Jubilación Anticipada: ¿Cómo solicitarla?


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¿Puedo solicitar la Jubilación anticipada? lo primero que debemos tener en cuenta es que la edad de jubilación será de 67 años en 2027, pero hasta entonces se ha establecido un régimen transitorio que se inició en 2013 con la reforma del sistema de pensiones de España. Ese régimen partió de los 65 años y ha retrasado el horizonte de la jubilación un mes cada año desde 2013 hasta 2018 y dos meses desde 2018 a 2027. Así hasta que se llegue a los 67 años.

Índice

Jubilación anticipada, voluntaria e involuntaria

La jubilación anticipada se produce cuando un trabajador se jubila en un momento anterior a la edad legal estipulada. Puede ser voluntaria o involuntaria, y en ambos casos requieren una serie de requisitos:

Jubilación involuntaria

  1. Si la jubilación anticipada es involuntaria, es decir, si es a causa de un despido que se produce en una edad cercana a la del retiro laboral, podremos optar a ella con cuatro años menos a la edad establecida por la ley, como máximo.

Es decir, si tenemos como referencia los 67 años como edad mínima para la jubilación, podremos retirarnos de forma anticipada a los 63. Además, deberemos haber cotizado a la Seguridad Social como mínimo 33 años. Ahora bien, los autónomos no pueden acogerse a esta fórmula. 

Jubilación voluntaria

  1. Si la jubilación anticipada es voluntaria, esto es, queremos dejar de trabajar un poco antes por voluntad propia, podremos hacerlo hasta dos años antes. Siempre que hayamos cotizado, al menos, 35 años y que la pensión resultante al aplicar los coeficientes reductores por adelantar de la jubilación supere la pensión mínima. Esta fórmula es válida para todos aquellos que estén afiliados a la Seguridad Social, incluidos los autónomos.

De tal manera que, de nuevo, tomando como referencia los 67 años, podríamos adelantar el retiro laboral a los 65 años. 

Jubilación anticipada en personas discapacitadas

En el caso de aquellos trabajadores que sufran una discapacidad, las condiciones cambian en función del grado de discapacidad.

  • Los que sufran una discapacidad de al menos el 45% y que hayan cotizado en esas condiciones un mínimo de 15 años, podrán jubilarse desde los 56 años.
  • Los que tengan una discapacidad de al menos el 65%, podrán anticipar la jubilación tres meses por cada año cotizado en dichas condiciones.
  • Y los que superen un grado de discapacidad del 65% y acrediten que necesitan la ayuda de otra persona para la vida diaria, podrán anticiparla seis meses por cada año cotizado en dichas condiciones.

Eso sí, nunca podrán jubilarse ninguno de estos colectivos antes de los 52 años.

¿Pierdo dinero jubilándome antes?

Jubilarse antes de tiempo conlleva una pérdida de dinero por el hecho de disfrutar durante más años de la prestación. Esta penalización no afecta a los trabajadores discapacitados.

Cada mes que adelantamos, nos restan un porcentaje del total de la pensión que nos correspondería si lo hiciéramos en la edad establecida por ley. Y ese recorte se mantiene toda la jubilación.

Los coeficientes reductores que se aplican a nuestra pensión por jubilación dependen de la edad y de los años que hayamos cotizado. En la jubilación anticipada voluntaria, la reducción oscila entre el 21% y el 2,81% y en la involuntaria, entre 30% y el 0,5%.

Consulta los cambios de la jubilación anticipada y cómo afectan las novedades en tu jubilación y las pensiones.

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763 comentarios en «Jubilación Anticipada: ¿Cómo solicitarla?»

  1. Buenas tardes: cumplo 63 años en abril de 2021, llevo 40 años y 7 meses cotizados. Pienso jubilarme cuando cumpla 63…
    Ayer leí en prensa ( ABC, EL PAÍS ) que había que tener cumplidos 64 años para la jubilación anticipada ¿ es una mala interpretación mía de la normativa ?. Gracias

    • Estimado Francisco:
      Gracias por su comentario. Según los datos aportados y atendiendo a la norma vigente podrá acceder a la Jubilación Anticipada Voluntaria a los 63 años, siempre que la pensión, una vez descontado el coeficiente reductor, resulte superior a la cuantía mínima establecida para la Jubilación Ordinaria.
      Saludos,

    • Estimada Paula:
      Gracias por su comentario. Según los datos aportados y en función de la norma vigente relativa a la Jubilación anticipada voluntaria, lamentamos comunicarle que no cumple los requisitos mínimos que exigen para acceder a esta prestación. Mínimo de cotización 35 años y 6 meses.
      Saludos,

  2. CON CUANTO TIEMPO MINIMO TENDRIA QUE AVISAR A LA EMPRESA PARA COMUNICARLE QUE ME VOY A PREJUBILAR A LOS 63?, TENGO 39 AÑOS COTIZADOS A QUE EDAD EXACTAMENTE ME PUEDO PREJUBILAR?

    • Estimado Jose:
      Gracias por su comentario. Con tres meses de antelación al cumplimiento de la edad exigida se pueden empezar los trámites para solicitar la Jubilación anticipada voluntaria.
      Saludos,

  3. Buenas noches.
    ¿Teniendo en cuenta las últimas modificaciones introducidas al Pacto de Toledo, me gustaría saber si sigue siendo posible jubilarse dos años antes de la edad de jubilación habiendo cotizado 35 años ? Asumiendo las penalizaciones correspondientes por cada trimestre.
    ¿En caso afirmativo esta jubilación se considera voluntaria?

    • Estimado Diego:
      Gracias por su comentario. De las reuniones del Pacto de Toledo han salido recomendaciones.
      Si bien es cierto que estas recomendaciones, pueden derivar en un endurecimiento de los requisitos de acceso a jubilaciones anticipadas, a día de hoy, no se han modificado las normas que regulan estas prestaciones.
      Así pues, atendiendo a la norma vigente se permite el acceso a la Jubilación Anticipada Voluntaria con hasta 2 años de antelación sobre la edad exigida para la Jubilación Ordinaria.
      Asimismo, se permite el acceso a la Jubilación Anticipada por causa no imputable a la libre voluntad del trabajador con hasta 4 años de antelación sobre la edad exigida para la Jubilación Ordinaria.
      Saludos,

  4. Buenas noches,mi padre cumple 62 años en Abril de 2021 y fue despedido por cierre de la empresa por causas económicas.Mi pregunta es : ¿ Podría pedir la jubilación forzosa anticipada en Abril a los 62 años y con 33 años cotizados?

    • Estimada Lorena:
      Gracias por su comentario. Según los datos aportados y en virtud de la norma vigente podría acceder a la Jubilación Anticipada por causa no imputable a la voluntad del trabajador.
      Saludos,

  5. Buenas tardes mi nombre es enrique y tengo 51 años . Tengo seca de 28 años cotizados .creo que me van a dejar parado hay posibilidad de cogerme algún tipo de jubilación anticipada . Gracias

    • Estimado Enrique:
      Gracias por su comentario. Según los datos aportados no podría acceder a la Jubilación Anticipada por causa no imputable , edad mínima 61 años y mínimo 33 años de cotización, atendiendo a la norma vigente.
      Saludos,

  6. Buenas tardes,
    Tengo 44 años cotizados. Este año 2021 cumplire 63 años en diciembre. Actualmente no estoy trabajando estoy cotizando al convenio especial a la S. Social. Podre jubilarme anticipadamente y de manera voluntaria en diciembre y a los 63 años?

    • Estimado Joan:
      Gracias por su comentario. Según los datos aportados, edad y años cotizados, entendemos que atendiendo a la norma vigente podría hacerlo.
      Saludos,

  7. Tengo 61 años cumplidos el pasado 2 de septiembre. Tiempo cotizado a efectos prestaciones 38 años 6 meses 1 dia. percibo subsidio de desempleo desde 2015. No he vuelto a trabajar desde que fui despedido por causas objetivas art.52.c el 13 marzo de 2013, ni he sido incluido en ningún régimen de seguridad social en todo este tiempo. Y estoy al día como demandante de empleo desde el día siguiente a mi despido en 2013. Quiero acceder a la Jubilación anticipada involuntaria y ejercer el derecho de opción para que se me aplique la legislación nueva que entiendo me es mas beneficiosa en mi caso particular debido al importe de mis cotizaciones más antiguas ya que me perjudica el cálculo de 15 años frente a los 24 años en 2021 de suma de bases. ¿Cómo debo ejercer o solicitar la jubilación y se me tenga en cuenta el derecho de opción para que me apliquen la ley nueva?

    • Estimado Enrique:
      Gracias por su comentario. Al solicitar la jubilación anticipada aplican la norma vigente, solo en el caso que pueda acogerse a un régimen transitorio le preguntarían, que no aplicarían de forma automática, si quiere acogerse al transitorio.
      Saludos,

  8. Buenos días.
    Tengo 62 años. 30 años cotizados + 2 en el Reino Unido. Actualmente vivo en UK, sigo trabajando. Cuando podría jubilarme anticipadamente y si el periodo en UK puede contabilizarse o gestionar en la misma jubilación. Aquí es lo mismo que en españa. 65 años
    Muchas gracias.

    • Estimada Concha:
      Gracias por su comentario. Con respecto a las cotizaciones en Reino Unido solemos recomendar dirigir consulta al INSS pues los tratados bilaterales se actualizan de manera recurrente, especialmente después de hacerse efectiva la salida de UK de la Unión Europea.
      Actualmente la edad de Jubilación que le corresponde en España en función de los años cotizados que aporta (en España) son los 67 años de edad como Jubilación Ordinaria y 65 años de edad como Jubilación Anticipada Voluntaria.
      Saludos,

  9. Hola buenos días ,tengo 62 años y cotizados 33 años ,(+el de mili) en este momento estoy cobrando desde hace 3 años la ayuda de 430€, me puedo jubilar con 63 años y cuanto me quedaría aproximadamente.
    Gracias.

    • Estimado Antonio:
      Gracias por su comentario. Según los datos aportados y atendiendo a la norma vigente no cumpliría los requisitos exigidos para acceder a la Jubilación Anticipada voluntaria.
      Saludos,

Los comentarios están cerrados.

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