El mínimo para hacer la declaración de la renta 2025 en 2026 depende de los ingresos obtenidos durante el año, del número de pagadores y de la naturaleza de las rentas percibidas. No todos los contribuyentes están obligados a presentar la declaración del IRPF, ya que la normativa establece límites económicos específicos.
A continuación, te explicamos cuáles son los importes mínimos que determinan si debes presentar la declaración en la campaña de 2026 y en qué casos existe obligación aunque no se superen determinados ingresos.
Tabla de contenidos
Rendimientos del trabajo
Asalariados
En cuanto a los rendimientos del trabajo, seguirán estando exentas de hacer el trámite aquellas personas que tengan rentas inferiores a 22.000 euros brutos anuales. En el caso de contar con más de un pagador, cuando del segundo y restantes se hayan percibido más de 1.500 euros, el límite para no estar obligado a declarar es de 15.876 euros brutos anuales.
Trabajadores autónomos
Cualquier trabajador autónomo debe presentar la declaración de la renta, con independencia del nivel de sus ingresos.
Salario Mínimo Interprofesional
Los perceptores del Salarío Mínimo Interprofesional están exentos de abonar el IRPF gracias a una deducción específica sobre el Salario Mínimo Interprofesional. En la práctica, si durante 2025 te han retenido algo, al presentar la declaración podrán devolverte esas cantidades.
Desempleados
Los parados con derecho a prestación no tienen que presentar la declaración de la renta. Sin embargo, sí se deberá hacerlo si se tiene derecho a deducciones o desgravaciones.
Trabajadores en ERTE
Si durante 2025 te viste afectado/a por un ERTE, este se considera como un segundo pagador, por lo que si se supera el tope (15.876 euros), deberás presentarla.
Otras prestaciones
Al mismo tiempo, en este apartado también se incluyen aquellas personas que hayan recibido pensiones de jubilación, pensiones compensatorias, prestaciones por desempleo o ingresos por baja médica.
Ingreso Mínimo Vital
Quienes hayan recibido el Ingreso Mínimo Vital (IMV) están obligados a declarar con independencia de sus ingresos.
Rendimiento del capital mobiliario y ganancias patrimoniales
Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales
También estarán obligados a presentar la declaración quienes hayan obtenido:
- Más de 1.600 euros anuales en rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sujetos a retención (intereses bancarios, dividendos, premios, etc.).
- Más de 1.000 euros anuales en ganancias patrimoniales no sujetas a retención u otros rendimientos del capital mobiliario.
Además, si se han obtenido pérdidas patrimoniales superiores a 500 euros, también puede existir obligación de presentar la declaración.
Deducciones y desgravaciones en el IRPF
Aunque no estés obligado a presentar la declaración por el nivel de ingresos, puede interesarte hacerlo si tienes derecho a aplicar deducciones que reduzcan el impuesto o generen devolución.
Entre las más habituales se encuentran:
- Aportaciones a planes de pensiones.
- Deducción por vivienda habitual (si se adquirió antes de 2013).
- Deducciones por alquiler en determinados supuestos.
- Mejoras de eficiencia energética en vivienda.
- Donaciones y aportaciones a partidos políticos o sindicatos.
- Deducciones familiares (maternidad, familia numerosa, discapacidad).
En estos casos, aunque no superes el mínimo obligatorio, presentar la declaración puede permitirte recuperar retenciones o aplicar beneficios fiscales.
Puedes consultar todas las deducciones aplicables en la Renta 2025-2026 en nuestro artículo específico.
Preguntas frecuentes sobre el mínimo para hacer la declaración de la renta 2025
¿Cuál es el mínimo para hacer la declaración de la renta 2025 en 2026?
Con carácter general, no están obligados a declarar los contribuyentes con rendimientos del trabajo inferiores a 22.000 euros brutos anuales cuando proceden de un solo pagador.
Si hay dos o más pagadores y del segundo y restantes se han percibido más de 1.500 euros, el límite baja a 15.876 euros brutos anuales, que es el importe vigente actualmente.
¿Tengo que hacer la renta si he tenido dos pagadores?
Depende de cuánto hayas cobrado del segundo pagador y del total anual.
Si del segundo y restantes pagadores has percibido más de 1.500 euros y tus ingresos totales superan los 15.876 euros brutos anuales, estarás obligado a declarar.
Puedes ampliar la información en declarar la renta con dos pagadores.
Si cobro el Ingreso Mínimo Vital, ¿estoy obligado a hacer la renta?
Sí. Las personas que hayan recibido el IMV deben presentar la declaración de la renta, incluso aunque no superen los límites generales de ingresos.
Consulta los requisitos específicos en Ingreso Mínimo Vital y declaración de la renta.
¿Los autónomos tienen un mínimo para no declarar?
No. Los trabajadores por cuenta propia deben presentar la declaración con independencia del nivel de ingresos obtenidos durante el año.
Puedes ampliar la información en declaración de la renta para autónomos.
Si he estado en ERTE, ¿tengo que presentar la declaración?
El ERTE se considera un segundo pagador.
Si del SEPE has cobrado más de 1.500 euros y el total de tus ingresos supera los 15.876 euros brutos anuales, estarás obligado a declarar.
Consulta más información en renta y ERTE.
¿Qué pasa si no estoy obligado pero la renta me sale a devolver?
Aunque no estés obligado a presentar la declaración, puede ser recomendable hacerlo si el resultado es a devolver. En ese caso, podrás recuperar las retenciones que te hayan practicado durante el año.



