¿Sabías que con el cambio de año se atrasa la edad para acceder a la jubilación anticipada involuntaria? Tiene que ver con el retraso de la edad de jubilación legal. Te explicamos cómo acceder a la jubilación anticipada a los 62 años.
Índice
Edad de jubilación en 2024
En 2024 se retrasa la edad de jubilación hasta los 66 años y seis meses, es decir, dos meses más para aquellos trabajadores que coticen menos de 38 años. Por encima de estos años de cotización, la edad legal permanece en los 65 años.
Hasta 2027, el retiro laboral se va retrasando de forma progresiva, añadiendo a cada año dos meses a la edad de jubilación, de tal manera que, para entonces, la edad de jubilación ordinaria quedará situada a los 67 años para quienes coticen menos de 38 años y medio. Por encima, se mantiene también en los 65 años.
TABLAS DE LA EDAD DE JUBILACIÓN
Año | Periodos cotizados | Edad de jubilación |
2021 | 37 años y 3 meses o más Menos de 37 años y 3 meses | 65 años 66 años |
2022 | 37 años y 6 meses o más Menos de 37 años y 6 meses | 65 años 66 años y 2 meses |
2023 | 37 años y 9 meses o más Menos de 37 años y 9 meses | 65 años 66 años y 4 meses |
2024 | 38 años o más Menos de 38 | 65 años 66 años y 6 meses |
2025 | 38 años y 3 meses o más Menos de 38 años y 3 meses | 65 años 66 años y 8 meses |
2026 | 38 años y 3 meses o más Menos de 38 años y 3 meses | 65 años 66 años y 10 meses |
A partir de 2027 | 38 años y 6 meses o más Menos de 38 años y 6 meses | 65 años 67 años |
Jubilación anticipada forzosa o involuntaria en 2024
A consecuencia del retraso de la edad de jubilación, la jubilación anticipada involuntaria también se atrasa hasta los 62 años y seis actuales.
Requisitos para acceder a la jubilación anticipada a los 62 años
Como su propio nombre indica, la jubilación anticipada involuntaria se produce no a deseo del trabajador, sino por un proceso de despido, por fallecimiento, jubilación o incapacidad permanente del empleador, por fuerza mayor, causa judicial o ser víctima de violencia de género.
La ley establece que se puede acceder a ella con cuatro años de anterioridad a la edad legal de jubilación, habiendo cotizado un mínimo de 33 años.
A la hora de solicitar la jubilación anticipada a los 62 años se deben tener en cuenta los siguientes requisitos, si desde que el contrato se ha dado por finalizado hasta que esa persona solicitada la jubilación, no se ha vuelto a registrar en la Seguridad Social, a excepción de estos casos:
- Haya obtenido ayudas por estar en una situación de desempleo debido a la interrupción del trabajo anterior a abril de 2013.
- Haya obtenido una prestación anterior a la jubilación general a causa de la finalización del contrato de trabajo anterior a abril de 2013.
- Haya estado dado de alta en el sistema especial de trabajadores de manera ajena en el sector agrario por una situación de paro.
- Haya estado autorizado en alguna modalidad de convenio especial que no tenga relación con la actividad de un trabajo.
- Haya contribuido en un trabajo o una actividad sin importancia.
Cálculo de la pensión en la jubilación anticipada involuntaria
Coeficiente reductor por solicitar la jubilación anticipada a los 62 años y seis meses
El coeficiente reductor es un porcentaje de reducción del importe de la pensión de jubilación, este aumenta a medida que el trabajador va adelantando su jubilación. Es decir, cuanto antes te jubiles, menor será la cantidad de pensión que recibirás.
Este coeficiente reductor actúa de la siguiente manera: se descontará de la pensión por cada mes que se quiera anticipar la edad legal de jubilación, también influye el tiempo que hemos estado cotizando durante nuestra vida laboral. Así se reducirá entre el 24% y el 30% con el máximo anticipo, de entre el 18% y el 22,5% con tres años de adelanto, de entre el 12% y el 15% con dos años de anticipo y de entre el 4,75% y el 5,5% con un año de adelanto.
Amplía más información sobre la jubilación anticipada en nuestro blog que, a diferencia de la anterior, se produce dos años antes de la edad legal ordinaria, y sobre la jubilación anticipada a los 64 años.
Hola, soy Andrés, tengo 62 años, 39 y 6 meses de cotización más los 12 del servicio militar,
Despido improcedente con indemnización, cumplo todos los requisitos y me han denegado la jubilacion, que tendría que hacer ahora?
Hracias
Estimado Andrés:
Gracias por su comentario. Si deniegan es o por error o porque no cumple alguno de los requisitos que exigen.
En estos casos solemos recomendar que busque asistencia jurídica para estudiar el caso de forma adecuada.
Saludos,
Hola tengo más de 40 años.cotizados entre autónomo y por cuenta ajena .que pensión me quedaría si me jubilo a los 62 años
Estimado Francisco:
Gracias por su comentario. La edad mínima de acceso a Jubilación anticipada voluntaria empieza en los 63 años de edad según la norma vigente.
A partir de los 63 años le aplicarían un coeficiente reductor del 15,00% que podría disminuir cuanto más se acerque a la edad legal de Jubilación Ordinaria establecida.
Saludos,
Hola
Tengo más de 35 años cotizados,el mes que viene, junio, cumplo 62 años.
Puedo jubilarme a lis 62? Cuál sería mi pension?
Un saludo
Estimado Carlos:
Gracias por su comentario. La edad mínima de acceso a Jubilación anticipada voluntaria empieza en los 63 años de edad según la norma vigente.
A partir de los 63 años le aplicarían un coeficiente reductor del 16,00% que podría disminuir cuanto más se acerque a la edad legal de Jubilación Ordinaria establecida.
Saludos,
Hola yo soy fija discontinua tengo 64 años y cotizados 36 y 4 meses me puedo jubilar con 65 y con el cien por cien? Debido a la pandemia no cotice lo suficiene el año pasado y este año lo mismo sigo trabajando pero no sé cuánto tiempo .
Estimada Irene:
Gracias por su comentario. Según los datos aportados no cumple los años de cotización para jubilarse con 65 años de edad.
Saludos,
Buenas tardes, yo tengo 60 años y 40 cotizados, si me quisiera prejubilar, cuando podría? Qué requisitos me exigen? Y cuál sería el coeficiente que me impondrían en cualquier caso.
Gracias
Estimado Francisco:
Gracias por su comentario. La edad mínima de acceso a Jubilación anticipada voluntaria empieza en los 63 años de edad según la norma vigente.
A partir de los 63 años le aplicarían un coeficiente reductor del 14,00% que podría disminuir cuanto más se acerque a la edad legal de Jubilación Ordinaria establecida.
Saludos,
Hola buenos días soy Antonio tengo 60 años estoy cobrando la prestación por desempleo y tengo 44 años cotizados habría alguna fórmula de prejubilarme gracias
Estimado Antonio:
Gracias por su comentario. Podría acceder a Jubilación Anticipada involuntaria a partir de los 61 años (Casusa despido) o Jubilación Anticipada voluntaria a partir de los 63 años.
Saludos,
Hola soy Francisco.
A día de la fecha tengo cotizados 44 años y tengo 62, que penalización tendría?…. Gracias.
Estimado Francisco:
Gracias por su comentario. La edad mínima de acceso a Jubilación anticipada voluntaria empieza en los 63 años de edad según la norma vigente.
A partir de los 63 años le aplicarían un coeficiente reductor del 13,00% que podría disminuir cuanto más se acerque a la edad legal de Jubilación Ordinaria establecida.
Hola tengo 58 años ,27años cotizados,con una minusvalía de 34,me puedo jubilar
Estimado José:
Gracias por su comentario. Según los datos aportados entendemos que no cumple los requisitos que exige la Seguridad Social para el acceso a Jubilación.
Saludos,
Voy hacer 62 años en Julio cotizados más de 43 cobro una pensión de viudedad, ha qué edad podría jubilarme anticipadamente.
Estimada Rosi:
La edad mínima de acceso a Jubilación anticipada voluntaria empieza en los 63 años de edad según la norma vigente.
Saludos
Tengo 39 años y6 meses cotizados 59 años de edad con qué edad me podría jubilarme sin penalización
Estimado Emilio:
Gracias por su comentario. Según la norma vigente a los 65 años de edad.
Saludos,