Desde el momento en que se pusieron en marcha las últimas modificaciones en el plano de las pensiones en 2013, la edad de jubilación se va incrementado hasta llegar a los 67 años en 2027. Cuando alcancemos esta fecha, todos los españoles nos jubilaremos dos años después que hoy en día, exceptuando las personas que tengan cotizados 38 años y 6 meses o más, que seguirán jubilándose a los 65 años.
Para saber calcular tu edad de jubilación, solo tienes que consultar la siguiente tabla de edad de jubilación:
De igual manera, la edad para acceder a la jubilación anticipada también se va incrementando progresivamente hasta el 2027. En este año, la edad de jubilación anticipada forzosa se situará en 63 años y la edad de jubilación anticipada voluntaria en 65 años.
Los trabajadores que hayan cumplido la edad ordinaria de jubilación y cumplan los requisitos podrán acceder a la jubilación parcial. Uno de esos requisitos es cumplir las siguientes edades, que se reflejan en la siguiente tabla de jubilación parcial:
Para más información sobre la jubilación accede a nuestra guía de planificación financiera “Tu jubilación paso a paso”, la cual incluye de forma práctica, didáctica y visual los conceptos básicos relacionados con la planificación financiera, así como una explicación detallada sobre el funcionamiento del sistema público de pensiones.
Hola, tengo 52 años y llevo 35 años cotizados y 5 de reducción por trabajador del mar cuando podría jubilarme quedándome el 100 %de la pensión gracias
Estimado Juan,
Discúlpanos pero no contemplamos las especificaciones de trabajadores del mar.
Muchas gracias por tu comentario, un abrazo.
Buenas tardes
Soy piloto de líneas aéreas y quisiera saber cómo se aplica el coeficiente corrector del 0,4 para anticipar mi jubilación. Llevo 30 años en aviación y tengo 54 años.
Un saludo
Estimado Carlos,
Discúlpanos pero no hemos entendido del todo tu pregunta. ¿Podrías darnos más datos, por favor?
Muchas gracias por tu comentario, un abrazo.
Hola me puedo jubilar con 62 años teniendo más de 40 ,años cotizados?
Estimada Isabel,
Muchas gracias por su comentario.
Para acceder a jubilación anticipada 2 años antes de la ordinaria, es indispensable que el despido haya sido por causas objetivas (ERE).
Un abrazo,
En septiembre del 2023 habré cotizado 35 años. Tendría 56 años. Podría jubilarme anticipadamente? Base de cotización de 3.000 euros. Que cobraría en ese caso?
Hola Maria José buenos días.
No podrías. Sólo se puede jubilar anticipadamente si es involuntariamente 4 años antes de la edad legal que te corresponda en cada momento y si es voluntaria 2 años antes.
Buen día!
Un saludo,
Buenas me llamo Felipe Cubo, tengo 66 años y 39 años cotizados, me podría jubilar con fecha retroactiva de tres meses, si los últimos 6 meses he estado de baja por IT.
Gracias.
Hola Felipe, comentarte que a la jubilación no se puede acceder retroactivamente.
Un saludo y cualquier otra consulta estamos a tu disposición
Gracias!
Hola tengo 53 años voy para 54 estoy en paro y con mi edad a pesar de la experiencia me es csi imposible encontrar trabajo, puede solicitar la jubilación anticipada aún saben que será más baja por la edad? Tengo cotizados 31 años y pico
Hola tengo 13 años cotizado y tengo 56 puedo acceder a la paga de prejubilación la q ay de 52 años gracias
Hola. Cumplo 53 años en abril de 2020, y a febrero de 2020 tengo 30 años y 9 meses cotizados, es decir, que a finales de 2027 tendré más de 38 años y 6 meses cotizados .
¿mi edad de jubilación será 65 años? ¿podré jubilarme anticipadamente a los 63?.
Muchas gracias.
Eladi,
Hola. Tengo 56 años de edad, actualmente vivo en USA y llevo cotizando aqui 16 años. En mi pais continuo cotizando y llevo 25 años cotizando. Me pienso retirar aqui en USA a los 59 1/2 años, o sea tres años mas cotizando aqui y en mi pais, que sumando ambos seria mas o menos 46-47 años cotizandos en ambos paises. Puedo empezar a cobrar mi Jubilacion a los 62 años en USA.?
Hola, buenos dias. Naci el 27 de octubre de 1955 a fecha de hoy tengo cotizados 26 años y 10 meses. ¿En que fecha me corresponde, con la normativa acutal, jubilarme de forma forzosa, podría jubilarme de forma anticipada voluntaria? Si fuera de forma anticipada voluntaria, ¿Que penalización tendría?.
Un saludo y gracias anticipadas.