Jubilación Anticipada: ¿Cómo solicitarla?


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¿Puedo solicitar la Jubilación anticipada? lo primero que debemos tener en cuenta es que la edad de jubilación será de 67 años en 2027, pero hasta entonces se ha establecido un régimen transitorio que se inició en 2013 con la reforma del sistema de pensiones de España. Ese régimen partió de los 65 años y ha retrasado el horizonte de la jubilación un mes cada año desde 2013 hasta 2018 y dos meses desde 2018 a 2027. Así hasta que se llegue a los 67 años.

Índice

Jubilación anticipada, voluntaria e involuntaria

La jubilación anticipada se produce cuando un trabajador se jubila en un momento anterior a la edad legal estipulada. Puede ser voluntaria o involuntaria, y en ambos casos requieren una serie de requisitos:

Jubilación involuntaria

  1. Si la jubilación anticipada es involuntaria, es decir, si es a causa de un despido que se produce en una edad cercana a la del retiro laboral, podremos optar a ella con cuatro años menos a la edad establecida por la ley, como máximo.

Es decir, si tenemos como referencia los 67 años como edad mínima para la jubilación, podremos retirarnos de forma anticipada a los 63. Además, deberemos haber cotizado a la Seguridad Social como mínimo 33 años. Ahora bien, los autónomos no pueden acogerse a esta fórmula. 

Jubilación voluntaria

  1. Si la jubilación anticipada es voluntaria, esto es, queremos dejar de trabajar un poco antes por voluntad propia, podremos hacerlo hasta dos años antes. Siempre que hayamos cotizado, al menos, 35 años y que la pensión resultante al aplicar los coeficientes reductores por adelantar de la jubilación supere la pensión mínima. Esta fórmula es válida para todos aquellos que estén afiliados a la Seguridad Social, incluidos los autónomos.

De tal manera que, de nuevo, tomando como referencia los 67 años, podríamos adelantar el retiro laboral a los 65 años. 

Jubilación anticipada en personas discapacitadas

En el caso de aquellos trabajadores que sufran una discapacidad, las condiciones cambian en función del grado de discapacidad.

  • Los que sufran una discapacidad de al menos el 45% y que hayan cotizado en esas condiciones un mínimo de 15 años, podrán jubilarse desde los 56 años.
  • Los que tengan una discapacidad de al menos el 65%, podrán anticipar la jubilación tres meses por cada año cotizado en dichas condiciones.
  • Y los que superen un grado de discapacidad del 65% y acrediten que necesitan la ayuda de otra persona para la vida diaria, podrán anticiparla seis meses por cada año cotizado en dichas condiciones.

Eso sí, nunca podrán jubilarse ninguno de estos colectivos antes de los 52 años.

¿Pierdo dinero jubilándome antes?

Jubilarse antes de tiempo conlleva una pérdida de dinero por el hecho de disfrutar durante más años de la prestación. Esta penalización no afecta a los trabajadores discapacitados.

Cada mes que adelantamos, nos restan un porcentaje del total de la pensión que nos correspondería si lo hiciéramos en la edad establecida por ley. Y ese recorte se mantiene toda la jubilación.

Los coeficientes reductores que se aplican a nuestra pensión por jubilación dependen de la edad y de los años que hayamos cotizado. En la jubilación anticipada voluntaria, la reducción oscila entre el 21% y el 2,81% y en la involuntaria, entre 30% y el 0,5%.

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763 comentarios en «Jubilación Anticipada: ¿Cómo solicitarla?»

  1. Buenas tardes quisiera consultarles el problema que se me a generado, el 22 de julio del 2021 cumplí 63 años habiendo cotizado 46 años y dos meses, solicité la pensión con tres meses de antelación como marca la normativa, y mi sorpresa ha sido que me la han denegado personado en el inss me comunican que ha la fecha de resolución 4 de agosto la empresa no me ha dado de baja en la ss por ese motivo me la deniegan por que es incompatible cobrar la jubilación y estar dado de alta, se lo comunicó a la empresa y me contestan que el trámite funciona de diferente manera, que primero el inss tiene que concederme la jubilación y a su vez el inss se lo comunica a la empresa para que me den de baja, podrían decirme si lo que dice la empresa es correcto y de qué forma podría solucionarlo. Pues quién está pagando las consecuencias soy yo que no cobró de ningún sitio.

    años y dos meses

    • Estimado Jesús, muchas gracias por escribirnos. En relación a su consulta efectivamente para acceder a la Jubilación anticipada hay que estar inscrito en el SEPE, es decir situación legal de desempleo.

      Si el caso es complejo por alguna variable solemos recomendar consulta con un abogado.

      Normalmente es la empresa la que tiene que comunicar la baja a la Seguridad Social.

      Un saludo.

  2. Hola
    He solicitado la jubilación anticipada (como autónomo) por el portal de (tu seguridad social) en el caso de ser aprobada, pero no estar conforme con la resolución, puedo no aceptarla y seguir trabajando como hasta ahora o ya no hay marcha atrás
    gracias
    un saludo

    • Estimado Antonio, depende de hasta donde hayan llegado los trámites. Recomendamos consultar directamente al Instituto Nacional de la Seguridad Social. No obstante siempre se puede volver a causar alta.
      Un saludo.

  3. Hola, actualmente estoy prejubilado involuntariamente, con un convenio especial con la s social, y según el convenio de mi empresa, como máximo me tengo que jubilar a los 63 años, pensaba jubilarme con 62, en abril de 2022, ¿ Como puedo saber si voy a tener menos pensión con la nueva reforma ? Actualmente llevo cotizados 41 años. Gracias

    • Estimado Bernardo, muchas gracias por escribirnos. Hasta ver la norma publicada en el BOE no podremos saberlo al 100,00% pero entendemos que no le afectará las nuevas penalizaciones.

      Un saludo.

  4. Buenas tardes.
    Estoy en paro cobrando el subsidio para mayores de 52 años desde junio de este año, el 21-11-2021 cumplo 64 años y tengo cotizados 33 años y algunos meses.
    Mi pregunta es cuando puedo solicitar la jubilacion anticipada, y se se considera forzosa.
    Muchas gracias

    • Estimado Rafael, muchas gracias por escribirnos. Según la norma actual no cumple el requisito de años cotizados para acceder a la Anticipada Voluntaria.
      Un saludo.

  5. Buenos dias:
    Acabo de cumplir 62 años de edad y tengo 40 años de cotizacion.
    Quisiera saber si podría jubilarme ya, debido a que tengo un hijo discapacitado a mi cargo y necesita mucha atención.
    Gracias

    • Estimado Francisco, gracias por escribirnos. En relación a su consulta podría acceder a la jubilación a partir de 2024 con 64 años y 6 meses de edad.
      Un saludo.

  6. Me podrían ayudar, tengo 60 años y 24 años de cotización (España) más 5 años (Ecuador), podría solicitar la jubilación anticipada?
    Muchas gracias.

    • Estimado Carlos, gracias por contactar con nosotros. En relación a su consulta, en estos casos solemos recomendar dirigir cuestión al Instituto Nacional de la Seguridad Social debido a que los convenios bilaterales en este sentido son actualizados de manera recurrente.
      Un saludo.

  7. Hola, tengo 61 años y 46 y medio años cotizados actualmente estoy cobrando la ayuda para mayores de 52 años, me puedo jubilar con 62 años? Que requisitos tengo que cumplir? gracias.

    • Estimada Lucía:
      Gracias por su comentario. Para acceder a Jubilación anticipada (no voluntaria) deben cumplirse los siguientes requisitos:
       61 años si 34 años cotizados y 3 meses ó 62 años y 8 meses si 33 años cotizados.
       Encontrarse inscritos en las oficinas de empleo como demandantes de empleo durante un plazo, de al menos seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación
      Acreditar un período mínimo de cotización EFECTIVA, genérica de 33 años y una específica, dos años deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
      No se puede computar a estos efectos la parte proporcional por pagas extraordinarias
      Que el cese de trabajo se haya producido como consecuencia de una situación de reestructuración empresarial que impida la continuidad de la relación laboral.

      En caso de que el cese hubiera sido voluntario tendría que esperar a cumplir los 63 años de edad.
      Saludos,

  8. Buenos dias,

    Acabo de pasar a la condicion de parado por finalizacion contrato 401, tengo 64 años y 7 meses y 42 año cotizados y me quiero jubilar anticipadamente 3 meses antes para hacerlo en 2021 porque si espero a mi edad reglametaria 65 años , me aplicarian los requisitos para el 2022 en cuanto 25 años y 350 bases…con lo cual creo que cobraria lo mismo, puedo con este hecho causante y una vez inscrito en el paro , solicitar ya la jubilacion anticipada?

    • Estimado Manuel:
      Gracias por su comentario. Según los datos aportados entendemos que podría acceder a la Jubilación Anticipada Voluntaria.
      Saludos,

  9. loly
    5 de Octubre de 2021 a las 16,20

    Hola, actualmente estoy cobrando un subsidio mayores de 52años y estoy pagándome un convenio especial con la Seguridad Socia, fue un despido objetivo, la pregunta es ..¿como puedo saber si voy a tener menos pensión con la nueva reforma ? Actualmente llevo cotizados 36,19 años,¿ que coeficiente reductor me corresponde de penalización?
    (si me quiero jubilar antes de los 65 años en el 2024)

    • Estimada Loly:
      Gracias por su comentario. Hasta que no salga el BOE publicando la nueva norma no podemos asegurar, pero en el anteproyecto los accesos a la Jubilación Anticipada (no imputables a la voluntad del trabajador) no varían de forma sensible.
      Saludos,

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