

Se podrá acceder a esta modalidad si se cumplen estas condiciones:

  • En 2021, el trabajador puede acceder a los 62 años si ha cotizado 35 años y 3 meses. Si en el momento de la solicitud cuenta con 33 años de cotización, podrá acceder a los 63 años. En la siguiente tabla se puede comprobar a qué edas
  • Año del hecho causante Edad exigida según períodos cotizados en el momento del hecho causante Edad exigida con 33 años cotizados en el momento del hecho causante
  • 2021 62 años 35 años y 3 meses o más 63 años
    2022 62 y 2 meses 35 años y 6 meses o más 63 y 4 meses
    2023 62 y 4 meses 35 años y 9 meses o más 63 y 8 meses
    2024 62 y 6 meses 36 años o más 64 años
    2025 62 y 8 meses 36 años y 3 meses o más 64 y 4 meses
    2026 62 y 10 meses 36 años y 3 meses o más 64 y 8 meses
    2027 y siguientes 63 años 36 años y 6 meses 65 años
  • La reducción de jornada estará comprendida entre un mínimo del 25% y un máximo del 50%, o del 75% para los supuestos en los que el relevista este contratado a jornada completa con un contrato indefinido.
  • Disponer de una antigüedad en la empresa de, al menos 6 años.

Jubilación activa

La jubilación activa se da en los casos en los que el trabajador quiere acceder al retiro de la vida laboral parcialmente. Es la modalidad idónea para todos aquellos que quieran compatibilizar el cobro de un salario con la prestación de la pensión por jubilación.

Se puede acceder a ella a partir de haber cotizado los años suficientes para optar al 100% de la pensión. Los trabajadores que la soliciten podrán tener un contrato a tiempo parcial o completo, en función de las necesidades personalizadas.

Jubilación flexible:

En este caso, la jubilación permite compatibilizar el trabajo con la jubilación, en esta ocasión, los requisitos son diferentes a los de la jubilación activa. ¡

  • Tener causada la jubilación, es decir, estar recibiendo la pensión actualmente.
  • Comunicar a la Seguridad Social la intención de realizar un trabajo.
  • No pertenecer a los Regímenes Especiales de los Funcionarios Civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas o del personal al servicio de la Administración de Justicia
  • La nueva actividad debe ser en horario parcial con una reducción de jornada de entre el 25 y el 50%.

Jubilación anticipada

Para saber cuál es la edad de jubilación en caso de anticipar el retiro laboral hay que distinguir en si este es voluntario o involuntario.

Edad de jubilación anticipada por cese voluntario

  • Tener cumplida una edad que sea inferior en dos años, como máximo, a la edad exigida que resulte de aplicación en cada caso.
  • Encontrarse en alta o situación asimilada al alta.
  • Acreditar un período mínimo de cotización efectiva de 35 años.
  • Del período de cotización, al menos 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho o al momento en que cesó la obligación de cotizar.

En este caso existen también algunas excepciones:

  • Aquellas personas que realizan trabajos “penosos, tóxicos, peligrosas o insalubres y las personas con discapacidad igual o superior al 45 % o al 65 %” cuentan con un beneficio llamado “bonificaciones de edad”
  • Los trabajadores por cuenta ajena agrarios tienen que demostrar que, en los últimos 10 años cotizados, al menos 6 correspondan a períodos de actividad en este sistema especial.

Jubilación anticipada forzosa o involuntaria

La jubilación por cese involuntario tiene unas características diferentes a la mencionada anteriormente. Se da a causa de un despido a una edad cercana a la de jubilación ordinaria:

  • Se puede optar a la jubilación anticipada por cese involuntario cuando en el despido, se tiene una edad cuatro años menor a la ordinaria.
  • Los años cotizados a la Seguridad Social han de ser, como mínimo, de 33 años.
  • Los autónomos no pueden acceder a esta variedad.
  • Cuenta con coeficientes reductores proporcionales a los años cotizados.

Amplia tus conocimientos y consulta las tablas de la edad de jubilación con el Instituto Santalucía donde puedes encontrar las claves que necesitas para entender los conceptos básicos de cuál es la edad de jubilación.

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